🇪🇸 España
Vigente Ley 75 unidades
Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas.
Ley 6/2025es-law-2025-12-23-614 feb 2026
- Exposición de motivo Exposición de Motivos
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Ámbito de aplicación
- Artículo 3 Principios rectores de la ley
- Artículo 4 Definiciones
- Artículo 5 Objeto
- Artículo 6 Actuaciones de promoción de la salud en el ámbito de las conductas adictivas
- Artículo 7 Promoción del no consumo de sustancias psicoactivas
- Artículo 8 Prevención del juego problemático
- Artículo 9 Promoción del uso adecuado y seguro de los videojuegos, las redes sociales, las tecnologías digitales y los dispositivos conectados
- Artículo 10 Objetivos
- Artículo 11 Medidas de prevención orientadas a la disminución de la demanda
- Artículo 12 Ámbitos prioritarios de prevención
- Artículo 13 La prevención en el ámbito familiar
- Artículo 14 La prevención en el ámbito educativo
- Artículo 15 La prevención en el ámbito comunitario
- Artículo 16 La prevención en el ámbito sanitario
- Artículo 17 La prevención en el ámbito de la hostelería y restauración
- Artículo 18 Formación en el ámbito de la hostelería y restauración
- Artículo 19 Ámbito de intervención en colectivos de especial vulnerabilidad
- Artículo 20 Restricciones a la publicidad, promoción y patrocinio de bebidas alcohólicas
- Artículo 21 Acuerdos en materia de autolimitación de la publicidad de bebidas alcohólicas
- Artículo 22 Criterios sobre publicidad, promoción y patrocinio de bebidas alcohólicas
- Artículo 23 Actividades de colaboración con las industrias relacionadas con las materias reguladas en la presente ley
- Artículo 24 Prohibición del empleo de imágenes con distintivos de bebidas alcohólicas
- Artículo 25 Limitaciones a la venta, suministro y transporte de bebidas alcohólicas
- Artículo 26 Información sobre las limitaciones
- Artículo 27 Limitaciones al consumo de bebidas alcohólicas
- Artículo 28 Limitaciones al acceso de personas menores de edad a lugares vinculados con la producción de bebidas alcohólicas
- Artículo 29 Limitaciones al acceso de personas menores de edad a establecimientos de ocio y entretenimiento
- Artículo 30 Limitaciones a la publicidad
- Artículo 31 Limitaciones a la venta y suministro
- Artículo 32 Limitaciones al consumo
- Artículo 33 Limitaciones a la publicidad y patrocinio
- Artículo 34 Limitaciones al acceso a determinados establecimientos
- Artículo 35 Publicidad, promoción y patrocinio de bebidas energéticas
- Artículo 36 Acuerdos en materia de autolimitación de la publicidad de bebidas energéticas
- Artículo 37 Limitaciones al consumo, venta, suministro y transporte de las bebidas energéticas
- Artículo 38 Condiciones relativas a la venta de videojuegos
- Artículo 39 Actuaciones sanitarias ante intoxicaciones por consumo de sustancias psicoactivas
- Artículo 40 Sistema de información sobre el consumo de sustancias psicoactivas
- Artículo 41 Medidas de información en el ámbito sanitario
- Artículo 42 De las competencias de la Administración autonómica
- Artículo 43 De las competencias de los ayuntamientos
- Artículo 44 Creación de la Comisión en materia de prevención de las adicciones de las personas menores de edad en Galicia
- Artículo 45 Composición y funcionamiento
- Artículo 46 Funciones
- Artículo 47 Organizaciones no gubernamentales y entidades sociales
- Artículo 48 Inspección
- Artículo 49 Actas
- Artículo 50 Clasificación de las infracciones
- Artículo 51 Infracciones leves
- Artículo 52 Infracciones graves
- Artículo 53 Infracciones muy graves
- Artículo 54 Responsables
- Artículo 55 Criterios para la graduación de las sanciones
- Artículo 56 Sanciones
- Artículo 57 Sustitución de las sanciones
- Artículo 58 Competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora
- Artículo 59 Prescripción de infracciones y sanciones
- Artículo 60 Incoación del procedimiento sancionador
- Artículo 61 Medidas provisionales previas a la apertura del expediente sancionador
- Artículo 62 Medidas provisionales durante el procedimiento sancionador
- Artículo 63 Medidas de adopción directa por los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad
- Artículo 64 Resolución del procedimiento sancionador
- Artículo 65 Ejecución forzosa de las resoluciones sancionadoras
- Disposición adicional primera Actuaciones inspectoras
- Disposición adicional segunda Actualización de las cuantías de las sanciones
- Disposición adicional tercera Fiestas de interés turístico
- Disposición adicional cuarta Financiación
- Disposición transitoria única Régimen transitorio de los procedimientos sancionadores
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final primera Modificación de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia
- Disposición final segunda Desarrollo reglamentario
- Disposición final tercera Entrada en vigor