🇪🇸 España
Vigente Ley 218 unidades
Ley 4/2026, de 24 de marzo, de Patrimonio Cultural de Andalucía.
Ley 4/2026es-law-2026-03-24-46 may 2026
- Artículo 8 Planes de patrimonio cultural
- Artículo 11 Órganos interadministrativos de gestión
- Artículo 16 Otras instituciones consultivas
- Artículo 28 Sistema de Información del Patrimonio Cultural de Andalucía
- Artículo 40 Procedimiento de declaración de los bienes catalogados
- Artículo 46 Tramitación de candidaturas a patrimonio cultural inmaterial
- Artículo 51 Depósito forzoso de bienes muebles
- Artículo 74 Informe en los procedimientos de prevención ambiental
- Artículo 85 Intervenciones en entornos de bienes de interés patrimonial
- Artículo 86 Régimen de protección de los bienes catalogados
- Artículo 106 Naturaleza y régimen jurídico
- Artículo 116 Planes de salvaguardia de bienes de interés cultural inmaterial
- Artículo 120 Criterios para la intervención en el patrimonio industrial
- Artículo 123 Bienes integrantes del patrimonio bibliográfico y audiovisual
- Artículo 124 Clasificación y régimen aplicable
- Artículo 128 Modificación y disolución de los espacios culturales
- Artículo 131 Enclaves culturales
- Artículo 135 Accesibilidad universal al patrimonio cultural
- Artículo 145 Patrocinio
- Artículo 150 Plan de inspección
- Disposición adicional décima Entorno de protección en monumentos en instrumentos urbanísticos aprobados
- Exposición de motivo Exposición de Motivos
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Ámbito de aplicación
- Artículo 3 Colaboración y cooperación de las Administraciones públicas
- Artículo 4 Colaboración y participación ciudadana
- Artículo 5 Colaboración con la Iglesia católica y otras confesiones religiosas
- Artículo 6 Acción pública
- Artículo 7 Políticas sectoriales
- Artículo 8 Planes de patrimonio cultural
- Artículo 9 Competencias de la Administración de la Junta de Andalucía
- Artículo 10 Competencias de los municipios
- Artículo 11 Órganos interadministrativos de gestión
- Artículo 12 Consejo del Patrimonio Cultural de Andalucía
- Artículo 13 Comisiones andaluzas del patrimonio cultural
- Artículo 14 Comisiones Provinciales de Patrimonio Cultural
- Artículo 15 Ponencias Técnicas de Patrimonio Cultural
- Artículo 16 Otras instituciones consultivas
- Artículo 17 Clasificación de los bienes del patrimonio cultural de Andalucía
- Artículo 18 Naturaleza de los bienes
- Artículo 19 Categorías de protección del patrimonio cultural inmueble
- Artículo 20 Entorno de protección
- Artículo 21 Entornos de protección subsidiarios
- Artículo 22 Categorías de protección del patrimonio cultural mueble
- Artículo 23 Categoría de protección del patrimonio cultural inmaterial
- Artículo 24 Instrucciones particulares y planes de salvaguardia
- Artículo 25 Instrumentos de protección del patrimonio cultural de Andalucía
- Artículo 26 Registro General del Patrimonio Cultural de Andalucía
- Artículo 27 Los catálogos de bienes y espacios protegidos de los ayuntamientos
- Artículo 28 Sistema de Información del Patrimonio Cultural de Andalucía
- Artículo 29 Iniciación del procedimiento
- Artículo 30 Notificación, publicación, información pública y efectos de la iniciación del procedimiento de declaración
- Artículo 31 Acceso a los bienes y solicitud de información a las personas titulares
- Artículo 32 Informes y trámite de audiencia
- Artículo 33 Plazo de resolución y declaración de caducidad
- Artículo 34 Resolución del procedimiento de declaración
- Artículo 35 Inscripción en el Registro de la Propiedad
- Artículo 36 Efectos de la declaración
- Artículo 37 Procedimiento para dejar sin efecto o modificar una declaración
- Artículo 38 Especialidades para la declaración de los bienes inmateriales
- Artículo 39 Especialidades en el procedimiento de declaración de bien de interés patrimonial
- Artículo 40 Procedimiento de declaración de los bienes catalogados
- Artículo 41 Bienes del patrimonio mundial
- Artículo 42 Tramitación de propuestas de candidaturas a patrimonio mundial
- Artículo 43 Actuaciones en relación con los bienes del patrimonio mundial
- Artículo 44 Bienes del patrimonio cultural inmaterial
- Artículo 45 Requisitos de las candidaturas del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad
- Artículo 46 Tramitación de candidaturas a patrimonio cultural inmaterial
- Artículo 47 Ámbito de aplicación
- Artículo 48 Obligaciones de las personas titulares
- Artículo 49 Suspensión de obras o actuaciones
- Artículo 50 Comercio de bienes muebles
- Artículo 51 Depósito forzoso de bienes muebles
- Artículo 52 Modelos de intervención
- Artículo 53 Requisitos y contenido del proyecto de conservación
- Artículo 54 Criterios generales de intervención del proyecto de conservación
- Artículo 55 Criterios específicos de intervención
- Artículo 56 Criterios de intervención en entornos de protección
- Artículo 57 Intervenciones de emergencia
- Artículo 58 Acceso del personal técnico e investigador
- Artículo 59 Órdenes de ejecución
- Artículo 60 Ejecución forzosa
- Artículo 61 Desplazamiento de bienes
- Artículo 62 Actuaciones ilegales
- Artículo 63 Actuaciones no sometidas a licencia
- Artículo 64 Expropiación forzosa
- Artículo 65 Declaración de ruina
- Artículo 66 Demoliciones
- Artículo 67 Ordenación territorial y urbanística y planes y programas sectoriales con incidencia patrimonial
- Artículo 68 Protección del patrimonio cultural en los instrumentos de ordenación urbanística
- Artículo 69 Determinaciones de protección de conjuntos históricos, sitios históricos, lugares de interés etnológico y lugares de interés industrial en la ordenación urbanística
- Artículo 70 Determinaciones de protección de zonas patrimoniales, paisajes culturales y vías culturales en la ordenación urbanística
- Artículo 71 Determinaciones de protección de zonas arqueológicas en la ordenación urbanística
- Artículo 72 Limitación del aprovechamiento urbanístico
- Artículo 73 Delegación de competencias en los municipios
- Artículo 74 Informe en los procedimientos de prevención ambiental
- Artículo 75 Visita pública gratuita
- Artículo 76 Derechos de tanteo y retracto
- Artículo 77 Prohibición de publicidad comercial y conducciones aparentes
- Artículo 78 Contaminación visual
- Artículo 79 Intervenciones sobre bienes de interés cultural
- Artículo 80 Intervenciones en entornos de bienes de interés cultural
- Artículo 81 Bienes muebles vinculados
- Artículo 82 Régimen de los bienes inmateriales
- Artículo 83 Autorización de intervenciones sobre bienes de interés patrimonial
- Artículo 84 Declaración responsable para intervenciones sobre bienes de interés patrimonial
- Artículo 85 Intervenciones en entornos de bienes de interés patrimonial
- Artículo 86 Régimen de protección de los bienes catalogados
- Artículo 87 Definición y naturaleza del patrimonio arqueológico
- Artículo 88 Zona de servidumbre arqueológica
- Artículo 89 Régimen de la zona de servidumbre arqueológica
- Artículo 90 Definición y clasificación de las actividades arqueológicas
- Artículo 91 Proyectos generales de investigación
- Artículo 92 Realización de actividades arqueológicas
- Artículo 93 Actividades arqueológicas sometidas a autorización
- Artículo 94 Actividades arqueológicas sometidas a régimen de declaración responsable
- Artículo 95 Obligaciones en la realización de una actividad arqueológica
- Artículo 96 Solicitud de autorización de actividades arqueológicas y proyectos generales de investigación
- Artículo 97 Dirección y equipo de la actividad arqueológica o proyecto general de investigación arqueológica
- Artículo 98 Obligaciones de la dirección de la actividad arqueológica
- Artículo 99 Revocación del título habilitante para la realización de la actividad arqueológica
- Artículo 100 Tramitación de urgencia de actividades arqueológicas
- Artículo 101 Documentación y materiales resultantes de la actividad arqueológica
- Artículo 102 Criterios de conservación del patrimonio arqueológico
- Artículo 103 Uso de detectores de metales y otros instrumentos
- Artículo 104 Régimen de los hallazgos casuales
- Artículo 105 Actuación administrativa
- Artículo 106 Naturaleza y régimen jurídico
- Artículo 107 Concepto y clasificación
- Artículo 108 Los bienes inmuebles del patrimonio etnológico
- Artículo 109 Los bienes muebles del patrimonio etnológico
- Artículo 110 Los bienes del patrimonio cultural inmaterial
- Artículo 111 Instrumentos específicos de documentación y difusión del patrimonio etnológico
- Artículo 112 Protección del patrimonio etnológico
- Artículo 113 Criterios de intervención en el patrimonio etnológico mueble e inmueble
- Artículo 114 Definición y alcance de salvaguardia
- Artículo 115 Las comunidades portadoras
- Artículo 116 Planes de salvaguardia de bienes de interés cultural inmaterial
- Artículo 117 Definición del patrimonio industrial
- Artículo 118 Clasificación del patrimonio industrial
- Artículo 119 Protección del patrimonio industrial
- Artículo 120 Criterios para la intervención en el patrimonio industrial
- Artículo 121 Concepto y régimen jurídico
- Artículo 122 Concepto y régimen jurídico
- Artículo 123 Bienes integrantes del patrimonio bibliográfico y audiovisual
- Artículo 124 Clasificación y régimen aplicable
- Artículo 125 Concepto
- Artículo 126 Clasificación
- Artículo 127 Creación de los espacios culturales
- Artículo 128 Modificación y disolución de los espacios culturales
- Artículo 129 Parques culturales
- Artículo 130 Conjuntos culturales
- Artículo 131 Enclaves culturales
- Artículo 132 Investigación en el patrimonio cultural
- Artículo 133 Difusión y educación patrimonial
- Artículo 134 Intérpretes del patrimonio
- Artículo 135 Accesibilidad universal al patrimonio cultural
- Artículo 136 Medidas de fomento
- Artículo 137 Inversiones en patrimonio cultural
- Artículo 138 Porcentaje destinado a la conservación, restauración y difusión del patrimonio arqueológico
- Artículo 139 Pago de deudas con bienes culturales
- Artículo 140 Beneficios fiscales
- Artículo 141 Aceptación de herencias, donaciones y legados
- Artículo 142 Cesión de bienes inmuebles y muebles de titularidad autonómica
- Artículo 143 Depósito de bienes muebles
- Artículo 144 Subvenciones y ayudas
- Artículo 145 Patrocinio
- Artículo 146 Ejercicio de la actividad inspectora
- Artículo 147 Visitas y actas de inspección
- Artículo 148 Funciones principales de la actividad inspectora
- Artículo 149 Especialidades de la inspección en patrimonios especiales
- Artículo 150 Plan de inspección
- Artículo 151 Definición y clasificación de las infracciones
- Artículo 152 Infracciones leves
- Artículo 153 Infracciones graves
- Artículo 154 Infracciones muy graves
- Artículo 155 Prescripción de las infracciones
- Artículo 156 Responsabilidad
- Artículo 157 Obligación de reparación
- Artículo 158 Graduación de las sanciones
- Artículo 159 Sanciones
- Artículo 160 Sanciones accesorias
- Artículo 161 Prescripción de las sanciones
- Artículo 162 Órganos competentes
- Artículo 163 Denuncia
- Artículo 164 Inicio y medidas provisionales
- Artículo 165 Ejecución subsidiaria
- Artículo 166 Relación con el orden jurisdiccional penal
- Disposición adicional primera Bienes de interés cultural declarados por ley
- Disposición adicional segunda Categorías de bienes con protección de bien de interés patrimonial
- Disposición adicional tercera Sobre la conformación de los catálogos urbanísticos
- Disposición adicional cuarta Equiparación de figuras de protección
- Disposición adicional quinta Incorporación al Registro General del Patrimonio Cultural de Andalucía de los bienes declarados de interés cultural y de catalogación general
- Disposición adicional sexta Actividades de interés etnológico inscritas en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz
- Disposición adicional séptima Planes de salvaguardia de los bienes de interés cultural inmaterial
- Disposición adicional octava Bienes incluidos en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico conforme a la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía
- Disposición adicional novena Bienes muebles catalogados y bienes muebles incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español
- Disposición adicional décima Entorno de protección en monumentos en instrumentos urbanísticos aprobados
- Disposición transitoria primera Régimen transitorio de los órganos asesores en materia de patrimonio cultural
- Disposición transitoria segunda Actualización de denominaciones
- Disposición transitoria tercera Régimen transitorio de los expedientes de protección en tramitación
- Disposición transitoria cuarta Adaptación de los instrumentos de ordenación urbanística vigentes
- Disposición transitoria quinta Régimen de delegaciones de competencias
- Disposición transitoria sexta Cambio de denominación de control arqueológico de movimientos de tierra por seguimiento arqueológico de obras
- Disposición transitoria séptima Actividades arqueológicas iniciadas y no finalizadas a la entrada en vigor de la presente ley
- Disposición transitoria octava Procedimientos sancionadores
- Disposición transitoria novena Régimen transitorio de los procedimientos administrativos iniciados en el ámbito de determinados proyectos de energías renovables
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final primera Modificación de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía
- Disposición final segunda Modificación de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía
- Disposición final tercera Modificación de la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía
- Disposición final cuarta Régimen de delegación de competencias en el Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife
- Disposición final quinta Cambio de denominación del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico
- Disposición final sexta Modificación de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía
- Disposición final séptima Modificación de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía
- Disposición final octava Modificación de la Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo y los plazos de determinados procedimientos como garantías procedimentales para los ciudadanos
- Disposición final novena Desarrollo reglamentario
- Disposición final décima Entrada en vigor