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Ley 149 unidades
Ley 3/2026, de 16 de junio, de cabildos insulares.
Ley 3/2026es-law-2026-06-16-37 ago 2026
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Objeto de la ley Modificado
- Artículo 2 Naturaleza de los cabildos insulares Modificado
- Artículo 3 Colaboración y cooperación entre cabildos insulares Modificado
- Artículo 4 Audiencia de los cabildos insulares Modificado
- Artículo 5 Competencias de los cabildos insulares Modificado
- Artículo 6 Ámbitos materiales de competencias de los cabildos insulares como instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias Modificado
- Artículo 7 Ejercicio de las competencias Modificado
- Artículo 8 Competencias de los cabildos como corporaciones locales: propias y delegadas Modificado
- Artículo 9 Delimitación de las competencias propias Modificado
- Artículo 10 Competencias de asistencia a los municipios Modificado
- Artículo 11 Asistencia jurídica, técnica y administrativa Modificado
- Artículo 12 Asistencia en la gestión de servicios municipales Modificado
- Artículo 13 Prestación de servicios municipales por los cabildos insulares Modificado
- Artículo 14 Plan insular de cooperación en obras y servicios municipales Modificado
- Artículo 15 Asistencia en el ejercicio de las funciones públicas necesarias reservadas a los funcionarios o funcionarias de Administración local con habilitación de carácter nacional Modificado
- Artículo 16 Competencias como instituciones autonómicas Modificado
- Artículo 17 Régimen jurídico material de las competencias autonómicas ejercidas por los cabildos insulares Modificado
- Artículo 18 Transferencia y delegación de funciones Modificado
- Artículo 19 La iniciativa legislativa Modificado
- Artículo 20 Ejercicio de la iniciativa legislativa Modificado
- Artículo 21 Iniciativa reglamentaria Modificado
- Artículo 22 Funciones de representación del Gobierno de Canarias Modificado
- Artículo 23 Ejecución de competencias autonómicas Modificado
- Artículo 24 Atribución de competencias a los cabildos insulares Modificado
- Artículo 25 Atribución de competencias por ley Modificado
- Artículo 26 Delimitación Modificado
- Artículo 27 Simultaneidad y aceptación de la transferencia competencial Modificado
- Artículo 28 Determinación de las competencias transferidas Modificado
- Artículo 29 Procedimiento de tramitación de los decretos de transferencia Modificado
- Artículo 30 Régimen jurídico material Modificado
- Artículo 31 Régimen económico-financiero y patrimonial Modificado
- Artículo 32 Régimen del personal transferido Modificado
- Artículo 33 Control del ejercicio de las competencias transferidas Modificado
- Artículo 34 Delegación de competencias autonómicas Modificado
- Artículo 35 Disposición de la delegación de competencias autonómicas Modificado
- Artículo 36 Régimen jurídico material del ejercicio de las competencias delegadas Modificado
- Artículo 37 Procedimiento de tramitación de los decretos de delegación Modificado
- Artículo 38 Régimen económico-financiero y patrimonial Modificado
- Artículo 39 Régimen de personal Modificado
- Artículo 40 Responsabilidad patrimonial Modificado
- Artículo 41 Recursos contra los actos dictados por delegación Modificado
- Artículo 42 Control de las competencias delegadas Modificado
- Artículo 43 Suspensión, modificación y revocación de las delegaciones Modificado
- Artículo 44 Renuncia a la delegación Modificado
- Artículo 45 Encomiendas de gestión Modificado
- Artículo 46 Régimen de la gestión ordinaria de servicios Modificado
- Artículo 47 Formalización de la encomienda Modificado
- Artículo 48 Suspensión o revocación de la encomienda Modificado
- Artículo 49 Normas y principios de organización de los cabildos insulares Modificado
- Artículo 50 Clases de órganos de los cabildos insulares Modificado
- Artículo 51 Órganos de representación política de los cabildos insulares Modificado
- Artículo 52 Composición, naturaleza y organización Modificado
- Artículo 53 Atribuciones del Pleno Modificado
- Artículo 54 Comisiones del Pleno Modificado
- Artículo 55 Junta de Portavoces Modificado
- Artículo 56 Grupos políticos insulares Modificado
- Artículo 57 Constitución de los grupos políticos insulares Modificado
- Artículo 58 Medios de los grupos políticos insulares Modificado
- Artículo 59 Miembros no adscritos Modificado
- Artículo 60 Órganos de gobierno y administración de los cabildos insulares Modificado
- Artículo 61 Control de los órganos de gobierno y administración Modificado
- Artículo 62 Composición de la Presidencia Modificado
- Artículo 63 Naturaleza, responsabilidad política y cese del presidente o presidenta del cabildo insular Modificado
- Artículo 64 Atribuciones del presidente o presidenta del cabildo insular Modificado
- Artículo 65 Número y designación Modificado
- Artículo 66 Atribuciones de las vicepresidencias Modificado
- Artículo 67 Carácter y composición Modificado
- Artículo 68 Responsabilidad política e incompatibilidades Modificado
- Artículo 69 Atribuciones del Consejo de Gobierno Insular Modificado
- Artículo 70 Gobierno en funciones Modificado
- Artículo 71 Áreas, departamentos o consejerías insulares Modificado
- Artículo 72 Competencias de las personas titulares de las áreas, departamentos o consejerías insulares Modificado
- Artículo 73 Organización de las áreas, departamentos o consejerías insulares Modificado
- Artículo 74 Viceconsejerías insulares Modificado
- Artículo 75 Direcciones insulares Modificado
- Artículo 76 Competencias de las direcciones insulares Modificado
- Artículo 77 Coordinaciones insulares Modificado
- Artículo 78 Competencias de las coordinaciones insulares Modificado
- Artículo 79 Titulares de las direcciones y coordinaciones insulares de designación política Modificado
- Artículo 80 Incompatibilidades de las personas titulares de los órganos de gobierno y administración Modificado
- Artículo 81 Formas de organización de las funciones y los servicios públicos insulares Modificado
- Artículo 82 Forma de las normas y de los actos de los cabildos insulares Modificado
- Artículo 83 Jerarquía de las normas de los cabildos insulares Modificado
- Artículo 84 Resoluciones que ponen fin a la vía administrativa Modificado
- Artículo 85 Régimen de recursos Modificado
- Artículo 86 Régimen general de funcionamiento Modificado
- Artículo 87 Reglas específicas de funcionamiento Modificado
- Artículo 88 Ejercicio de las funciones necesarias en competencias de régimen local y en competencias como instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias Modificado
- Artículo 89 Medios de control y fiscalización de los órganos de gobierno y administración Modificado
- Artículo 90 Moción de censura y cuestión de confianza Modificado
- Artículo 91 Debates sobre la actuación política insular Modificado
- Artículo 92 Preguntas de los grupos políticos Modificado
- Artículo 93 Principio general Modificado
- Artículo 94 Portal de transparencia insular Modificado
- Artículo 95 Derecho de acceso a la información pública Modificado
- Artículo 96 Acceso a la información por los consejeros y consejeras insulares Modificado
- Artículo 97 Marco normativo Modificado
- Artículo 98 Titulares de la potestad reglamentaria Modificado
- Artículo 99 Tipología de las disposiciones generales de los cabildos Modificado
- Artículo 100 Supuestos especiales Modificado
- Artículo 101 Relaciones entre reglamentos Modificado
- Artículo 102 Principios de buena regulación Modificado
- Artículo 103 Publicidad y eficacia Modificado
- Artículo 104 Habilitación para la adaptación normativa de ordenanzas y reglamentos Modificado
- Artículo 105 Expediente Modificado
- Artículo 106 Plan normativo anual Modificado
- Artículo 107 Consulta previa Modificado
- Artículo 108 Reglamento orgánico Modificado
- Artículo 109 Otros reglamentos Modificado
- Artículo 110 Archipiélago e islas Modificado
- Artículo 111 Conferencia de Presidentes Modificado
- Artículo 112 De los principios rectores de las relaciones interadministrativas Modificado
- Artículo 113 Colaboración y cooperación Modificado
- Artículo 114 Instrumentos de colaboración y cooperación Modificado
- Artículo 115 Deberes de información Modificado
- Artículo 116 Deber de información de la Administración pública de la comunidad autónoma Modificado
- Artículo 117 Convenios Modificado
- Artículo 118 Participación en la planificación, programación y gestión de obras y servicios Modificado
- Artículo 119 Consejo de Colaboración Insular Modificado
- Artículo 120 Otros órganos de cooperación Modificado
- Artículo 121 Planes y programas conjuntos de actuación Modificado
- Artículo 122 Coordinación de la actividad de los cabildos insulares Modificado
- Artículo 123 Requisitos y finalidad de la coordinación Modificado
- Artículo 124 Planes sectoriales de coordinación Modificado
- Artículo 125 Impugnación de disposiciones y actos de los cabildos insulares Modificado
- Artículo 126 Impugnación por los cabildos insulares Modificado
- Artículo 127 Sustitución de los cabildos insulares y subrogación Modificado
- Artículo 128 De la Comisión General de Cabildos Insulares Modificado
- Disposición adicional primera Representación institucional de la asociación de cabildos insulares Modificado
- Disposición adicional segunda Altos cargos de los cabildos insulares Modificado
- Disposición adicional tercera Régimen electoral aplicable a los cabildos insulares Modificado
- Disposición adicional cuarta Cambio de denominación del Cabildo Insular de Lanzarote Modificado
- Disposición adicional quinta Régimen especial para los municipios capitalinos insulares y capitalidad de la isla de La Graciosa Modificado
- Disposición adicional sexta Nombramiento de personal directivo técnico Modificado
- Disposición adicional séptima Normas organizativas en materia de resolución de discrepancias y omisión de la función interventora en los entes del sector público Modificado
- Disposición adicional octava Fondo de solidaridad interinsular Modificado
- Disposición adicional novena Fondo de contingencias por emergencias Modificado
- Disposición transitoria primera Competencias transferidas con anterioridad a esta ley Modificado
- Disposición transitoria segunda Procedimientos, recursos administrativos en trámite y revisión de actos anteriores a la efectividad de las competencias transferidas o delegadas Modificado
- Disposición transitoria tercera Régimen transitorio de la organización de los cabildos insulares Modificado
- Disposición transitoria cuarta Régimen transitorio de las retribuciones de las Presidencias de los cabildos insulares Modificado
- Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
- Disposición final primera Adaptación de los reglamentos orgánicos de los cabildos insulares Modificado
- Disposición final segunda Obligaciones de remisión de actos y acuerdos de los cabildos insulares en el ejercicio de competencias como órganos de gobierno, administración y representación de las islas Modificado
- Disposición final tercera Modificación de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria Modificado
- Disposición final cuarta Modificación de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas Modificado
- Disposición final quinta Desarrollo reglamentario Modificado
- Disposición final sexta Entrada en vigor Modificado