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Real Decreto Legislativo 312 unidades

Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Real Decreto Legislativo 1/1994es-legislative-decree-1994-06-20-129 jun 1994

Trabajadores

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Preámbulo Preámbulo
  3. Artículo único
  4. Disposición final única
  5. Anexo UNICO
  6. Artículo 1 Derecho de los españoles a la Seguridad Social
  7. Artículo 2 Principios y fines de la Seguridad Social Modificado
  8. Artículo 3 Irrenunciabilidad de los derechos de la Seguridad Social
  9. Artículo 4 Delimitación de funciones
  10. Artículo 5 Competencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y de otros Departamentos ministeriales Modificado
  11. Artículo 6 Coordinación de funciones afines
  12. Artículo 7 Extensión del campo de aplicación Modificado
  13. Artículo 8 Prohibición de inclusión múltiple obligatoria
  14. Artículo 9 Estructura del sistema de la Seguridad Social
  15. Artículo 10 Regímenes Especiales Modificado
  16. Artículo 11 Sistemas especiales
  17. Artículo 12 Obligatoriedad y alcance de la afiliación
  18. Artículo 13 Formas de practicarse la afiliación y las altas y bajas
  19. Artículo 14 Obligaciones de la Administración de la Seguridad Social y derecho a la información Modificado
  20. Artículo 15 Obligatoriedad Modificado
  21. Artículo 16 Bases y tipos de cotización
  22. Artículo 17 Primas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  23. Artículo 18 Competencia Modificado
  24. Artículo 19 Liquidación e ingreso de las cuotas y demás recursos Modificado
  25. Artículo 20 Aplazamiento de pago Modificado
  26. Artículo 21 Prescripción Modificado
  27. Artículo 22 Prelación de créditos Modificado
  28. Artículo 23 Devolución de ingresos indebidos, reembolso de los costes de las garantías y pago de cantidades declaradas por sentencia Modificado
  29. Artículo 24 Transacciones sobre los derechos de la Seguridad Social Modificado
  30. Artículo 25 Efectos de la falta de pago en plazo reglamentario Modificado
  31. Artículo 26 Cumplimiento de obligaciones en materia de liquidación de cuotas y compensación Modificado
  32. Artículo 27 Recargos por ingreso fuera de plazo Modificado
  33. Artículo 28 Interés de demora Modificado
  34. Artículo 29 Imputación de pagos Modificado
  35. Artículo 30 Reclamaciones de deudas Modificado
  36. Artículo 31 Actas de liquidación de cuotas Modificado
  37. Artículo 32 Determinación de las deudas por cuotas Modificado
  38. Artículo 32 bis Facultades de comprobación
  39. Artículo 33 Medidas cautelares Modificado
  40. Artículo 34 Providencia de apremio, impugnación de la misma, ejecución patrimonial y otros actos del procedimiento ejecutivo Modificado
  41. Artículo 35 Tercerías
  42. Artículo 36 Deber de información por entidades financieras, funcionarios públicos, profesionales oficiales y autoridades Modificado
  43. Artículo 37 Levantamiento de bienes embargables Modificado
  44. Artículo 38 Acción protectora del sistema de la Seguridad Social Modificado
  45. Artículo 39 Mejoras voluntarias
  46. Artículo 40 Caracteres de las prestaciones
  47. Artículo 41 Responsabilidad en orden a las prestaciones
  48. Artículo 42 Pago de las pensiones contributivas, derivadas de riesgos comunes, y de las pensiones no contributivas
  49. Artículo 43 Prescripción Modificado
  50. Artículo 44 Caducidad
  51. Artículo 45 Reintegro de prestaciones indebidas Modificado
  52. Artículo 46 Consideración como pensiones públicas
  53. Artículo 47 Limitación de la cuantía inicial de las pensiones
  54. Artículo 48 Revalorización Modificado
  55. Artículo 49 Limitación del importe de la revalorización anual
  56. Artículo 50 bis Complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social Modificado
  57. Artículo 51 Pensiones extraordinarias originadas por actos de terrorismo
  58. Artículo 52 Revalorización
  59. Artículo 53 Objeto
  60. Artículo 54 Derecho a la reeducación y rehabilitación
  61. Artículo 55 Concepto
  62. Artículo 56 Contenido de las ayudas asistenciales
  63. Artículo 57 Enumeración Modificado
  64. Artículo 58 Estructura y competencias
  65. Artículo 59 Naturaleza jurídica
  66. Artículo 60 Participación en la gestión
  67. Artículo 61 Relaciones y servicios internacionales
  68. Artículo 62 Creación Modificado
  69. Artículo 63 Tesorería General de la Seguridad Social Modificado
  70. Artículo 64 Reserva de nombre
  71. Artículo 65 Exenciones tributarias y otros beneficios
  72. Artículo 66 Reserva de datos y régimen de personal Modificado
  73. Artículo 66 bis Suministro de información a las entidades gestoras de las prestaciones económicas de la Seguridad Social Modificado
  74. Artículo 67 Entidades colaboradoras
  75. Artículo 68 Definición y objeto Modificado
  76. Artículo 69 Constitución de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social Modificado
  77. Artículo 70 Régimen económico-financiero Modificado
  78. Artículo 71 Órganos de gobierno y participación Modificado
  79. Artículo 72 Empresarios asociados y trabajadores por cuenta propia adheridos Modificado
  80. Artículo 73 Competencias del Ministerio de Empleo y Seguridad Social Modificado
  81. Artículo 74 Patrimonio y régimen de la contratación Modificado
  82. Artículo 75 Resultado económico y reservas Modificado
  83. Artículo 75 bis Excedentes y Fondo de Contingencias Profesionales de la Seguridad Social
  84. Artículo 75 ter Medidas cautelares y responsabilidad mancomunada
  85. Artículo 76 Disolución y liquidación Modificado
  86. Artículo 77 Colaboración de las empresas Modificado
  87. Artículo 78 Competencias de la Inspección
  88. Artículo 79 Colaboración con la Inspección
  89. Artículo 80 Patrimonio
  90. Artículo 81 Titularidad, adscripción, administración y custodia Modificado
  91. Artículo 82 Adquisición de bienes inmuebles
  92. Artículo 83 Enajenación de bienes inmuebles y de títulos valores
  93. Artículo 84 Arrendamiento y cesión de bienes inmuebles Modificado
  94. Artículo 85 Inembargabilidad
  95. Artículo 86 Recursos generales Modificado
  96. Artículo 87 Sistema financiero Modificado
  97. Artículo 88 Inversiones
  98. Artículo 89 Disposición general y normas reguladoras de la intervención
  99. Artículo 90 Modificación de créditos en el Instituto Nacional de la Salud
  100. Artículo 91 Remanentes e insuficiencias presupuestarias Modificado
  101. Artículo 92 Amortización de adquisiciones
  102. Artículo 93 Plan anual de auditorías
  103. Artículo 94 Cuentas de la Seguridad Social Modificado
  104. Artículo 95 Contratación Modificado
  105. Artículo 96 Infracciones y sanciones Modificado
  106. Artículo 97 Extensión Modificado
  107. Artículo 98 Exclusiones
  108. Artículo 99 Inscripción de empresas
  109. Artículo 100 Afiliación, altas y bajas
  110. Artículo 101 Libro de Matrícula del Personal Modificado
  111. Artículo 102 Procedimiento y plazos
  112. Artículo 103 Sujetos obligados
  113. Artículo 104 Sujeto responsable Modificado
  114. Artículo 105 Nulidad de pactos
  115. Artículo 106 Duración de la obligación de cotizar Modificado
  116. Artículo 107 Tipo de cotización
  117. Artículo 108 Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  118. Artículo 109 Base de cotización Modificado
  119. Artículo 110 Topes máximo y mínimo de la base de cotización
  120. Artículo 111 Cotización adicional por horas extraordinarias
  121. Artículo 112 Normalización
  122. Artículo 112 bis Cotización con 65 o más años Modificado
  123. Artículo 113 Normas generales Modificado
  124. Artículo 114 Alcance de la acción protectora
  125. Artículo 115 Concepto del accidente de trabajo
  126. Artículo 116 Concepto de la enfermedad profesional
  127. Artículo 117 Concepto de los accidentes no laborales y de las enfermedades comunes
  128. Artículo 118 Concepto de las restantes contingencias
  129. Artículo 119 Riesgos catastróficos
  130. Artículo 120 Cuantía de las prestaciones
  131. Artículo 121 Caracteres de las prestaciones
  132. Artículo 122 Incompatibilidad de pensiones
  133. Artículo 123 Recargo de las prestaciones económicas en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional
  134. Artículo 124 Condiciones del derecho a las prestaciones Modificado
  135. Artículo 125 Situaciones asimiladas a la de alta Modificado
  136. Artículo 126 Responsabilidad en orden a las prestaciones Modificado
  137. Artículo 127 Supuestos especiales de responsabilidad en orden a las prestaciones
  138. Artículo 128 Concepto Modificado
  139. Artículo 129 Prestación económica
  140. Artículo 130 Beneficiarios
  141. Artículo 131 Nacimiento y duración del derecho al subsidio
  142. Artículo 131 bis Extinción del derecho al subsidio Modificado
  143. Artículo 132 Pérdida o suspensión del derecho al subsidio Modificado
  144. Artículo 133 Períodos de observación y obligaciones especiales en caso de enfermedad profesional
  145. Artículo 133 bis Situaciones protegidas Modificado
  146. Artículo 133 ter Beneficiarios Modificado
  147. Artículo 133 quater Prestación económica Modificado
  148. Artículo 133 quinquies Pérdida o suspensión del derecho al subsidio por maternidad Modificado
  149. Artículo 133 sexies Beneficiarias
  150. Artículo 133 septies Prestación económica Modificado
  151. Artículo 133 octies Situación protegida
  152. Artículo 133 nonies Beneficiarios
  153. Artículo 133 decies Prestación económica
  154. Artículo 134 Situación protegida Modificado
  155. Artículo 135 Prestación económica Modificado
  156. Artículo 135 bis Situación protegida
  157. Artículo 135 ter Prestación económica
  158. Artículo 135 quáter Situación protegida y prestación económica Modificado
  159. Artículo 134 Concepto y clases
  160. Artículo 135 Duración
  161. Artículo 136 Concepto y clases Modificado
  162. Artículo 137 Grados de incapacidad
  163. Artículo 138 Beneficiarios Modificado
  164. Artículo 139 Prestaciones Modificado
  165. Artículo 140 Base reguladora de las pensiones de invalidez permanente derivada de contingencias comunes Modificado
  166. Artículo 141 Compatibilidades en el percibo de prestaciones económicas por invalidez permanente Modificado
  167. Artículo 142 Norma especial sobre invalidez derivada de enfermedad profesional
  168. Artículo 143 Calificación y revisión Modificado
  169. Artículo 144 Beneficiarios Modificado
  170. Artículo 145 Cuantía de la pensión Modificado
  171. Artículo 146 Efectos económicos de las pensiones
  172. Artículo 147 Compatibilidad de las pensiones Modificado
  173. Artículo 148 Calificación Modificado
  174. Artículo 149 Obligaciones de los beneficiarios
  175. Artículo 150 Indemnizaciones por baremo
  176. Artículo 151 Beneficiarios
  177. Artículo 152 Incompatibilidad con las prestaciones por invalidez permanente
  178. Artículo 153 a 159 Arts 153 a 159
  179. Artículo 153 Beneficiarios Modificado
  180. Artículo 154 Contenido Modificado
  181. Artículo 155 Plan o programa de recuperación Modificado
  182. Artículo 156 Subsidio de recuperación Modificado
  183. Artículo 157 Beneficiarios Modificado
  184. Artículo 158 Contenido del empleo selectivo Modificado
  185. Artículo 159 Beneficios complementarios Modificado
  186. Artículo 160 Concepto
  187. Artículo 161 Beneficiarios Modificado
  188. Artículo 161 bis Jubilación anticipada Modificado
  189. Artículo 162 Base reguladora de la pensión de jubilación Modificado
  190. Artículo 163 Cuantía de la pensión Modificado
  191. Artículo 164 Imprescriptibilidad
  192. Artículo 165 Incompatibilidades Modificado
  193. Artículo 166 Jubilación parcial Modificado
  194. Artículo 167 Beneficiarios
  195. Artículo 168 Cuantía de la pensión
  196. Artículo 169 Efectos económicos del reconocimiento del derecho
  197. Artículo 170 Obligaciones de los beneficiarios
  198. Artículo 171 Prestaciones Modificado
  199. Artículo 172 Sujetos causantes Modificado
  200. Artículo 173 Auxilio por defunción Modificado
  201. Artículo 174 Pensión de viudedad Modificado
  202. Artículo 174 bis
  203. Artículo 175 Pensión de orfandad Modificado
  204. Artículo 176 Prestaciones en favor de familiares
  205. Artículo 177 Indemnización especial a tanto alzado Modificado
  206. Artículo 178 Imprescriptibilidad
  207. Artículo 179 Compatibilidad y límite de las prestaciones Modificado
  208. Artículo 179 bis Base reguladora de las prestaciones derivadas de contingencias comunes
  209. Artículo 179 ter Impedimento para ser beneficiario de las prestaciones de muerte y supervivencia
  210. Artículo 179 quáter Suspensión cautelar del abono de las prestaciones de muerte y supervivencia, en determinados supuestos
  211. Artículo 179 quinquies Incremento de las pensiones de orfandad y en favor de familiares, en determinados supuestos
  212. Artículo 179 sexies Abono de las pensiones de orfandad, en determinados supuestos
  213. Artículo 180 Prestaciones Modificado
  214. Artículo 181 Prestaciones Modificado
  215. Artículo 182 Beneficiarios Modificado
  216. Artículo 182 bis bis. Cuantía de las asignaciones Modificado
  217. Artículo 182 ter Determinación del grado de minusvalía y de la necesidad del concurso de otra persona
  218. Artículo 183 Declaración y efectos de las variaciones familiares Modificado
  219. Artículo 184 Devengo y abono Modificado
  220. Artículo 185 Cuantía de las prestaciones Modificado
  221. Artículo 186 Cuantía de la prestación Modificado
  222. Artículo 187 Beneficiarios Modificado
  223. Artículo 188 Cuantía Modificado
  224. Artículo 188 bis a 188 sexies Arts 188 bis a 188 sexies
  225. Artículo 188 bis Personas beneficiarias Modificado
  226. Artículo 188 ter Cuantía Modificado
  227. Artículo 188 quáter Plazo para su solicitud Modificado
  228. Artículo 188 quinquies Cesión del cobro de la prestación al otro progenitor o adoptante Modificado
  229. Artículo 188 sexies Competencia para la gestión y administración Modificado
  230. Artículo 189 Incompatibilidades Modificado
  231. Artículo 190 Colaboración del Registro Civil Modificado
  232. Artículo 191 Mejoras de la acción protectora
  233. Artículo 192 Mejora directa de las prestaciones
  234. Artículo 193 Modos de gestión de la mejora directa
  235. Artículo 194 Mejora por establecimiento de tipos de cotización adicionales
  236. Artículo 195 Incumplimientos en materia de accidentes de trabajo
  237. Artículo 196 Normas específicas para enfermedades profesionales
  238. Artículo 197 Responsabilidades por falta de reconocimientos médicos
  239. Artículo 198 Gestión y colaboración en la gestión
  240. Artículo 199 Conciertos para la prestación de servicios administrativos y sanitarios
  241. Artículo 200 Sistema financiero Modificado
  242. Artículo 201 Normas específicas en materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Modificado
  243. Artículo 202 Derecho supletorio
  244. Artículo 203 Objeto de la protección Modificado
  245. Artículo 204 Niveles de protección
  246. Artículo 205 Personas protegidas Modificado
  247. Artículo 206 Acción protectora Modificado
  248. Artículo 207 Requisitos para el nacimiento del derecho a las prestaciones Modificado
  249. Artículo 208 Situación legal de desempleo Modificado
  250. Artículo 209 Solicitud, nacimiento y conservación del derecho a las prestaciones Modificado
  251. Artículo 210 Duración de la prestación por desempleo Modificado
  252. Artículo 211 Cuantía de la prestación por desempleo Modificado
  253. Artículo 212 Suspensión del derecho Modificado
  254. Artículo 213 Extinción del derecho Modificado
  255. Artículo 214 Cotización durante la situación de desempleo Modificado
  256. Artículo 215 Beneficiarios del subsidio por desempleo Modificado
  257. Artículo 216 Duración del subsidio Modificado
  258. Artículo 217 Cuantía del subsidio Modificado
  259. Artículo 218 Cotización durante la percepción del subsidio Modificado
  260. Artículo 219 Dinámica del derecho Modificado
  261. Artículo 220 Automaticidad del derecho a las prestaciones
  262. Artículo 221 Incompatibilidades Modificado
  263. Artículo 222 Desempleo, maternidad, paternidad, incapacidad temporal y jubilación Modificado
  264. Artículo 223 Financiación
  265. Artículo 224 Base y tipo de cotización
  266. Artículo 225 Recaudación
  267. Artículo 226 Entidad gestora
  268. Artículo 227 Reintegro de pagos indebidos Modificado
  269. Artículo 228 Pago de las prestaciones Modificado
  270. Artículo 229 Control de las prestaciones Modificado
  271. Artículo 230 Obligaciones de los empresarios Modificado
  272. Artículo 231 Obligaciones de los trabajadores Modificado
  273. Artículo 232 Infracciones y sanciones Modificado
  274. Artículo 233 Recursos Modificado
  275. Artículo 234 Derecho supletorio
  276. Disposición adicional primera Protección de los trabajadores emigrantes
  277. Disposición adicional segunda Protección de los trabajadores minusválidos
  278. Disposición adicional tercera Inclusión en la Seguridad Social de los deportistas de alto nivel
  279. Disposición adicional cuarta Modalidades de integración de los socios trabajadores y de los socios de trabajo de las cooperativas Modificado
  280. Disposición adicional quinta Régimen de Seguridad Social de los asegurados que presten servicios en la Administración de las Comunidades Europeas
  281. Disposición adicional sexta Protección de los trabajadores contratados para la formación Modificado
  282. Disposición adicional séptima Normas aplicables a los trabajadores contratados a tiempo parcial Modificado
  283. Disposición adicional octava Normas de desarrollo y aplicación a Regímenes Especiales
  284. Disposición adicional novena Validez, a efectos de las prestaciones, de las cuotas anteriores al alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
  285. Disposición adicional décima Normas para el cálculo de la pensión de jubilación en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
  286. Disposición adicional undécima Gestión por las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes
  287. Disposición adicional duodécima Profesores universitarios eméritos
  288. Disposición adicional vigésima Consideración de los servicios prestados en segundo puesto o actividad a las Administraciones Públicas
  289. Disposición adicional trigésima
  290. Disposición transitoria primera Derechos transitorios derivados de la legislación anterior a 1967
  291. Disposición transitoria segunda Cotizaciones efectuadas en anteriores regímenes
  292. Disposición transitoria tercera Aplicación de legislaciones anteriores para causar derecho a pensión de jubilación
  293. Disposición transitoria cuarta Aplicación paulatina del período mínimo de cotización para el acceso a la pensión de jubilación
  294. Disposición transitoria quinta Normas transitorias sobre base reguladora de la pensión de jubilación
  295. Disposición transitoria quinta bis
  296. Disposición transitoria sexta Incompatibilidades de las prestaciones no contributivas
  297. Disposición transitoria sexta bis
  298. Disposición transitoria séptima Prestaciones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez
  299. Disposición transitoria octava Integración de entidades sustitutorias
  300. Disposición transitoria novena Entidades no sustitutorias pendientes de integración
  301. Disposición transitoria décima Situación asimilada a la de alta en los procesos de reconversión
  302. Disposición transitoria undécima Pervivencia de subsidios económicos de la Ley de Integración Social de los Minusválidos
  303. Disposición transitoria duodécima Deudas con la Seguridad Social de los clubes de fútbol
  304. Disposición transitoria vigésima Aplicación paulatina de la edad de jubilación y de los años de cotización
  305. Disposición derogatoria única Derogación normativa
  306. Disposición final primera Aplicación de la Ley
  307. Disposición final segunda Competencias de otros Departamentos ministeriales
  308. Disposición final tercera Aportación de datos a las Entidades gestoras
  309. Disposición final cuarta Acomodación de las normas sobre pensión de jubilación por disminución de la edad
  310. Disposición final quinta Habilitaciones al Gobierno en materia de protección por desempleo
  311. Disposición final sexta Efectos de las modificaciones en materia de protección por desempleo
  312. Disposición final séptima Desarrollo reglamentario
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