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Real Decreto Legislativo 94 unidades
Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Real Decreto Legislativo 1/2004es-legislative-decree-2004-03-05-15 mar 2004
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo único
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final única Entrada en vigor
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1 Definición, naturaleza y ámbito de aplicación
- Artículo 2 Principios informadores del Catastro Inmobiliario
- Artículo 3 Contenido
- Artículo 4 Competencias
- Artículo 5 Órganos colegiados
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 6 Concepto y clases de bienes inmuebles
- Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos
- Artículo 8 Bienes inmuebles de características especiales
- CAPÍTULO II
- Artículo 9 Titulares catastrales y representación
- Artículo 10 Derechos y deberes
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 11 Obligatoriedad de la incorporación y tipos de procedimientos
- Artículo 12 Régimen jurídico
- CAPÍTULO II
- Artículo 13 Procedimiento de incorporación mediante declaraciones
- Artículo 14 Procedimiento de incorporación mediante comunicaciones
- Artículo 15 Procedimiento de incorporación mediante solicitud
- Artículo 16 Reglas comunes a las declaraciones y comunicaciones
- Artículo 17 Notificación y eficacia de los actos dictados en los procedimientos de incorporación mediante declaración, comunicación y solicitud
- CAPÍTULO III
- Artículo 18 Procedimientos de subsanación de discrepancias y de rectificación
- CAPÍTULO IV
- Artículo 19 Naturaleza y clases de actuaciones inspectoras
- Artículo 20 Documentación y eficacia de las actuaciones inspectoras
- Artículo 21 Planes de inspección
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 22 Valor catastral
- Artículo 23 Criterios y límites del valor catastral
- Artículo 24 Determinación del valor catastral
- Sección 2
- Artículo 25 Contenido de las ponencias de valores
- Artículo 26 Clases de ponencias de valores
- Artículo 27 Elaboración, aprobación e impugnación de las ponencias de valores
- Sección 3
- Artículo 28 Valoración catastral de bienes inmuebles urbanos y rústicos
- Artículo 29 Procedimientos de valoración colectiva de carácter general y parcial
- Artículo 30 Procedimiento simplificado de valoración colectiva
- Artículo 31 Procedimiento de determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de características especiales
- Artículo 32 Actualización de valores catastrales
- TÍTULO III
- Artículo 33 Concepto
- Artículo 34 Contenido de la cartografía catastral
- Artículo 35 Carácter temático de la cartografía catastral
- TÍTULO IV
- Artículo 36 Deber de colaboración
- Artículo 37 Suministro de información a otras Administraciones tributarias
- TÍTULO V
- Artículo 38 Constancia documental y registral de la referencia catastral
- Artículo 39 Excepciones
- Artículo 40 Sujetos obligados
- Artículo 41 Documentos acreditativos de la referencia catastral
- Artículo 42 Plazo de aportación
- Artículo 43 Advertencia de incumplimiento
- Artículo 44 Efectos del incumplimiento de la obligación de aportar la referencia catastral
- Artículo 45 Correspondencia de la referencia catastral con la identidad de la finca
- Artículo 46 Constancia de la referencia catastral en documentos administrativos
- Artículo 47 Constancia de la referencia catastral en documentos notariales
- Artículo 48 Constancia registral de la referencia catastral
- Artículo 49 Constatación de la referencia catastral
- TÍTULO VI
- Artículo 50 Normativa aplicable
- Artículo 51 Datos protegidos
- Artículo 52 Condiciones generales del acceso
- Artículo 53 Acceso a la información catastral protegida
- Artículo 54 Recurso de alzada
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 55 Objeto y naturaleza
- Artículo ículos 55 a 60 Artículos 55 a 60
- Artículo 56 Hecho imponible
- Artículo 57 Sujetos pasivos
- Artículo 58 Exención
- Artículo 59 Devengo
- Artículo 60 Elementos cuantitativos
- CAPÍTULO II
- Artículo 61 Objeto y naturaleza
- Artículo 62 Hecho imponible
- Artículo 63 Sujetos pasivos
- Artículo 64 Exención
- Artículo 65 Devengo
- Artículo 66 Productos y tarifas
- CAPÍTULO III
- Artículo 67 Liquidación
- Artículo 68 Gestión
- Artículo 69 Pago
- TÍTULO VIII
- Artículo 70 Infracciones
- Artículo 71 Régimen sancionador
- Disposición adicional única Renovación del catastro rústico
- Disposición adicional primera Renovación del catastro rústico
- Disposición adicional segunda Colaboración de notarios y registradores
- Disposición adicional tercera Procedimiento de regularización catastral
- Disposición adicional cuarta Valoración de las construcciones indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales ubicadas en suelo rústico
- Disposición adicional quinta Anuncios de notificación por comparecencia
- Disposición transitoria primera Clasificación de bienes inmuebles y contenido de las descripciones catastrales
- Disposición transitoria segunda Valoración catastral de bienes inmuebles rústicos
- Disposición transitoria tercera Constancia documental y registral de la referencia catastral de bienes inmuebles rústicos
- Disposición transitoria cuarta Normativa preexistente
- Disposición transitoria quinta Procedimientos en tramitación
- Disposición transitoria sexta Referencias a la Ley General Tributaria
- Disposición transitoria séptima Régimen transitorio para la aplicación de la modificación de la letra b) del apartado 2 del artículo 7
- Disposición transitoria octava Utilización de medios electrónicos
- Disposición transitoria novena Régimen transitorio para la determinación del valor de referencia de cada inmueble
- Disposición final primera Título competencial
- Disposición final segunda Facultad de desarrollo de la ley
- Disposición final tercera Valor de referencia