Artículo 8Instrumentos de medida que no requieren de la superación previa de la verificación después de reparación o modificación para ser puestos en servicio de forma transitoria
Disposición final terceraHabilitación para el desarrollo y otras autorizaciones dirigidas a la producción normativa
Disposición final cuartaModificación del anexo III del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología