Orden TMD/369/2024, de 24 de abril, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y la Mesa de Contratación de los Servicios Periféricos integrados en las Delegaciones del Gobierno.
Artículo 2Creación y funciones de la Junta de Contratación de los Servicios Centrales del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
1. Se crea la Junta de Contratación de los Servicios Centrales del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática (en adelante, la Junta), adscrita a la Subsecretaría con las siguientes funciones:
a) Actuar en el ámbito de los Servicios Centrales del Departamento como órgano colegiado de contratación de los siguientes objetos:
1.º Obras de reparación simple, de conservación y mantenimiento. 2.º Suministros de bienes consumibles o de fácil deterioro por el uso. 3.º Servicios. 4.º Otros suministros y servicios relativos al ámbito competencial de más de un órgano de contratación del Departamento. La facultad de aprobación de los expedientes de contratación no comprenderá la de aprobación del gasto, que corresponderá al órgano competente en esta materia en cada caso. No corresponderá a la Junta actuar como órgano de contratación en los contratos de los objetos mencionados cuando hayan sido declarados de adquisición o contratación centralizada, en el caso de contratos menores o en aquellos en los que proceda la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
b) Elaborar la programación general de la contratación en los Servicios Centrales del Departamento, contando para ello con la colaboración de los centros directivos que suministrarán información relativa a planes y previsión de necesidades anuales o plurianuales.
c) Realizar el seguimiento y control de la contratación realizada en los Servicios Centrales del Departamento. A estos efectos, se recabará de los distintos órganos directivos la información sobre preparación, adjudicación, formalización, ejecución, incidencias y extinción de aquellos contratos en los que la Junta no actúe como órgano de contratación.
d) Elaborar y difundir las directrices de obligado cumplimiento en el ámbito de sus competencias y las recomendaciones sobre contratación en el Departamento.
e) Aprobar los modelos de documentos normalizados para la tramitación del procedimiento de contratación al objeto de la mejor realización del trabajo de la Junta y de la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
f) Elevar un informe anual a la persona titular del Departamento, sobre los resultados de la contratación administrativa en los Servicios Centrales del mismo.
2. Quedan excluidos del ámbito de competencias de la Junta los contratos a los que se refiere el artículo 6.1.h) del Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, relativos a la actividad contractual que tenga por objeto los Servicios Periféricos del Departamento integrados en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, así como Direcciones Insulares.