Orden CLT/489/2024, de 21 de mayo, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la facilitación y gestión de los medios de pago del programa de ayudas "Bono Cultural Joven".
Artículo 5Duración
La duración de la colaboración se extenderá por 36 meses desde el momento de la firma del correspondiente convenio, según el modelo recogido en el anexo I. El convenio podrá ser objeto de prórroga dentro de los límites establecidos en el artículo 16 de la LGS, por acuerdo expreso de ambas partes, que se adoptará con anterioridad a la finalización de la vigencia anteriormente indicada.