Disposición únicaOrden ECM/1060/2026, de 18 de septiembre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de Ergo Generales Seguros y Reaseguros, SA, y Unión Médica La Fuencisla, SA, Compañía de Seguros por DKV Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española.
BOE-A-2026-20905 Orden ECM/1060/2026, de 18 de septiembre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de Ergo Generales Seguros y Reaseguros, SA, y Unión Médica La Fuencisla, SA, Compañía de Seguros por DKV Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado Ir a contenido Consultar el diario oficial BOE Idioma actual: Castellano / es Puede seleccionar otro idioma: es / Castellano ca / Català gl / Galego eu / Euskara va / Valencià en / English fr / Français Buscar Mi BOE Desconectado. Pulse para acceder al servicio 'Mi BOE' Menú Menú Diarios Oficiales BOE BORME Otros diarios oficiales Información Jurídica Todo el Derecho Biblioteca Jurídica Digital Otros servicios Notificaciones Edictos judiciales Portal de subastas Anunciantes Datos abiertos Está Vd. en Inicio BOE Documento BOE-A-2026-20905 anterior siguiente Documento BOE-A-2026-20905 Orden ECM/1060/2026, de 18 de septiembre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de Ergo Generales Seguros y Reaseguros, SA, y Unión Médica La Fuencisla, SA, Compañía de Seguros por DKV Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española. Publicado en: « BOE » núm. 249, de 7 de octubre de 2026, páginas 133610 a 133611 (2 págs. ) Sección: III. Otras disposiciones Departamento: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa Referencia: BOE-A-2026-20905 Otros formatos: PDF XML TEXTO ORIGINAL Las entidades DKV Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española, Ergo Generales Seguros y Reaseguros, SA, y Unión Médica La Fuencisla, SA, Compañía de Seguros, inscritas en el Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0161, C0120 y C0208, respectivamente, han presentado una solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de fusión por absorción en virtud de la cual la entidad DKV Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española, absorberá a las dos últimas entidades. De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 90 y 91 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y en los artículos 109 y 110 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de fusión. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, resuelvo: Primero. Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la fusión por absorción de las entidades Ergo Generales Seguros y Reaseguros, SA, y Unión Médica La Fuencisla, SA, Compañía de Seguros por parte de la entidad DKV Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española. Segundo. Declarar la extinción y cancelación de las entidades Ergo Generales Seguros y Reaseguros, SA, y Unión Médica La Fuencisla, SA, Compañía de Seguros en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, regulado en el artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. Tercero. La presente orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Madrid, 18 de septiembre de 2026.–El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, Comercio y Empresa, P. D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Israel Arroyo Martínez. subir Contactar Sobre la sede electrónica Mapa Aviso legal Accesibilidad Protección de datos Sistema Interno de Información Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid