Orden ECM/1092/2026, de 7 de octubre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la XIV Serie Iberoamericana «Encuentro de Dos Mundos».
Artículo 5Acuñación y puesta en circulación
Las referidas monedas se acuñarán por cuenta del Estado en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio, que las entregará al Banco de España a través de la aportación de los documentos representativos de las monedas acuñadas. La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda procederá al pago del valor facial de estas monedas, que será abonado al Tesoro Público, y, una vez adquiridas, procederá a su comercialización mediante el proceso que se indica a continuación.