Apartado de anexo primeroApartado primero. Autorizaciones
Autorizar las modificaciones propuestas por la adjudicataria del concurso público en el nudo Mudéjar 400 kV, la entidad Enel Green Power España, SLU, en relación con:
a) Las instalaciones de generación y, en particular, la potencia instalada del conjunto de ellas, que sumaría un total de 406,3 MW.
b) Los compromisos de impacto socioeconómico que se derivan de la adjudicación del concurso, en términos proporcionales a la reducción de capacidad de acceso, en los términos que se indican en el apartado siguiente.
Asimismo, autorizar a la entidad adjudicataria a solicitar ante el gestor de la red de transporte la actualización en la capacidad de acceso del conjunto de las instalaciones conforme a las nuevas capacidades resultantes de la modificación, que sumarían un total de 264,9 MW.
Apartado de anexo segundoApartado segundo. Modificación de la resolución del concurso público en el nudo Mudéjar 400 kV
Modificar la resolución de adjudicación del concurso público para la concesión de capacidad de acceso de evacuación a la red de transporte de energía eléctrica de instalaciones de generación de procedencia renovable en el nudo de transición justa Mudéjar 400 kV (Orden TED/1146/2022, de 21 de noviembre), en los siguientes términos:
a) La capacidad de acceso de evacuación a la red de transporte de energía eléctrica adjudicada a la entidad Enel Green Power España, SLU pasa de 1.202 MW a 264,9 MW.
b) La garantía definitiva prevista en la base 19 de la Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre, de 120.000 €/MW instalado (120 €/kW), pasa de 221.296.800,00 euros (doscientos veintiún millones doscientos noventa y seis mil ochocientos euros) a 48.756.000,00 euros (cuarenta y ocho millones setecientos cincuenta y seis mil euros), resultante de multiplicar 120.000,00 euros por la potencia instalada resultante del proyecto modificado, de 406,3 MW.
c) Los compromisos de impacto socioeconómico para la zona de transición justa afectada por el cierre de la central térmica de Andorra pasan a ser los siguientes:
Empleos directos en construcción y puesta en marcha de instalaciones de generación: 13 ETCs. Empleos directos durante la fase de operación de las instalaciones de generación: 71 ETCs. Porcentaje de empleos directos para desempleados excedentes del cierre de la central térmica: 10 %. Porcentaje de empleos directos para mujeres desempleadas: 25 %. Empleos indirectos vinculados a las instalaciones de generación y a actividades socioeconómicas asociadas: 1.310 ETCs. Porcentaje de empleos indirectos para mujeres desempleadas: 30 %. Horas de formación recibidas por desempleados de la zona: 74.412 horas para 286 participantes. Potencia de autoconsumo instalada: 675 kW. Número de beneficiarios de autoconsumo: 836 consumidores. Inversiones sobre la cadena de valor local y provincial: 339.650.507 euros. Inversiones en el proyecto de instalación por parte de inversores locales: 41.696.406 euros. El resto del resuelve segundo, así como los demás contenidos de la Orden TED/1146/2022, de 21 de noviembre, permanecen inalterados.
Apartado de anexo terceroApartado tercero. Notificación, publicación y comunicación al gestor de la red de transporte
La presente resolución se notificará a la entidad adjudicataria, Enel Green Power España, SLU, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, se comunicará a Red Eléctrica de España, SA, en cuanto gestor de la red de transporte de energía eléctrica, a los efectos de que mantenga reservada la capacidad de 937,1 MW, de conformidad con la Orden TED/1182/2021, de 2 de noviembre, hasta que se convoquen y resuelvan los procedimientos oportunos para su adjudicación.
Apartado de anexo cuartoApartado cuarto. Régimen de recursos
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Alternativamente, la presente resolución podrá ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que puedan ser simultáneos ambos recursos. Madrid, 19 de octubre de 2026.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, P. D., (Orden TED/544/2026, de 28 de mayo), el Secretario de Estado de Energía, Joan Groizard Payeras. subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid