Orden CNU/1144/2026, de 23 de octubre, sobre delegación de competencias.
Artículo 21Subdirección General de Gestión Económica
1. La persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica ejercerá, por delegación de la persona titular del Ministerio, las competencias relativas a la gestión de ingresos que corresponda en el ámbito de los órganos directamente dependientes de la Subsecretaría.
2. La persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica ejercerá, por delegación de la persona titular de la Subsecretaría, las competencias siguientes:
a) La aprobación y el compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, así como la expedición y aprobación de los documentos contables, derivados de las tasaciones en costas de sentencias y de los pagos por responsabilidad patrimonial.
b) La aprobación de las cuentas justificativas de la Caja pagadora adscrita, y la expedición de los documentos contables para la reposición de fondos, derivados de la gestión de la Caja pagadora adscrita a la Subdirección, de conformidad con lo establecido en las órdenes ministeriales reguladoras de la materia.