🇪🇸 España
Vigente Ley orgánica 160 unidades
Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.
Ley Orgánica 1/2007es-organic-law-2007-02-28-11 mar 2007
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo único Modificado
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Illes Balears Modificado
- Artículo 2 El territorio Modificado
- Artículo 3 Insularidad Modificado
- Artículo 4 La lengua propia Modificado
- Artículo 5 Los territorios con vínculos lingüísticos y culturales con las Illes Balears Modificado
- Artículo 6 Los símbolos de las Illes Balears Modificado
- Artículo 7 Capital de las Illes Balears Modificado
- Artículo 8 La organización territorial Modificado
- Artículo 9 La condición política de los isleños Modificado
- Artículo 10 Las disposiciones de los poderes públicos de las Illes Balears Modificado
- Artículo 11 Comunidades isleñas fuera del territorio Modificado
- Artículo 12 Principios rectores de la actividad pública Modificado
- Artículo 13 Derechos, deberes y libertades reconocidos a los ciudadanos de las Illes Balears Modificado
- Artículo 14 Derechos en relación con las Administraciones públicas Modificado
- Artículo 15 Derechos de participación Modificado
- Artículo 16 Derechos sociales Modificado
- Artículo 17 No discriminación por razón de sexo Modificado
- Artículo 18 Derechos en el ámbito cultural y en relación con la identidad del pueblo de las Illes Balears y con la creatividad Modificado
- Artículo 19 Derechos en relación con las personas dependientes Modificado
- Artículo 20 Catástrofes Modificado
- Artículo 21 Pobreza e inserción social Modificado
- Artículo 22 Derecho de acceso a una vivienda digna Modificado
- Artículo 23 Medio ambiente Modificado
- Artículo 24 Actividad turística y sector primario Modificado
- Artículo 25 Salud Modificado
- Artículo 26 Educación Modificado
- Artículo 27 Derechos relativos a la ocupación y al trabajo Modificado
- Artículo 28 Datos personales y ficheros Modificado
- Artículo 29 Nuevas tecnologías y sociedad de la información Modificado
- Artículo 30 Competencias exclusivas Modificado
- Artículo 31 Competencias de desarrollo legislativo y ejecución Modificado
- Artículo 32 Competencias ejecutivas Modificado
- Artículo 33 Policía de las Illes Balears Modificado
- Artículo 34 Protección y fomento de la cultura Modificado
- Artículo 35 Enseñanza de la lengua propia Modificado
- Artículo 36 Enseñanza Modificado
- Artículo 37 Ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma Modificado
- Artículo 38 Competencias inherentes al pleno ejercicio Modificado
- Artículo 39 Las instituciones Modificado
- Artículo 40 Funciones y sede del Parlamento Modificado
- Artículo 41 Composición y régimen electoral Modificado
- Artículo 42 Elegibles Modificado
- Artículo 43 Electores Modificado
- Artículo 44 Estatuto de los Diputados Modificado
- Artículo 45 Organización y funcionamiento Modificado
- Artículo 46 Diputación Permanente Modificado
- Artículo 47 Iniciativa de la potestad legislativa Modificado
- Artículo 48 Potestad legislativa Modificado
- Artículo 49 Decretos leyes Modificado
- Artículo 50 Funciones Modificado
- Artículo 51 Sindicatura de Greuges Modificado
- Artículo 52 Causas de finalización de la legislatura Modificado
- Artículo 53 Comisión General de Consejos Insulares Modificado
- Artículo 54 Elección del Presidente de las Illes Balears Modificado
- Artículo 55 Disolución del Parlamento Modificado
- Artículo 56 Funciones del Presidente o de la Presidenta Modificado
- Artículo 57 El Gobierno y su sede Modificado
- Artículo 58 Competencias del Gobierno Modificado
- Artículo 59 Presentación de recursos Modificado
- Artículo 60 Publicación de los actos del Gobierno Modificado
- Artículo 61 Los Consejos Insulares Modificado
- Artículo 62 Organización Modificado
- Artículo 63 Órganos Modificado
- Artículo 64 Composición y régimen electoral Modificado
- Artículo 65 El Pleno Modificado
- Artículo 66 El Presidente Modificado
- Artículo 67 El Consejo Ejecutivo Modificado
- Artículo 68 Funcionamiento y régimen jurídico Modificado
- Artículo 69 Cláusula de cierre Modificado
- Artículo 70 Competencias propias Modificado
- Artículo 71 Función ejecutiva de competencias Modificado
- Artículo 72 Potestad reglamentaria Modificado
- Artículo 73 Actividad de fomento y fijación de políticas propias de los Consejos Insulares Modificado
- Artículo 74 Conferencia de Presidentes Modificado
- Artículo 75 Los municipios Modificado
- Artículo 76 El Consejo Consultivo de las Illes Balears Modificado
- Artículo 77 Consejo Audiovisual de las Illes Balears Modificado
- Artículo 78 Consejo Económico y Social Modificado
- Artículo 79 La administración propia Modificado
- Artículo 80 Ejecución de las funciones administrativas Modificado
- Artículo 81 Control jurisdiccional Modificado
- Artículo 82 Sindicatura de Cuentas Modificado
- Artículo 83 Ámbito territorial Modificado
- Artículo 84 Potestad legislativa y función ejecutiva de las competencias exclusivas Modificado
- Artículo 85 Desarrollo legislativo y función ejecutiva Modificado
- Artículo 86 Actividad de fomento Modificado
- Artículo 87 Derecho propio Modificado
- Artículo 88 Derecho a la información Modificado
- Artículo 89 Publicidad institucional Modificado
- Artículo 90 De los medios públicos de comunicación Modificado
- Artículo 91 Del control parlamentario Modificado
- Artículo 92 Protección de los derechos en los medios audiovisuales Modificado
- Artículo 93 El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears Modificado
- Artículo 94 Competencias Modificado
- Artículo 95 El Presidente o la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears Modificado
- Artículo 96 El Consejo de Justicia de las Illes Balears Modificado
- Artículo 97 Puestos vacantes y resolución de concursos y oposiciones Modificado
- Artículo 98 Administración de Justicia Modificado
- Artículo 99 Notarías y registros Modificado
- Artículo 100 Nombramiento de magistrados del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears Modificado
- Artículo 101 Proyección en el exterior Modificado
- Artículo 102 Convenios internacionales y participación Modificado
- Artículo 103 Cooperación con regiones de otros Estados Modificado
- Artículo 104 Participación en organizaciones internacionales Modificado
- Artículo 105 Poblaciones estructuralmente menos desarrolladas Modificado
- Artículo 106 Unión Europea Modificado
- Artículo 107 Delegaciones u Oficinas ante la Unión Europea Modificado
- Artículo 108 Información y participación en tratados Modificado
- Artículo 109 Derecho comunitario Modificado
- Artículo 110 Participación, negociación con la Unión Europea Modificado
- Artículo 111 Participación en la delegación española de la Unión Europea Modificado
- Artículo 112 Control del principio de subsidiariedad Modificado
- Artículo 113 Tribunal de Justicia de la Unión Europea Modificado
- Artículo 114 Relaciones con el Estado y con otras Comunidades Autónomas Modificado
- Artículo 115 Gestión de fondos europeos Modificado
- Artículo 116 Principios de las relaciones Comunidad Autónoma de las Illes Balears y Estado Modificado
- Artículo 117 Instrumento de colaboración y de relación con el Estado Modificado
- Artículo 118 Convenios con otras comunidades autónomas Modificado
- Artículo 119 Protocolos de carácter cultural Modificado
- Artículo 120 Principios Modificado
- Artículo 121 Autonomía y suficiencia Modificado
- Artículo 122 Lealtad institucional y modificación del sistema tributario español Modificado
- Artículo 123 Solidaridad y suficiencia financiera Modificado
- Artículo 124 Responsabilidad fiscal Modificado
- Artículo 125 Comisión Mixta de Economía y Hacienda Modificado
- Artículo 126 Funciones de la Comisión Mixta Modificado
- Artículo 127 Competencia y patrimonio Modificado
- Artículo 128 Recursos Modificado
- Artículo 129 Competencias en materia tributaria Modificado
- Artículo 130 Criterios y principios Modificado
- Artículo 131 Actualización de la financiación Modificado
- Artículo 132 Endeudamiento y deuda pública Modificado
- Artículo 133 Agencia Tributaria Modificado
- Artículo 134 Revisión de reclamaciones Modificado
- Artículo 135 El presupuesto Modificado
- Artículo 136 Estabilidad presupuestaria Modificado
- Artículo 137 Principios rectores Modificado
- Artículo 138 Recursos de los Consejos Insulares Modificado
- Artículo 139 Iniciativa Modificado
- Disposición adicional primera Patronato del Archivo de la Corona de Aragón Modificado
- Disposición adicional segunda Patrimonio lingüístico común Modificado
- Disposición adicional tercera Entidades y organismos para prestar servicios Modificado
- Disposición adicional cuarta Tributos estatales cedidos Modificado
- Disposición adicional quinta Financiación de los Consejos Insulares Modificado
- Disposición adicional sexta Del régimen especial insular de las Illes Balears Modificado
- Disposición transitoria primera Comisión Mixta de Transferencias Modificado
- Disposición transitoria segunda Funcionarios y personal laboral Modificado
- Disposición transitoria tercera Financiación de los servicios transferidos y Comisión Mixta Modificado
- Disposición transitoria cuarta Normativa de materias transferidas Modificado
- Disposición transitoria quinta Comisión Mixta de Transferencias Gobierno-Consejos Insulares Modificado
- Disposición transitoria sexta Comisión Técnica Interinsular Modificado
- Disposición transitoria séptima Diputados y consejeros Modificado
- Disposición transitoria octava Consejo Insular de Formentera Modificado
- Disposición transitoria novena Inversiones del Estado Modificado
- Disposición transitoria décima Comisión Mixta de Economía y Hacienda Modificado
- Disposición transitoria undécima Agencia Tributaria Modificado
- Disposición final unica Modificado