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Resolución 2 unidades
Resolución 420/38420/2026, de 7 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, por el que se fijan las condiciones de colaboración.
Resolución 38420/2026es-resolution-2026-10-07-3842015 oct 2026
- Anexo UNICO
- Apartado de anexo primero Apartado primero. Que con fecha uno de diciembre de dos mil veintidós, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Organismo Autónomo (ISFAS, O.A.), y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, suscribieron un convenio para facilitar el acceso de los afiliados del ISFAS, O.A., titulares y beneficiarios, a los servicios de podología, previstos en el anexo del mismo, con un plazo de vigencia de cuatro años, que se inició tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, con fecha dos de diciembre de dos mil veintidós, existiendo la posibilidad de prorrogarse antes de su finalización, mediante adenda, por un período de cuatro años, según los límites temporales previstos en el artículo 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Segundo. Que con fecha nueve de febrero de 2026, el ISFAS, O.A., y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos suscribieron una adenda de modificación del convenio, por la que el anexo de la adenda sustituyó al anexo original de convenio. La adenda de modificación adquirió eficacia tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, con fecha diez de febrero de dos mil veintiséis. Tercero. Que ambas partes consideran que durante el período de vigencia del convenio el marco de colaboración establecido ha contribuido a satisfacer adecuadamente los fines que cada una de las partes tiene encomendadas y que permite, por un lado, facilitar el acceso al colectivo del ISFAS, O.A., que lo precise a los servicios de personal titulado en podología, integrado en los colegios de podólogos, a un precio inferior al establecido con carácter general en el mercado y, por otro, facilitar las perspectivas de empleo o mejora profesional y retributiva del mismo. Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga del convenio que se regirá por las siguientes