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Resolución 2 unidades
Resolución 420/38426/2026, de 8 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de actividades docentes, de investigación, y de cualquier otro ámbito de interés mutuo en materia de enseñanzas técnicas de ingenieros relacionadas con las vías de comunicación y la castrametación durante el periodo 2026-2027.
Resolución 38426/2026es-resolution-2026-10-08-3842615 oct 2026
- Anexo UNICO
- Apartado de anexo primero Apartado primero. Que el artículo 55 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, señala que «el Ministerio de Defensa promoverá la colaboración con universidades, centros de formación profesional e instituciones educativas, civiles y militares, nacionales o extranjeras, para impartir determinadas enseñanzas o cursos y para desarrollar programas de investigación, a través de conciertos u otros tipos de acuerdos». Por su parte, el artículo 43 de la citada Ley 39/2007, de 19 de noviembre, establece que la finalidad de la enseñanza en las Fuerzas Armadas es proporcionar a sus miembros la formación requerida para el ejercicio profesional. Asimismo, señala que dicha enseñanza está integrada en el sistema educativo general. Segundo. Que la Academia de Ingenieros del Ejército de Tierra, en adelante ACING, dependiente de la Dirección de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación del Mando de Adiestramiento y Doctrina, tiene como misión, entre otras, impartir enseñanzas de carácter técnico a los alumnos del Ejército de Tierra componentes de los Cursos de Vías de Comunicación y Castrametación (Especialización), así como a la Enseñanza de Formación de la Escala de Oficiales, Especialidad Fundamental Ingenieros. Tercero. Que la Universidad Politécnica de Madrid, en adelante UPM, creada por Decreto 494/1971, de 11 de marzo, tiene como objetivo propio y específico responder con garantía al reto científico y técnico que tiene planteado el mundo moderno, así como ofrecer soluciones adecuadas al mismo a través de la calidad docente e investigadora que la sociedad exige, objetivo que se enmarca dentro de las funciones investigadoras, docentes, científicas, técnica y de servicio público previstas en el artículo 2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Cuarto. Que con fecha 11 de junio de 2021 se suscribió el convenio entre el Ministerio de Defensa y la UPM para el establecimiento de las líneas generales de colaboración entre la ACING y la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, en adelante ETSICCP, de la UPM, para la realización de actividades docentes, de investigación, difusión y debate y de cualquier otro ámbito de interés mutuo en materia de enseñanzas técnicas de ingenieros, publicado mediante Resolución 420/38312/2021, de 29 de julio, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa. Dicho convenio fue prorrogado por otros cuatro años, mediante adenda de modificación y prórroga, suscrita con fecha 20 de mayo de 2025, publicado mediante Resolución 420/38250/2025, de 27 de mayo, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa. Que, en desarrollo de dichas líneas generales de colaboración, con fecha 18 de julio de 2022 se firmó el convenio específico entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF) y la Universidad Politécnica de Madrid para la realización de actividades docentes, de investigación y de cualquier otro ámbito de interés mutuo en materia de enseñanzas técnicas de ingenieros relacionadas con las vías de comunicación y la castrametación, en el que se concretaban las actividades específicas de colaboración entre la ACING y la ETSICCP, durante el periodo 2022-2023, publicado mediante Resolución 420/38311/2022, de 20 de julio, de la Secretaría General Técnica del MINISDEF. Que dicho convenio específico fue modificado y prorrogado para los años 2024-2025 mediante adenda suscrita con fecha 20 de junio de 2024, publicada por Resolución 420/38269/2024, de 26 de junio, de la Secretaría General Técnica del MINISDEF. Que, finalizada la vigencia de este último instrumento, las partes están interesadas en suscribir un nuevo convenio específico para el periodo 2026-2027, en desarrollo del marco de colaboración establecido en el convenio de 11 de junio de 2021, prorrogado mediante adenda de modificación y prórroga, suscrita con fecha 20 de mayo de 2025, por otros cuatro años