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Real Decreto 41 unidades
Real Decreto 2487/1994, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto regulador de las actividades de distribución al por mayor y de distribución al por menor mediante suministros directos a instalaciones fijas, de carburantes y combustibles petrolíferos.
Real Decreto 2487/1994es-royal-decree-1994-12-23-248721 ene 1995
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo único Modificado
- Disposición adicional primera Desarrollo de la disposición adicional quinta de la Ley 34/1992, de 22 de diciembre Modificado
- Disposición adicional segunda Existencias mínimas de seguridad en consumidores finales Modificado
- Disposición adicional tercera Distribución de queroseno de aviación Modificado
- Disposición adicional cuarta Operadores autorizados Modificado
- Disposición transitoria única Solicitudes anteriores Modificado
- Disposición derogatoria única Alcance de la derogación normativa Modificado
- Disposición final primera Carácter básico Modificado
- Disposición final segunda Entrada en vigor Modificado
- Anexo UNICO Modificado
- Artículo 1 Ambito de aplicación y definiciones Modificado
- Artículo 2 Registro de Operadores y Registro de Distribuidores Modificado
- Artículo 3 Obligaciones generales de los operadores Modificado
- Artículo 4 Garantía de suministro por los operadores Modificado
- Artículo 5 Prohibición de reventa por consumidores y usuarios finales Modificado
- Artículo 6 Modalidades de reparto Modificado
- Artículo 7 Ambito geográfico y funcional de la autorización del distribuidor Modificado
- Artículo 8 Procedimiento Modificado
- Artículo 9 Operador al por mayor Modificado
- Artículo 10 Capacidad legal, técnica y financiera Modificado
- Artículo 11 Seguridad de los suministros Modificado
- Artículo 12 Medios de recepción, almacenamiento y transporte Modificado
- Artículo 13 Existencias mínimas de seguridad Modificado
- Artículo 14 Comunicación Modificado
- Artículo 14 bis Inhabilitación para ejercer la actividad de operador Modificado
- Artículo 15 Resolución de autorización Modificado
- Artículo 16 Duración y prórroga de la autorización Modificado
- Artículo 17 Extinción de la autorización Modificado
- Artículo 18 Condiciones generales Modificado
- Artículo 19 Seguridad de los suministros Modificado
- Artículo 20 Medios de almacenamiento para el desarrollo de la actividad Modificado
- Artículo 21 Existencias mínimas de seguridad Modificado
- Artículo 22 Capacidad financiera suficiente Modificado
- Artículo 23 Solicitud de la autorización Modificado
- Artículo 24 Acreditación de condiciones y autorización Modificado
- Artículo 25 Mantenimiento de las condiciones exigidas y pérdida de la autorización Modificado
- Artículo 26 Adecuación de las instalaciones receptoras Modificado
- Artículo 27 Obligaciones de información Modificado
- Artículo 28 Obligaciones de colaboración Modificado
- Artículo 29 Régimen de infracciones y sanciones. Organos competentes Modificado