Real Decreto 1424/1997

Real Decreto 1424/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de evaluaciones, clasificaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil.

Preámbulo Preámbulo

Artículo único

Preámbulo Preámbulo

Sección E. Disposición derogatoria segunda

Artículo 4

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Definiciones

TÍTULO I

CAPÍTULO I

Artículo 2Finalidad de las evaluaciones

Artículo 3Evaluaciones para el ascenso al empleo superior

Artículo 4Evaluaciones para la selección de asistentes a determinados cursos de capacitación

Artículo 5Evaluaciones para la asignación de mandos y otros destinos de especial responsabilidad o cualificación

Artículo 6Evaluaciones para determinar la insuficiencia de facultades profesionales

Artículo 7Evaluaciones para determinar la insuficiencia de condiciones psicofísicas

Artículo 8Órganos de evaluación y funciones

Artículo 9Normas de funcionamiento de los órganos de evaluación

Artículo 10Abstención y recusación

Artículo 11Secretaría Permanente para la Evaluación y Clasificación

Artículo 12Ciclos de evaluación

Artículo 13Número de evaluaciones

Artículo 14Evaluaciones extraordinarias

Artículo 15Previsión de vacantes para el ascenso

Artículo 16Determinación de zonas del escalafón

Artículo 17Evaluaciones para el ascenso

Artículo 18Evaluaciones para cursos de capacitación

Artículo 19Mandos y destinos que requieren evaluación previa

Artículo 20Régimen de ascensos

Artículo 21Condiciones generales

Artículo 22Condiciones particulares

Artículo 23Tiempos mínimos de servicios efectivos

Artículo 24Tiempos de mando o función

Artículo 25Determinación de la aptitud para el ascenso

Artículo 26Declaración definitiva de no aptitud para el ascenso

Artículo 27Cursos de capacitación

Artículo 28Ascenso a Cabo

Artículo 29Ordenación para el ascenso

Artículo 30Adjudicación de las vacantes y concesión de los ascensos

Artículo 31Fecha de antigüedad en el empleo

Artículo 32Efectos administrativos

Artículo 33Fin de la vía administrativa

Preámbulo Preámbulo

Sección E. Disposición adicional segunda

Preámbulo Preámbulo

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io