Real Decreto 2822/1998

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.

Preámbulo Preámbulo

Artículo único

Disposición adicional primeraCirculación con incumplimiento de las condiciones técnicas

Disposición adicional segundaCompetencias de las Comunidades Autónomas

Disposición adicional terceraContrato de seguro en la circulación de vehículos a motor

Disposición transitoria primeraRégimen de vehículos sometidos a la normativa anterior

Disposición transitoria segundaFecha de aplicación de las condiciones técnicas

Disposición transitoria terceraDispositivos de retención

Disposición transitoria cuartaPlazos para la matriculación ordinaria de ciclomotores

Disposición transitoria quintaReposición de placas de matrícula

Disposición transitoria sextaMatrícula especial

Disposición derogatoria primeraCódigo de la Circulación

Disposición derogatoria segundaOtra normativa específica

Disposición derogatoria terceraGeneral

Disposición final primeraEjecución y desarrollo

Disposición final segundaVehículos de las Fuerzas Armadas

Disposición final terceraHabilitación para la modificación de los anexos del Reglamento General de Vehículos

Disposición final cuartaModificación del anexo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial

Disposición final quintaModificación del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos

Disposición final sextaEntrada en vigor

Artículo 1Autorizaciones y sus efectos

Artículo 2Registro Nacional de Vehículos

Artículo 3Conceptos básicos

Artículo 4Clasificación de los vehículos

Artículo 5Homologación de tipo de vehículos de motor, remolques y semirremolques y exenciones

Artículo 6Requisitos de los componentes y unidades técnicas independientes

Artículo 7Reformas de importancia

Artículo 8Marcas

Artículo 9Conjuntos de vehículos

Artículo 10Inspecciones técnicas de vehículos

Artículo 11Generalidades. Condiciones técnicas

Artículo 12Otras condiciones

Artículo 13Condiciones técnicas de los dispositivos de acoplamiento y otros elementos de los remolques

Artículo 14Masas y dimensiones

Artículo 15Condiciones técnicas de los dispositivos de alumbrado y señalización óptica

Artículo 16Dispositivos obligatorios de alumbrado y señalización óptica

Artículo 17Dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica

Artículo 18Señales en los vehículos

Artículo 19Accesorios, repuestos y herramientas de los vehículos en circulación

Artículo 20Condicionamiento de los dispositivos en función del progreso técnico

Artículo 21Homologación y características técnicas

Artículo 22Ciclos y bicicletas

Artículo 22 bisVehículos de movilidad personal

Artículo 23Vehículos de tracción animal

Artículo 24Tranvías

Artículo 25Normas generales

Artículo 26Documentación de los vehículos

Artículo 27Matriculación única. Excepciones

Artículo 28Matriculación de los vehículos

Artículo 29Modelos de permiso de circulación y de licencia de circulación

Artículo 30Duplicados y renovaciones del permiso o licencia de circulación

Artículo 31Renovación del permiso o licencia

Artículo 32Tramitación

Artículo 33Tramitación

Artículo 34Pérdida de vigencia del permiso o licencia

Artículo 35Bajas definitivas

Artículo 36Bajas temporales

Artículo 37Tramitación

Artículo 38Rehabilitación de los vehículos que han causado baja definitiva

Artículo 39Vehículos en régimen de matrícula diplomática

Artículo 40Vehículos en régimen de matrícula turística

Artículo 41Vehículos históricos

Artículo 42Normas generales

Artículo 43Supuestos y requisitos para su concesión

Artículo 44Supuestos y requisitos para su concesión

Artículo 45Boletines de circulación

Artículo 46Condiciones para circular con estos permisos

Artículo 47Pruebas o ensayos de investigación extraordinarios realizados por fabricantes, carroceros y laboratorios oficiales

Artículo 48Supuestos y requisitos para su concesión

Artículo 48 bisSupuestos y requisitos para su concesión

Artículo 49Caracteres, dimensiones y otros requisitos

Artículo 50Placas de matrícula, distintivos y documentación

Artículo 51Procedimientos y recursos

Artículo 3

Artículo 4

Artículo 5

Artículo 7

Artículo 6

Citenza

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