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Real Decreto 22 unidades
Real Decreto 1132/2002, de 31 de octubre, de desarrollo de determinados preceptos de la Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible.
Real Decreto 1132/2002es-royal-decree-2002-10-31-113227 nov 2002
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Jubilación anticipada de trabajadores por cuenta ajena Modificado
- Artículo 2 Cuantía de la pensión de jubilación anticipada para trabajadores por cuenta ajena Modificado
- Artículo 3 Cuantía de la pensión de jubilación para trabajadores con sesenta y cinco o más años Modificado
- Artículo 4 Ámbito de aplicación Modificado
- Artículo 5 Concepto Modificado
- Artículo 6 Comunicación de actividades a la Entidad gestora y efectos Modificado
- Artículo 7 Compatibilidad e incompatibilidad Modificado
- Artículo 8 Efecto de las cotizaciones efectuadas tras la suspensión de la pensión Modificado
- Artículo 9 Otros efectos Modificado
- Artículo 10 Beneficiarios mayores de sesenta y cinco años Modificado
- Artículo 11 Cuantía de la pensión de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes respecto de quienes no reúnan los requisitos para acceder a la pensión de jubilación Modificado
- Artículo 12 Cálculo de la base reguladora en supuestos de exoneración de cuotas de Seguridad Social para trabajadores por cuenta ajena con sesenta y cinco o más años Modificado
- Artículo 13 Cálculo de la base reguladora en supuestos de exoneración de cuotas de Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia con sesenta y cinco o más años Modificado
- Disposición adicional primera Regímenes excluidos Modificado
- Disposición adicional segunda Cómputo recíproco de cotizaciones Modificado
- Disposición transitoria primera Jubilación anticipada, en determinados supuestos, por los trabajadores que tuvieran la condición de mutualista laboral el 1 de enero de 1967 Modificado
- Disposición transitoria segunda Régimen especial de Trabajadores del Mar Modificado
- Disposición transitoria tercera Pensiones de jubilación suspendidas a la entrada en vigor del Real Decreto Modificado
- Disposición derogatoria única Disposiciones que se derogan Modificado
- Disposición final primera Facultades de aplicación y desarrollo Modificado
- Disposición final segunda Entrada en vigor Modificado