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Real Decreto 22 unidades

Real Decreto 1132/2002, de 31 de octubre, de desarrollo de determinados preceptos de la Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible.

Real Decreto 1132/2002es-royal-decree-2002-10-31-113227 nov 2002

Trabajadores

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Artículo 1 Jubilación anticipada de trabajadores por cuenta ajena Modificado
  3. Artículo 2 Cuantía de la pensión de jubilación anticipada para trabajadores por cuenta ajena Modificado
  4. Artículo 3 Cuantía de la pensión de jubilación para trabajadores con sesenta y cinco o más años Modificado
  5. Artículo 4 Ámbito de aplicación Modificado
  6. Artículo 5 Concepto Modificado
  7. Artículo 6 Comunicación de actividades a la Entidad gestora y efectos Modificado
  8. Artículo 7 Compatibilidad e incompatibilidad Modificado
  9. Artículo 8 Efecto de las cotizaciones efectuadas tras la suspensión de la pensión Modificado
  10. Artículo 9 Otros efectos Modificado
  11. Artículo 10 Beneficiarios mayores de sesenta y cinco años Modificado
  12. Artículo 11 Cuantía de la pensión de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes respecto de quienes no reúnan los requisitos para acceder a la pensión de jubilación Modificado
  13. Artículo 12 Cálculo de la base reguladora en supuestos de exoneración de cuotas de Seguridad Social para trabajadores por cuenta ajena con sesenta y cinco o más años Modificado
  14. Artículo 13 Cálculo de la base reguladora en supuestos de exoneración de cuotas de Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia con sesenta y cinco o más años Modificado
  15. Disposición adicional primera Regímenes excluidos Modificado
  16. Disposición adicional segunda Cómputo recíproco de cotizaciones Modificado
  17. Disposición transitoria primera Jubilación anticipada, en determinados supuestos, por los trabajadores que tuvieran la condición de mutualista laboral el 1 de enero de 1967 Modificado
  18. Disposición transitoria segunda Régimen especial de Trabajadores del Mar Modificado
  19. Disposición transitoria tercera Pensiones de jubilación suspendidas a la entrada en vigor del Real Decreto Modificado
  20. Disposición derogatoria única Disposiciones que se derogan Modificado
  21. Disposición final primera Facultades de aplicación y desarrollo Modificado
  22. Disposición final segunda Entrada en vigor Modificado
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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