Real Decreto 1434/2002

Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Régimen de actividades

Artículo 3Actividad de transporte

Artículo 4Instalaciones de transporte

Artículo 5Requisitos de los sujetos para el ejercicio de la actividad de transporte

Artículo 6Derechos y obligaciones de los transportistas

Artículo 7Actividad de distribución

Artículo 8Instalaciones de distribución

Artículo 9Requisitos de los sujetos para el ejercicio de la actividad de distribución

Artículo 10Obligaciones y derechos de las empresas distribuidoras

Artículo 11Requisitos de las instalaciones de distribución

Artículo 12Conexión del distribuidor con las redes de transporte o distribución

Artículo 12 bisConexión de plantas de producción de gases renovables con las redes de transporte o distribución

Artículo 13Definición

Artículo 14Requisitos necesarios para realizar la actividad de comercialización

Artículo 15Inicio y cese de la actividad de comercialización

Artículo 16Autorización administrativa

Artículo 17Vigencia de la autorización y prórrogas

Artículo 18Inhabilitación para ejercer la actividad de comercialización

Artículo 18 bisTraspaso de clientes a una empresa comercializadora de último recurso en los casos de inhabilitación

Artículo 19Derechos y obligaciones de los comercializadores

Artículo 20Definición

Artículo 21Punto de suministro

Artículo 22Derechos y obligaciones de los consumidores

Artículo 23Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 24Definición de acometida

Artículo 25Procedimientos de solicitud de acometidas

Artículo 26Derechos y obligaciones de los sujetos relacionados con las acometidas

Artículo 27Criterios generales aplicables a las acometidas

Artículo 28Utilización de acometidas para nuevos suministros

Artículo 29Derechos de alta

Artículo 30Derechos de acometida

Artículo 30 bisInstalaciones receptoras comunes

Artículo 31Definición

Artículo 32Obligación de suministro a los consumidores a tarifa

Artículo 33Instalaciones receptoras

Artículo 34Puesta en servicio de las instalaciones de gas

Artículo 35Servicio de control y atención de urgencias

Artículo 36Sujetos que intervienen en la contratación

Artículo 37Condiciones del contrato de suministro a tarifa

Artículo 38Contratos en el mercado liberalizado

Artículo 39Traspaso y subrogación de los contratos de suministro a tarifa

Artículo 40Resolución de los contratos de suministro

Artículo 41Cesión de gas para el mercado a tarifa

Artículo 42Condiciones de la cesión de gas para el mercado a tarifa

Artículo 43Sistema de intercambio de información para la gestión del cambio de suministrador

Artículo 44Cambio de suministrador

Artículo 45Cambio de un consumidor del mercado regulado al mercado liberalizado

Artículo 46Cambio de comercializador en el mercado liberalizado

Artículo 47Cambio de un consumidor del mercado liberalizado al mercado regulado

Artículo 48Nuevos puntos de suministro

Artículo 49Equipos de medida

Artículo 50Comprobación de los equipos de medida

Artículo 51Lectura de los suministros

Artículo 52Facturación del suministro a tarifas

Artículo 53Contenido de las facturas

Artículo 54Período de pago de los contratos de suministro a tarifa

Artículo 55Suspensión del suministro a los consumidores cualificados

Artículo 56Suspensión del suministro a consumidores a tarifa

Artículo 57Suspensión del suministro a tarifa por impago

Artículo 58Suspensión temporal del suministro por causas técnicas

Artículo 59Gastos por desconexión y reconexión

Artículo 60Servicios declarados esenciales

Artículo 61Reclamaciones

Artículo 62Fraudes

Artículo 63Calidad del gas natural

Artículo 64Odorización del gas natural

Artículo 65Definición de interrupción del suministro

Artículo 66Interrupciones de suministro de gas natural

Artículo 67Objeto

Artículo 68Coordinación con planes urbanísticos

Artículo 69Autorización de las instalaciones competencia de la Administración General del Estado. Órganos competentes

Artículo 70Actos administrativos de la autorización

Artículo 71Forma de autorización de las nuevas instalaciones de la red básica de gas natural

Artículo 72Autorización de instalaciones de forma directa

Artículo 73Autorización de instalaciones mediante procedimiento de concurrencia

Artículo 74Capacidad del solicitante

Artículo 75Solicitud de autorización administrativa

Artículo 76Contenido de la solicitud de autorización administrativa

Artículo 77Trámites de evaluación de impacto ambiental

Artículo 78Información pública

Artículo 79Alegaciones

Artículo 80Información a otras Administraciones públicas

Artículo 81Resolución de la autorización

Artículo 82Constitución de fianza

Artículo 83Solicitud de aprobación del proyecto de ejecución

Artículo 84Condicionados y aprobación del proyecto

Artículo 85Autorización de explotación. Acta de puesta en servicio

Artículo 86Solicitud

Artículo 87Transmisión de las instalaciones

Artículo 88Solicitud de autorización de cierre de instalaciones

Artículo 89Trámites de la solicitud de cierre de instalaciones

Artículo 90Otorgamiento de la autorización de cierre de instalaciones

Artículo 91Acta de cierre

Artículo 91 bisTraslado y sustitución de instalaciones obsoletas

Artículo 92Reconocimiento de utilidad pública

Artículo 93Líneas directas

Artículo 94Recursos

Artículo 95Solicitud de reconocimiento de utilidad pública

Artículo 96Información pública

Artículo 97Alegaciones

Artículo 98Información a otras Administraciones públicas

Artículo 99Oposición u objeción

Artículo 100Resolución

Artículo 101Efectos del reconocimiento en concreto de la utilidad pública

Artículo 102Procedimiento de expropiación

Artículo 103Adquisición por mutuo acuerdo

Artículo 104Expropiación a instancia del dueño del predio sirviente

Artículo 105Modificación de la servidumbre a instancia del dueño del predio sirviente

Artículo 106Variación del trazado de la canalización de gas como consecuencia de proyectos o planes aprobados por la Administración

Artículo 107Causas de extinción de la servidumbre de paso

Artículo 108Determinación del justo precio y pago

Artículo 109Alcance de la servidumbre de paso de las instalaciones de gas

Artículo 110Servidumbre de paso subterráneo de instalaciones de gas

Artículo 111Condiciones de seguridad

Artículo 112Relaciones civiles

Artículo 113Limitaciones a la constitución de servidumbre de paso

Artículo 114Revisiones periódicas

Artículo 115Inspecciones

Artículo 116Registro administrativo de distribuidores de combustibles gaseosos por canalización

Artículo 117Tratamiento de los datos

Artículo 118Cancelación de las inscripciones

Artículo 119Estructura del registro administrativo de distribuidores de combustibles gaseosos por canalización

Artículo 120Actualización de datos

Artículo 121Sección Primera: plantas de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural y plantas de licuefacción de gas natural

Artículo 122Sección Segunda: gasoductos de Transporte Primario

Artículo 123Sección Tercera: gasoductos de transporte secundario

Artículo 124Sección Cuarta: almacenamientos subterráneos de gas natural

Artículo 125Actualización de datos

Artículo 126Estructura del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados de combustibles gaseosos por canalización

Artículo 127Sección primera: empresas distribuidoras

Artículo 128Sección segunda: empresas comercializadoras

Artículo 129Sección tercera: consumidores cualificados

Artículo 130Actualización de datos

Artículo 131Número de identificación en el registro

Disposición adicional primera

Disposición adicional segunda

Disposición adicional tercera

Disposición adicional cuarta

Disposición adicional quinta

Disposición adicional sextaModificación del artículo 15.2 del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía

Disposición adicional séptimaModificación del artículo 16.4 del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía

Disposición adicional octavaNueva disposición adicional al Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía

Disposición adicional novenaTramitación electrónica de solicitudes

Disposición transitoria primeraAdecuación de contratos de suministro

Disposición transitoria segundaAcreditación de requisitos legales, técnicos y económicos para las actividades de transporte y distribución

Disposición transitoria terceraActividad de comercialización

Disposición transitoria cuartaInscripción en el Registro Administrativo de Instalaciones de Transportistas de Gas

Disposición transitoria quintaInscripción en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados de combustibles gaseosos por canalización

Disposición transitoria sextaExpedientes en tramitación

Disposición transitoria séptimaDerechos de acometida

Disposición transitoria octavaSistema de información de puntos de consumo

Disposición transitoria novenaDefinición de acometidas

Disposición transitoria décimaReducciones de capacidad y fianza

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraCarácter básico

Disposición final segundaDesarrollo normativo

Disposición final terceraEntrada en vigor

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