Real Decreto 208/2005

Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2Definiciones

Artículo 3Medidas de prevención

Artículo 4Entrega de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

Artículo 5Tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

Artículo 6Requisitos técnicos de las instalaciones de recogida y tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

Artículo 7Obligaciones de los productores de aparatos eléctricos o electrónicos

Artículo 8Sistemas integrados de gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

Artículo 9Objetivos de recogida, valorización, reutilización y reciclado

Artículo 10Marcado de aparatos eléctricos o electró-nicos

Artículo 11Información a las comunidades autónomas

Artículo 12Información al Ministerio de Medio Ambiente

Artículo 13Régimen sancionador

Disposición adicional primeraInscripción en el Registro de establecimientos industriales de ámbito estatal

Disposición adicional segundaFinanciación de la gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado antes del 13 de agosto de 2005 y de aparatos que no procedan de hogares particulares

Disposición adicional terceraPrevención de riesgos laborales

Disposición transitoria únicaInformación sobre la repercusión en el precio del producto de los costes de la gestión de residuos históricos

Disposición final primeraTítulos competenciales

Disposición final segundaDesarrollo, aplicación y adaptación del real decreto

Disposición final terceraEntrada en vigor

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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