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Real Decreto 68 unidades
Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
Real Decreto 1337/2005es-royal-decree-2005-11-11-133711 nov 2005
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo único
- Disposición adicional primera Registro de fundaciones de competencia estatal
- Disposición adicional segunda Normas contables
- Disposición adicional tercera Normas de elaboración del plan de actuación
- Disposición transitoria única Registros de fundaciones
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final primera Desarrollo normativo
- Disposición final segunda Entrada en vigor
- CAPÍTULO I
- Artículo 1 Objeto del reglamento
- Artículo 2 Ámbito de aplicación
- Artículo 3 Denominación de las fundaciones
- Artículo 4 Delegaciones en España de fundaciones extranjeras
- CAPÍTULO II
- Artículo 5 Acreditación de las aportaciones a la dotación
- Artículo 6 Valoración de las aportaciones a la dotación
- Artículo 7 Fundación en proceso de formación
- CAPÍTULO III
- Artículo 8 Normas de organización del patronato
- Artículo 9 Convocatoria y constitución del patronato
- Artículo 10 Composición del patronato
- Artículo 11 Adopción de acuerdos por el patronato
- Artículo 12 Actas de las sesiones del patronato
- Artículo 13 Funciones del presidente y vicepresidentes del patronato
- Artículo 14 Funciones del secretario del patronato
- Artículo 15 Otros órganos de la fundación
- CAPÍTULO IV
- Artículo 16 Composición del patrimonio
- Artículo 17 Régimen de disposición y gravamen de los bienes de la fundación
- Artículo 18 Contenido de la solicitud de autorización y de la comunicación
- Artículo 19 Procedimiento de autorización administrativa
- Artículo 20 Autorización anual para la enajenación de valores cotizados
- Artículo 21 Efectos de la falta de autorización o de comunicación
- Artículo 22 Reducción grave de los fondos propios
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 23 Actividades de la fundación
- Artículo 24 Participación de la fundación en sociedades mercantiles
- Artículo 25 Códigos de conducta para la realización de inversiones temporales
- Sección 2
- Artículo 26 Plan de actuación
- Artículo 27 Libros de contabilidad
- Artículo 28 Cuentas anuales
- Artículo 29 Cuentas consolidadas
- Artículo 30 Descripción de las actividades fundacionales en la memoria
- Artículo 31 Auditoría externa
- Sección 3
- Artículo 32 Destino de rentas e ingresos
- Artículo 33 Gastos de administración
- Artículo 34 Remuneración de patronos y autocontratación
- CAPÍTULO VI
- Artículo 35 Intervención temporal
- CAPÍTULO VII
- Artículo 36 Procedimiento de modificación estatutaria
- Artículo 37 Procedimiento de fusión de fundaciones
- Artículo 38 Procedimiento de extinción de la fundación
- Artículo 39 Procedimiento y criterios de liquidación
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 40 Organización general del protectorado
- Artículo 41 Atribuciones del protectorado
- Artículo 42 Funciones de apoyo, impulso y asesoramiento
- Artículo 43 Funciones en relación con el proceso de constitución
- Artículo 44 Funciones en relación con el patronato
- Artículo 45 Funciones en relación con el patrimonio de la fundación
- Artículo 46 Funciones relativas al cumplimiento de fines
- Artículo 47 Funciones en relación con la modificación, fusión y extinción de las fundaciones
- Artículo 48 Funciones en relación con el ejercicio de las acciones legalmente previstas
- CAPÍTULO IX
- Artículo 49 Naturaleza y estructura
- Artículo 50 Funciones
- Artículo 51 Pleno del Consejo
- Artículo 52 Vocales representantes de las fundaciones
- Artículo 53 Comisión Permanente
- Artículo 54 Comisión de Cooperación e Información Registral
- Artículo 55 Funcionamiento
- Disposición adicional primera Fundaciones laborales
- Disposición adicional segunda Auditoría externa y plan de actuación de las fundaciones del sector público estatal
- Disposición adicional tercera Inventario
- Disposición adicional cuarta Creación de la Comisión de Selección de las vocalías del Consejo Superior de Fundaciones en representación de las fundaciones