🇪🇸 España
Derogada parcialmente Real Decreto 130 unidades

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Real Decreto 887/2006es-royal-decree-2006-07-21-88725 jul 2006

4 de 129 disposiciones derogadas

Derogada en parte por

Unión Europea

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Artículo único Modificado
  3. Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
  4. Disposición final única Entrada en vigor Modificado
  5. Regla UNICA REGLAMENTO Modificado
  6. Artículo 1 Objeto y régimen jurídico Modificado
  7. Artículo 2 Ámbito de aplicación Modificado
  8. Artículo 3 Ayudas en especie Modificado
  9. Artículo 4 Régimen jurídico de las subvenciones a intereses u otras contraprestaciones de operaciones de crédito subvencionadas por la Administración General del Estado Modificado
  10. Artículo 5 Modificado
  11. Artículo 6 Subvenciones y entregas dinerarias sin contraprestación otorgadas por consorcios, mancomunidades u otras personificaciones públicas y subvenciones derivadas de convenios Modificado
  12. Artículo 7 Régimen jurídico de las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea Modificado
  13. Artículo 8 Objeto y naturaleza jurídica Modificado
  14. Artículo 9 Composición, funcionamiento y competencias Modificado
  15. Artículo 10 Principios directores Modificado
  16. Artículo 11 Ámbito de los planes estratégicos Modificado
  17. Artículo 12 Contenido del plan estratégico Modificado
  18. Artículo 13 Competencia para su aprobación Modificado
  19. Artículo 14 Seguimiento de planes estratégicos de subvenciones Modificado
  20. Artículo 15 Efectos del incumplimiento del plan estratégico de subvenciones Modificado
  21. Artículo 16 Comunicación a la Unión Europea de proyectos de establecimiento, concesión o modificación de una subvención Modificado
  22. Artículo 17 Delegación y desconcentración de competencias Modificado
  23. Artículo 18 Cumplimiento de obligaciones tributarias Modificado
  24. Artículo 19 Cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social Modificado
  25. Artículo 20 Residencia fiscal Modificado
  26. Artículo 21 Obligaciones por reintegro de subvenciones Modificado
  27. Artículo 22 Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y la residencia fiscal Modificado
  28. Artículo 22 bis Informe de Procedimientos Acordados Modificado
  29. Artículo 23 Efectos de las certificaciones Modificado
  30. Artículo 24 Simplificación de la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social Modificado
  31. Artículo 25 Acreditación del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones Modificado
  32. Artículo 26 Acreditación del cumplimiento de otras obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Modificado
  33. Artículo 27 Apreciación de la prohibición de obtener la condición de beneficiario o de entidad colaboradora Modificado
  34. Artículo 28 Alcance y duración de la prohibición cuando derive de la resolución de contratos Modificado
  35. Artículo 29 Registros de solicitantes de subvenciones Modificado
  36. Artículo 30 Publicidad de las subvenciones Modificado
  37. Artículo 31 Publicidad de la subvención por parte del beneficiario Modificado
  38. Artículo 32 Aportación de financiación propia en las actividades subvencionadas Modificado
  39. Artículo 33 Comunicación de subvenciones concurrentes Modificado
  40. Artículo 34 Exceso de financiación sobre el coste de la actividad Modificado
  41. Artículo 3 Derogado por RD 130/2019 desde el 19 abr 2019
  42. Artículo 35 Ámbito objetivo Modificado
  43. Artículo 36 Ámbito subjetivo Modificado
  44. Artículo 37 Contenido de la información a suministrar Modificado
  45. Artículo 38 Administración y custodia de la base de datos nacional de subvenciones Modificado
  46. Artículo 39 Suministro de la información Modificado
  47. Artículo 40 Responsabilidades por incumplimiento de la obligación de suministro de información Modificado
  48. Artículo 41 Acceso a la base de datos nacional de subvenciones Modificado
  49. Artículo 42 Régimen general de garantías Modificado
  50. Artículo 43 Supuestos en los que se podrán exigir garantías Modificado
  51. Artículo 44 Garantías en los procedimientos de selección de entidades colaboradoras Modificado
  52. Artículo 45 Exigencia de garantías en pagos a cuenta o anticipados Modificado
  53. Artículo 46 Importe de las garantías Modificado
  54. Artículo 47 Extensión de las garantías Modificado
  55. Artículo 48 Formas de constitución de las garantías Modificado
  56. Artículo 49 Garantías prestadas por terceros Modificado
  57. Artículo 50 Constitución de las garantías Modificado
  58. Artículo 51 Ejecución de las garantías Modificado
  59. Artículo 52 Cancelación de las garantías Modificado
  60. Artículo 53 Garantías en cumplimiento de compromisos asumidos por entidades colaboradoras Modificado
  61. Artículo 54 Garantías y otras medidas cautelares en cumplimiento de compromisos asumidos por beneficiarios Modificado
  62. Artículo 55 Procedimientos de concesión de subvenciones Modificado
  63. Artículo 56 Tramitación anticipada Modificado
  64. Artículo 57 Subvenciones plurianuales Modificado
  65. Artículo 58 Aprobación del gasto por una cuantía máxima y distribución entre créditos presupuestarios Modificado
  66. Artículo 59 Convocatoria abierta Modificado
  67. Artículo 60 Criterios de valoración Modificado
  68. Artículo 61 Determinación de la actividad a realizar por el beneficiario Modificado
  69. Artículo 62 Contenido de la resolución Modificado
  70. Artículo 63 Resolución Modificado
  71. Artículo 64 Modificación de la resolución Modificado
  72. Artículo 65 Procedimiento de concesión de las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos Modificado
  73. Artículo 66 Subvenciones de concesión directa impuesta a la Administración por una norma de rango legal Modificado
  74. Artículo 67 Subvenciones de concesión directa en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública Modificado
  75. Artículo 68 Subcontratación de las actividades subvencionadas Modificado
  76. Artículo 69 Modalidades de justificación de la subvención Modificado
  77. Artículo 70 Ampliación del plazo de justificación Modificado
  78. Artículo 71 Forma de justificación Modificado
  79. Artículo 72 Contenido de la cuenta justificativa Modificado
  80. Artículo 73 Validación y estampillado de justificantes de gasto Modificado
  81. Artículo 74 Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor Modificado
  82. Artículo 75 Cuenta justificativa simplificada Modificado
  83. Artículo 76 Ámbito de aplicación de los módulos Modificado
  84. Artículo 77 Actualización y revisión de módulos Modificado
  85. Artículo 78 Justificación a través de módulos Modificado
  86. Artículo 79 Obligaciones formales de los beneficiarios en régimen de módulos Modificado
  87. Artículo 80 Supuestos de justificación a través de estados contables Modificado
  88. Artículo 81 Empleo de medios electrónicos en la justificación de las subvenciones Modificado
  89. Artículo 82 Justificación de subvenciones percibidas por entidades públicas estatales Modificado
  90. Artículo 83 Gastos subvencionables Modificado
  91. Artículo 84 Comprobación de la adecuada justificación de la subvención Modificado
  92. Artículo 85 Comprobación de la realización de la actividad y del cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión y disfrute de la subvención Modificado
  93. Artículo 86 Efectos de las alteraciones de las condiciones de la subvención en la comprobación de la subvención Modificado
  94. Artículo 87 Tasación pericial contradictoria Modificado
  95. Artículo 88 Pago de la subvención Modificado
  96. Artículo 89 Pérdida del derecho al cobro de la subvención Modificado
  97. Artículo 90 Devolución a iniciativa del perceptor Modificado
  98. Artículo 91 Reintegro por incumplimiento de las obligaciones establecidas con motivo de la concesión de la subvención Modificado
  99. Artículo 92 Reintegro por incumplimiento de la obligación de justificación Modificado
  100. Artículo 93 Reintegro por incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión de la financiación pública recibida Modificado
  101. Artículo 94 Reglas generales Modificado
  102. Artículo 95 Cantidades a reintegrar por fundaciones del sector público estatal, organismos o entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado Modificado
  103. Artículo 96 Inicio del procedimiento de reintegro a propuesta de la Intervención General de la Administración del Estado Modificado
  104. Artículo 97 Trámite de alegaciones Modificado
  105. Artículo 98 Valoración de alegaciones Modificado
  106. Artículo 99 Informe de reintegro Modificado
  107. Artículo 100 Propuesta de resolución de procedimiento de reintegro Modificado
  108. Artículo 101 Resolución del procedimiento de reintegro Modificado
  109. Artículo 102 Procedimiento sancionador Modificado
  110. Artículo 103 Tramitación del procedimiento sancionador a propuesta de la Intervención General de la Administración del Estado Modificado
  111. Disposición adicional primera Régimen jurídico de los convenios celebrados entre la Administración General del Estado y las sociedades mercantiles y fundaciones del sector público estatal para su financiación Modificado
  112. Disposición adicional segunda Créditos concedidos por la Administración del Estado a particulares sin interés o con interés inferior al de mercado Modificado
  113. Disposición adicional tercera Pagos de subvenciones y ayudas concedidas con cargo a los fondos europeos agrícolas Derogado por RD 130/2019 desde el 19 abr 2019
  114. Disposición adicional cuarta Información de otras ayudas comunitarias a la base de datos nacional de subvenciones Derogado por RD 130/2019 desde el 19 abr 2019
  115. Disposición adicional quinta Información de otras ayudas nacionales a la base de datos nacional de subvenciones Derogado por RD 130/2019 desde el 19 abr 2019
  116. Disposición adicional sexta Registro de auditores en la Junta Consultiva de Subvenciones Modificado
  117. Disposición adicional séptima Control de los Fondos Europeos Modificado
  118. Disposición adicional octava Controles sobre ayudas de la Unión Europea realizados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria Modificado
  119. Disposición adicional novena Modificado
  120. Disposición adicional décima Régimen especial de las subvenciones a formaciones políticas Modificado
  121. Disposición adicional undécima Control financiero de Subvenciones de la Intervención General de la Seguridad Social Modificado
  122. Disposición adicional duodécima Régimen de las garantías en las subvenciones para el fomento de la investigación, desarrollo e innovación tecnológica Modificado
  123. Disposición adicional decimotercera Designación de asesores o peritos para la verificación de la realidad de la inversión en el marco del control financiero de las subvenciones Modificado
  124. Disposición transitoria primera Adaptación de los planes estratégicos Modificado
  125. Disposición transitoria segunda Exoneración de presentación de certificación para acreditación de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social Modificado
  126. Disposición transitoria tercera Aplicación del régimen de la base de datos nacional de subvenciones en el ámbito de la Administración del Estado Modificado
  127. Disposición transitoria cuarta Aplicación del régimen de la base de datos nacional de subvenciones en el ámbito de las Comunidades Autónomas Modificado
  128. Disposición transitoria quinta Aplicación del régimen de la base de datos nacional de subvenciones en el ámbito de las Entidades Locales Modificado
  129. Disposición final primera Normas de carácter básico y no básico Modificado
  130. Disposición final segunda Desarrollo normativo Modificado
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io