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Real Decreto 38 unidades

Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

Real Decreto 596/2007es-royal-decree-2007-05-04-59625 may 2007

Títulos académicos y profesionales

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Definición
  3. Artículo 2 Finalidad de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
  4. Artículo 3 Objetivos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
  5. Artículo 4 Títulos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
  6. Artículo 5 Estructura de los títulos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
  7. Artículo 6 Ciclos formativos de artes plásticas y diseño
  8. Artículo 7 Establecimiento de las enseñanzas mínimas
  9. Artículo 8 Módulo de obra final y módulo de proyecto integrado
  10. Artículo 9 Fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres
  11. Artículo 10 Módulo de formación y orientación laboral
  12. Artículo 11 Prevención de riesgos laborales y protección medioambiental
  13. Artículo 12 Accesibilidad universal
  14. Artículo 13 Establecimiento del currículo de los ciclos formativos
  15. Artículo 14 Requisitos de acceso a las enseñanzas de profesionales de artes plásticas y diseño
  16. Artículo 15 Exenciones de la prueba específica de acceso a los grados medio y superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
  17. Artículo 16 Acceso sin requisitos académicos al grado medio y superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
  18. Artículo 17 Regulación y validez de las pruebas de acceso
  19. Artículo 18 Reserva de plazas
  20. Artículo 19 Evaluación y promoción en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
  21. Artículo 20 Documentos básicos de evaluación y movilidad de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
  22. Artículo 21 Procedimiento para la movilidad
  23. Artículo 22 Efectos de los títulos
  24. Artículo 23 Convalidación de módulos formativos
  25. Artículo 24 Exención de módulos formativos y de la fase de formación práctica por su correspondencia con la experiencia laboral
  26. Artículo 25 Convalidaciones de módulos formativos de ciclos formativos de grado medio con materias de bachillerato
  27. Artículo 26 Convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño y las enseñanzas de Formación Profesional y otras enseñanzas de régimen especial
  28. Artículo 27 Convalidaciones entre módulos formativos de grado superior y enseñanzas superiores no universitarias
  29. Artículo 28 Convalidaciones entre módulos formativos de grado superior y enseñanzas universitarias
  30. Disposición adicional primera Medidas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal
  31. Disposición adicional segunda Acreditación de condiciones de acceso del alumnado a determinadas enseñanzas artísticas profesionales
  32. Disposición adicional tercera Cursos de especialización
  33. Disposición adicional cuarta Otras titulaciones equivalentes a efectos de acceso
  34. Disposición adicional quinta Revisión y actualización de los títulos
  35. Disposición derogatoria única Derogación normativa
  36. Disposición final primera Equivalencia entre los actuales títulos de Técnico y Técnico superior de Artes Plásticas y Diseño y las nuevas titulaciones
  37. Disposición final segunda Título competencial
  38. Disposición final tercera Entrada en vigor
Citenza

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