España
Vigente Real Decreto 77 unidades

Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

Real Decreto 1363/2007es-royal-decree-2007-10-24-13638 nov 2007

Títulos académicos y profesionales

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Artículo 1 Finalidad Modificado
  3. Artículo 2 Objetivos de las enseñanzas deportivas Modificado
  4. Artículo 3 Principios de las enseñanzas deportivas Modificado
  5. Artículo 4 Estructura de las enseñanzas deportivas Modificado
  6. Artículo 5 Organización básica de las enseñanzas deportivas Modificado
  7. Artículo 6 Perfil profesional Modificado
  8. Artículo 7 Duración de los ciclos de enseñanza deportiva Modificado
  9. Artículo 8 Los módulos de enseñanza deportiva Modificado
  10. Artículo 9 Contenido de los módulos de enseñanza deportiva Modificado
  11. Artículo 10 Los bloques de enseñanza deportiva Modificado
  12. Artículo 11 El módulo de formación práctica Modificado
  13. Artículo 12 El módulo de proyecto final Modificado
  14. Artículo 13 Criterios generales de la evaluación Modificado
  15. Artículo 14 Expresión de los resultados de la evaluación Modificado
  16. Artículo 15 Documentos de la evaluación y regulación del proceso Modificado
  17. Artículo 16 Contenidos básicos de las enseñanzas mínimas Modificado
  18. Artículo 17 Orientación metodológica para el desarrollo del currículo Modificado
  19. Artículo 18 Proyectos educativos de los centros Modificado
  20. Artículo 19 Contenido de los títulos Modificado
  21. Artículo 20 Catálogo de títulos de las enseñanzas deportivas Modificado
  22. Artículo 21 Denominación de los títulos Modificado
  23. Artículo 22 Obtención y efectos de los títulos y certificado Modificado
  24. Artículo 23 Registro de los títulos Modificado
  25. Artículo 24 Tipos de oferta Modificado
  26. Artículo 25 Ofertas específicas Modificado
  27. Artículo 26 Formación a distancia Modificado
  28. Artículo 27 Evaluación de la formación a distancia Modificado
  29. Artículo 28 Condiciones de los centros para impartir formación a distancia Modificado
  30. Artículo 29 Requisitos generales para acceso y promoción Modificado
  31. Artículo 30 Requisitos de acceso de carácter específico Modificado
  32. Artículo 31 Acceso sin los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller Modificado
  33. Artículo 32 Validez de la prueba de acceso y de los requisitos de carácter específico Modificado
  34. Artículo 33 Acceso de los deportistas de alto rendimiento a las enseñanzas deportivas Modificado
  35. Artículo 34 Criterios de admisión Modificado
  36. Artículo 35 Matrícula en los ciclos de las enseñanzas deportivas Modificado
  37. Artículo 36 Correspondencias con la experiencia deportiva Modificado
  38. Artículo 37 Convalidación entre módulos de enseñanza deportiva con los módulos de formación profesional Modificado
  39. Artículo 38 Convalidaciones entre módulos de enseñanza deportiva de grado superior y las enseñanzas universitarias Modificado
  40. Artículo 39 Exención del módulo de formación práctica Modificado
  41. Artículo 40 Convalidación de módulos de enseñanza deportiva por la acreditación de unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales Modificado
  42. Artículo 41 Validez de los módulos de enseñanza deportiva del bloque común Modificado
  43. Artículo 42 Convalidación entre módulos de enseñanza deportiva del bloque específico Modificado
  44. Artículo 43 Convalidaciones de módulos de enseñanza deportiva de grado medio con materias de bachillerato Modificado
  45. Artículo 44 Procedimientos para acordar correspondencias, convalidaciones y exenciones Modificado
  46. Artículo 45 Centros públicos y privados Modificado
  47. Artículo 46 Autorización de formaciones llevadas a cabo fuera del ámbito territorial de gestión directa de una Comunidad Autónoma Modificado
  48. Artículo 47 Red de centros de una misma titularidad Modificado
  49. Artículo 48 Ratios de alumnos-unidad escolar y alumnos/profesor Modificado
  50. Artículo 49 Requisitos de titulación del profesorado Modificado
  51. Artículo 50 Profesorado de los centros públicos de la administración educativa Modificado
  52. Artículo 51 Profesor especialista Modificado
  53. Disposición adicional primera Firma de convenios para promover centros con las Federaciones deportivas Modificado
  54. Disposición adicional segunda Agrupación de modalidades deportivas Modificado
  55. Disposición adicional tercera Acceso a las enseñanzas de personas que acrediten discapacidades Modificado
  56. Disposición adicional cuarta Equivalencia de los títulos establecidos con anterioridad a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación Modificado
  57. Disposición adicional quinta Efectos de las formaciones de entrenadores deportivos Modificado
  58. Disposición adicional sexta Efectos de las formaciones anteriores convocadas por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas Modificado
  59. Disposición adicional séptima Efectos de las enseñanzas anteriores, cursadas en centros docentes militares y de la guardia civil Modificado
  60. Disposición adicional octava Formaciones deportivas que no conducen a títulos oficiales Modificado
  61. Disposición adicional novena Resolución de los procedimientos regulados Modificado
  62. Disposición adicional décima Tasas y precios públicos Modificado
  63. Disposición adicional undécima Calendario escolar Modificado
  64. Disposición adicional duodécima Otras titulaciones equivalentes a efectos de acceso y tramitación de expedientes de equiparación de formaciones y enseñanzas Modificado
  65. Disposición adicional decimosexta Revisión y actualización de las enseñanzas mínimas del currículo de las enseñanzas deportivas Modificado
  66. Disposición transitoria primera Efectos de las formaciones deportivas Modificado
  67. Disposición transitoria segunda Vigencia de las enseñanzas establecidas al amparo del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre Modificado
  68. Disposición transitoria tercera Vigencia de las normas de desarrollo de las enseñanzas deportivas establecidas al amparo del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre Modificado
  69. Disposición transitoria cuarta Reconocimiento, a los efectos de homologación, convalidación y equivalencia profesional, de otras formaciones anteriores de fútbol sala Modificado
  70. Disposición transitoria quinta Reconocimiento de formaciones realizadas con carácter meramente federativo Modificado
  71. Disposición derogatoria primera Modificado
  72. Disposición final primera Regulación de los requisitos formales necesarios para garantizar la movilidad de los alumnos Modificado
  73. Disposición final segunda Modificación de determinados aspectos que se regulan en el Real Decreto 320/2000, de 3 de marzo Modificado
  74. Disposición final tercera Modificación de determinados aspectos que se regulan en el Real Decreto 318/2000, de 3 de marzo Modificado
  75. Disposición final cuarta Título competencial Modificado
  76. Disposición final quinta Habilitación para el desarrollo reglamentario Modificado
  77. Disposición final sexta Entrada en vigor Modificado
Citenza

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