Real Decreto 1514/2007

Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Aprobación del Plan

Artículo 2Obligatoriedad del Plan

Disposición adicional únicaAjustes derivados de la aplicación del Plan General de Contabilidad

Disposición transitoria primeraReglas generales para la aplicación del Plan General de Contabilidad en el primer ejercicio que se inicie a partir de 1 de enero de 2008

Disposición transitoria segundaExcepciones a la regla general de primera aplicación

Disposición transitoria terceraReglas específicas en relación con las combinaciones de negocios

Disposición transitoria cuartaInformación a incluir en las cuentas anuales del primer ejercicio que se inicie a partir de 1 de enero de 2008

Disposición transitoria quintaDesarrollos normativos en materia contable

Disposición transitoria sextaEmpresas que se hayan incluido en cuentas anuales consolidadas de acuerdo con las normas internacionales de información financiera adoptadas en la Unión Europea

Disposición transitoria séptimaReferencias a las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas en el Plan General de Contabilidad

Disposición transitoria octava

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraHabilitación para la aprobación de adaptaciones sectoriales

Disposición final segundaHabilitación para la aprobación de adaptaciones por razón de sujeto

Disposición final terceraHabilitación para la aprobación de normas de desarrollo del Plan General de Contabilidad

Disposición final cuartaPlazo de aprobación de determinadas adaptaciones del Plan General de Contabilidad

Disposición final quintaTítulo competencial

Disposición final sextaEntrada en vigor

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 3

Artículo 4

Artículo 5

Artículo 6

Artículo 7

Artículo 8

Artículo 9

Artículo 10

Artículo 11

Artículo 12

Artículo 13

Artículo 14

Artículo 15

Artículo 16

Artículo 17

Artículo 18

Artículo 19

Artículo 20

Artículo 21

Artículo 22

Artículo 23

Artículo 24

Artículo 25

Citenza

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