Real Decreto 975/2009

Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Plan de restauración: requisitos generales y contenidos

Artículo 4Solicitud de autorización del plan de restauración

Artículo 5Autorización del plan de restauración

Artículo 6Participación pública

Artículo 7Revisión del plan de restauración

Artículo 8Cotos mineros

Artículo 9Secciones B) de la Ley de Minas

Artículo 10Permisos de investigación de la Ley de Minas

Artículo 11Establecimientos de beneficio temporales no vinculados a explotaciones mineras

Artículo 12Parte I: Descripción detallada del entorno previsto para desarrollar las labores mineras

Artículo 13Parte II: Medidas previstas para la rehabilitación del espacio natural afectado por la investigación y explotación de recursos minerales

Artículo 14Parte III: Medidas previstas para la rehabilitación de los servicios e instalaciones anejos a la investigación y explotación de recursos minerales

Artículo 15Abandono definitivo de labores de aprovechamiento

Artículo 16Alcance

Artículo 17Objetivos del plan de gestión de residuos mineros

Artículo 18Contenido del plan de gestión de residuos mineros

Artículo 19Definición, contenido y estructura del proyecto constructivo de las instalaciones de residuos mineros

Artículo 20Elección del emplazamiento para una instalación de residuos mineros

Artículo 21Estudios del área elegida para la ubicación de la instalación de residuos mineros

Artículo 22Estudio geológico-geotécnico del emplazamiento de una instalación de residuos mineros

Artículo 23Estudio hidrogeológico del emplazamiento de una instalación de residuos mineros

Artículo 24Estudio hidrológico del emplazamiento de una instalación de residuos mineros

Artículo 25Diseño y construcción de una instalación de residuos mineros

Artículo 26Estudio de los materiales a emplear en la construcción

Artículo 27Estudios de estabilidad geotécnica

Artículo 28Estudios sismológicos y sismorresistentes

Artículo 29Proyecto constructivo de instalaciones de residuos mineros no incluidas en la categoría A

Artículo 30Explotación u operación de una instalación de residuos mineros

Artículo 31Dirección facultativa

Artículo 32Seguimiento e inspecciones periódicas de una instalación de residuos mineros

Artículo 33Cierre y clausura de una instalación de residuos mineros

Artículo 34Proyecto de cierre y clausura de una instalación de residuos mineros

Artículo 35Mantenimiento y control posterior a la clausura de una instalación de residuos mineros

Artículo 36Reutilización o eliminación de los residuos mineros depositados en la instalación

Artículo 37Política de prevención de accidentes graves

Artículo 38Sistema de gestión de la seguridad

Artículo 39Plan de emergencia interior

Artículo 40Plan de emergencia exterior

Artículo 41Generalidades

Artículo 42Garantía financiera o equivalente para la rehabilitación del espacio natural afectado por la explotación, preparación, concentración y beneficio de recursos minerales

Artículo 43

Artículo 44Inspecciones por la autoridad competente

Artículo 45Efectos transfronterizos

Artículo 46Régimen sancionador

Disposición adicional primeraReservas del Estado

Disposición adicional segundaInventarios

Disposición adicional terceraMejores técnicas disponibles

Disposición adicional cuartaExplotaciones de carbón a cielo abierto. Aprovechamiento racional de estos recursos energéticos

Disposición adicional quintaObligación de informar a la Comisión Europea

Disposición adicional sextaReconocimiento de garantías

Disposición transitoria primeraInstalaciones de residuos mineros en funcionamiento

Disposición transitoria segundaExpedientes en tramitación

Disposición transitoria tercera

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraIncorporación de Derecho comunitario europeo

Disposición final segundaCarácter básico y título competencial

Disposición final terceraHabilitación para la actualización de los anexos

Disposición final cuartaEntrada en vigor

Citenza

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