Real Decreto 64/2010

Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Identificación del título de Técnico Deportivo en Espeleología

Artículo 3Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en Espeleología

Artículo 4Especializaciones del título de Técnico Deportivo en Espeleología

Artículo 5Perfil profesional de los ciclos de grado medio en espeleología

Artículo 6Competencia general del ciclo inicial de grado medio en espeleología

Artículo 7Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo inicial de grado medio en espeleología

Artículo 8Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales del ciclo inicial de grado medio en espeleología

Artículo 9Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo inicial de grado medio en espeleología

Artículo 10Competencia general del ciclo final de grado medio en espeleología

Artículo 11Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo final de grado medio en espeleología

Artículo 12Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales del ciclo final de grado medio en espeleología

Artículo 13Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo final de grado medio en espeleología

Artículo 14Estructura de los ciclos inicial y final de grado medio de espeleología

Artículo 15Ratio profesor/alumno

Artículo 16Módulo de formación práctica

Artículo 17Determinación del currículo

Artículo 18Espacios y equipamientos deportivos

Artículo 19Requisitos generales de acceso a los ciclos inicial y final de grado medio en espeleología

Artículo 20Requisitos de acceso al ciclo inicial de grado medio de espeleología para personas sin el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

Artículo 21Requisitos de acceso de carácter específico a los ciclos inicial y final de grado medio en espeleología

Artículo 22Efectos y vigencia de las pruebas de carácter específico

Artículo 23Requisitos de acceso de los deportistas de alto nivel o alto rendimiento

Artículo 24Requisitos de acceso de personas que acrediten discapacidades

Artículo 25Los requisitos de titulación del profesorado en centros públicos de la Administración educativa

Artículo 26Los requisitos de titulación del profesorado en centros privados y públicos no dependientes de la Administración educativa

Artículo 27Acceso a otros estudios

Artículo 28Convalidación de estas enseñanzas

Artículo 29Exención del módulo de formación práctica

Artículo 30Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente

Disposición adicional primeraReferencia del título en el marco europeo

Disposición adicional segundaOferta a distancia de los módulos de enseñanza deportiva del presente título

Disposición adicional terceraRegulación del ejercicio de la profesión

Disposición adicional cuartaExtinción de la formación del período transitorio en espeleología

Disposición adicional quintaClave identificativa de los certificados de superación del ciclo inicial

Disposición adicional sexta

Disposición adicional séptimaReferencias genéricas

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraReferencia del título de Técnico Deportivo en Espeleología al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales

Disposición final segundaTítulo competencial

Disposición final terceraImplantación del Título

Disposición final cuartaAutorización para el desarrollo

Disposición final quintaEntrada en vigor

Citenza

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