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Real Decreto 37 unidades

Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Real Decreto 934/2010es-royal-decree-2010-07-23-93431 ago 2010

Títulos académicos y profesionales

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Artículo 1 Objeto Modificado
  3. Artículo 2 Identificación del título de Técnico Deportivo Superior en Hípica Modificado
  4. Artículo 3 Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo Superior en Hípica Modificado
  5. Artículo 4 Especializaciones del título de Técnico Deportivo Superior en Hípica Modificado
  6. Artículo 5 Perfil profesional del ciclo de grado superior en hípica Modificado
  7. Artículo 6 Competencia general del ciclo de grado superior en hípica Modificado
  8. Artículo 7 Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo de grado superior en hípica Modificado
  9. Artículo 8 Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo de grado superior en hípica Modificado
  10. Artículo 9 Estructura de ciclo de grado superior en hípica Modificado
  11. Artículo 10 Ratio profesor/alumno Modificado
  12. Artículo 11 Módulo de formación práctica Modificado
  13. Artículo 12 Determinación del currículo Modificado
  14. Artículo 13 Espacios y equipamientos deportivos Modificado
  15. Artículo 14 Requisitos generales de acceso al ciclo de grado superior en hípica Modificado
  16. Artículo 15 Requisitos de acceso al ciclo de grado superior en hípica para personas sin el título Bachiller Modificado
  17. Artículo 16 Requisitos de acceso específicos al ciclo de grado superior en hípica Modificado
  18. Artículo 17 Efectos y vigencia de las pruebas de carácter específico Modificado
  19. Artículo 18 Exención de la superación de la prueba de carácter específico de los deportistas de alto nivel y alto rendimiento Modificado
  20. Artículo 19 Requisitos de acceso de personas que acrediten discapacidades Modificado
  21. Artículo 20 Composición y perfil del tribunal de la prueba de carácter específico Modificado
  22. Artículo 21 Funciones del tribunal evaluador de la prueba de carácter específico Modificado
  23. Artículo 22 Los requisitos de titulación del profesorado en centros públicos Modificado
  24. Artículo 23 Los requisitos de titulación del profesorado en centros privados y de titularidad pública de Administraciones distintas a la educativa Modificado
  25. Artículo 24 Acceso a otros estudios Modificado
  26. Artículo 25 Convalidación de estas enseñanzas Modificado
  27. Artículo 26 Exención del módulo de formación práctica Modificado
  28. Artículo 27 Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente Modificado
  29. Disposición adicional primera Referencia del título en el marco europeo Modificado
  30. Disposición adicional segunda Oferta a distancia de los módulos de enseñanza deportiva de los presentes títulos Modificado
  31. Disposición adicional tercera Regulación del ejercicio de la profesión Modificado
  32. Disposición adicional cuarta Referencias genéricas Modificado
  33. Disposición derogatoria única Derogación de normas Modificado
  34. Disposición final primera Título competencial Modificado
  35. Disposición final segunda Implantación de los títulos Modificado
  36. Disposición final tercera Autorización para el desarrollo Modificado
  37. Disposición final quinta Entrada en vigor Modificado
Citenza

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