Real Decreto 705/2011

Real Decreto 705/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Identificación del título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal

Artículo 3Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal

Artículo 4Especializaciones del título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal

Artículo 5Perfil profesional del ciclo de grado superior en judo y defensa personal

Artículo 6Competencia general del ciclo de grado superior en judo y defensa personal

Artículo 7Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo de grado superior en judo y defensa personal

Artículo 8Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo de grado superior en judo y defensa personal

Artículo 9Estructura de ciclo de grado superior en judo y defensa personal

Artículo 10Ratio profesor/alumno

Artículo 11Módulo de formación práctica

Artículo 12Determinación del currículo

Artículo 13Espacios y equipamientos deportivos

Artículo 14Requisitos generales de acceso al ciclo de grado superior en judo y defensa personal

Artículo 15Requisitos de acceso al ciclo de grado superior en judo y defensa personal para personas sin el título de Bachiller

Artículo 16Requisitos de acceso específicos al ciclo de grado superior en judo y defensa personal

Artículo 17Exención de los méritos deportivos a los deportistas de alto nivel o alto rendimiento

Artículo 18Requisitos de acceso de personas que acrediten discapacidades

Artículo 19Los requisitos de titulación del profesorado en centros públicos

Artículo 20Los requisitos de titulación del profesorado en centros privados y de titularidad pública de Administraciones distintas de la educativa

Artículo 21Acceso a otros estudios

Artículo 22Convalidación de estas enseñanzas

Artículo 23Exención del módulo de formación práctica

Artículo 24Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente

Disposición adicional primeraReferencia del título en el marco europeo

Disposición adicional segundaOferta a distancia de los módulos de enseñanza deportiva del presente título

Disposición adicional terceraReferencias genéricas

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraTítulo competencial

Disposición final segundaImplantación de los Títulos

Disposición final terceraAutorización para el desarrollo

Disposición final cuartaEntrada en vigor

Citenza

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