🇪🇸 España
Real Decreto 42 unidades
Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Real Decreto 706/2011es-royal-decree-2011-05-20-70621 jun 2011
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Objeto Modificado
- Artículo 2 Identificación del título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal Modificado
- Artículo 3 Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal Modificado
- Artículo 4 Especializaciones del título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal Modificado
- Artículo 5 Perfil profesional de los ciclos de grado medio en judo y defensa personal Modificado
- Artículo 6 Competencia general del ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal Modificado
- Artículo 7 Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal Modificado
- Artículo 8 Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales del ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal Modificado
- Artículo 9 Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal Modificado
- Artículo 10 Competencia general del ciclo final de grado medio en judo y defensa personal Modificado
- Artículo 11 Competencias profesionales, personales y sociales propias del sistema deportivo del ciclo final de grado medio en judo y defensa personal Modificado
- Artículo 12 Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo final de grado medio en judo y defensa personal Modificado
- Artículo 13 Estructura de los ciclos inicial y final de grado medio en judo y defensa personal Modificado
- Artículo 14 Ratio Profesor/alumno Modificado
- Artículo 15 Módulo de formación práctica Modificado
- Artículo 16 Determinación del currículo Modificado
- Artículo 17 Espacios y equipamientos deportivos Modificado
- Artículo 18 Requisitos generales de acceso a los ciclos inicial y final de grado medio en judo y defensa personal Modificado
- Artículo 19 Requisitos de acceso al ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal para personas sin el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria Modificado
- Artículo 20 Requisitos de acceso específicos a los ciclos inicial y final de grado medio en judo y defensa personal Modificado
- Artículo 21 Exención de la superación de la prueba de carácter específico de los deportistas de alto nivel y alto rendimiento Modificado
- Artículo 22 Requisitos de acceso de personas que acrediten discapacidades Modificado
- Artículo 23 Los requisitos de titulación del profesorado en centros públicos Modificado
- Artículo 24 Los requisitos de titulación del profesorado en centros privados y de titularidad pública de administraciones distintas de la educativa Modificado
- Artículo 25 Acceso a otros estudios Modificado
- Artículo 26 Convalidación de estas enseñanzas Modificado
- Artículo 27 Exención del módulo de formación práctica Modificado
- Artículo 28 Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente Modificado
- Disposición adicional primera Referencia del título en el marco europeo Modificado
- Disposición adicional segunda Oferta a distancia de los módulos de enseñanza deportiva del presente título Modificado
- Disposición adicional tercera Clave identificativa de los certificados de superación del ciclo inicial Modificado
- Disposición adicional cuarta Referencias genéricas Modificado
- Disposición adicional quinta Modificado
- Disposición adicional sexta Modificado
- Disposición transitoria primera Extinción de la formación del período transitorio en judo y defensa personal Modificado
- Disposición transitoria segunda Modificado
- Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
- Disposición final primera Título competencial Modificado
- Disposición final segunda Implantación de los Títulos Modificado
- Disposición final tercera Autorización para el desarrollo Modificado
- Disposición final cuarta Entrada en vigor Modificado