🇪🇸 España
Real Decreto 74 unidades
Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina.
Real Decreto 750/2011es-royal-decree-2011-05-27-75027 may 2011
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo único
- Disposición adicional primera Adscripción a Secciones
- Disposición adicional segunda Promoción de la mujer
- Disposición transitoria única Actuales cargos de la Junta Directiva
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final única Entrada en vigor
- Anexo UNICO
- Artículo 1 Denominación y naturaleza
- Artículo 2 Régimen jurídico y relación administrativa
- Artículo 3 Ámbito personal y territorial y sede
- Artículo 4 Defensa
- Artículo 5 Emblemas y distintivos
- Artículo 6 Fines
- Artículo 7 Composición de la Academia
- Artículo 8 Académicos y Académicas de Número
- Artículo 9 Académicos y Académicas Supernumerarios
- Artículo 10 Académicos y Académicas de Honor
- Artículo 11 Académicos y Académicas Correspondientes Españoles
- Artículo 12 Académicos y Académicas Correspondientes Extranjeros
- Artículo 13 Requisitos de los Académicos y Académicas de Número
- Artículo 14 Provisión de vacantes de Académico de Número
- Artículo 15 Toma de posesión y discurso de ingreso
- Artículo 16 Contestación al discurso de ingreso
- Artículo 17 Deberes de los Académicos y Académicas de Número
- Artículo 18 Baja de Académicos de Número o Electos por pase a Supernumerarios
- Artículo 19 Derechos de los Académicos y Académicas de Número
- Artículo 20 Condiciones y elección de Académicos y Académicas de Honor
- Artículo 21 Derechos de los Académicos y Académicas Supernumerarios
- Artículo 22 Requisitos y elección de Académicos y Académicas Correspondientes Españoles
- Artículo 23 Académicos numerarios de las Reales Academias de Medicina asociadas al Instituto de España
- Artículo 24 Requisitos y elección de Académicos Correspondientes Extranjeros u Honorarios
- Artículo 25 Derechos de los Académicos y Académicas Correspondientes y Correspondientes Honorarios
- Artículo 26 Empleo del título de Académico o Académica
- Artículo 27 Publicaciones de los Académicos y Académicas
- Artículo 28 Organización de la Real Academia Nacional de Medicina de España
- Artículo 29 Secciones
- Artículo 30 Participación de los Académicos Correspondientes
- Artículo 31 Organización y fines de las Secciones
- Artículo 32 Número y denominación de las Secciones
- Artículo 33 Reuniones de las Secciones
- Artículo 34 Comisiones
- Artículo 35 Junta de Gobierno
- Artículo 36 Reuniones de la Junta de Gobierno
- Artículo 37 Votaciones y deliberaciones en la Junta de Gobierno
- Artículo 38 Junta Directiva
- Artículo 39 Elección de las personas integrantes de la Junta Directiva
- Artículo 40 Régimen de suplencias en la Junta Directiva
- Artículo 41 Reuniones de la Junta Directiva
- Artículo 42 Presidencia
- Artículo 43 Vicepresidencia
- Artículo 44 Secretaría General
- Artículo 45 Secretaría de Actas
- Artículo 46 Tesorería
- Artículo 47 Contaduría
- Artículo 48 Bibliotecario
- Artículo 49 Períodos de actividad académica
- Artículo 50 Comienzo y final de la actividad académica anual
- Artículo 51 Recepción de nuevos Académicos y Académicas de Número
- Artículo 52 Recepción de nuevos Académicos y Académicas de Honor
- Artículo 53 Sesiones necrológicas
- Artículo 54 Sesiones científicas ordinarias
- Artículo 55 Sesiones extraordinarias
- Artículo 56 Protocolo de las sesiones
- Artículo 57 Premios y distinciones
- Artículo 58 Premio de la Real Academia Nacional de Medicina de España
- Artículo 59 Premios establecidos por fundaciones y legados
- Artículo 60 Medallas de Honor
- Artículo 61 Publicaciones
- Artículo 62 Fondos de la Real Academia
- Artículo 63 Aplicación de los fondos
- Artículo 64 Honorarios por asistencia
- Artículo 65 Justificación de subvenciones
- Artículo 66 Procedimiento de modificación de Estatutos