Real Decreto 1060/2015

Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones

Artículo 4Autorización administrativa

Artículo 5Modificaciones de la documentación aportada

Artículo 6Efectos de la autorización

Artículo 7Requisitos para la ampliación de la autorización administrativa de entidades aseguradoras y reaseguradoras

Artículo 8Organizaciones y agrupaciones de entidades aseguradoras

Artículo 9Denominación social

Artículo 10Domicilio social

Artículo 11Programa de actividades

Artículo 12

Artículo 13Ejecución del programa de actividades

Artículo 14Aumentos y reducciones de capital social y fondo mutual. Aportaciones no dinerarias

Artículo 15Socios. Evaluación de la adquisición de participaciones significativas en entidades aseguradoras y reaseguradoras

Artículo 16Colaboración entre autoridades supervisoras para la evaluación de la adquisición de participaciones significativas en entidades aseguradoras y reaseguradoras

Artículo 17Cómputo de las participaciones significativas en entidades aseguradoras y reaseguradoras

Artículo 18Honorabilidad y aptitud de quienes ejerzan la dirección efectiva o desempeñen funciones que integran el sistema de gobierno de la entidad

Artículo 19Registro administrativo

Artículo 20Inscripción de los actos relativos a entidades aseguradoras y reaseguradoras y sus grupos

Artículo 21Inscripción de los actos relativos a las personas que ejercen la dirección efectiva de entidades aseguradoras y reaseguradoras

Artículo 22

Artículo 23Inscripción de las medidas de control especial

Artículo 24Cancelación de la inscripción de las sanciones impuestas

Artículo 25Deber de información al tomador del seguro

Artículo 26Deber de información estadística relativa a las actividades transfronterizas de las entidades aseguradoras españolas

Artículo 27Remisión general

Artículo 28Establecimiento de sucursales

Artículo 29Comunicación para operar en libre prestación de servicios

Artículo 30Ordenación y supervisión de entidades aseguradoras autorizadas

Artículo 31Determinación de las condiciones de ejercicio

Artículo 32Supervisión de sucursales en España por las autoridades del Estado de origen

Artículo 33Entidades reaseguradoras domiciliadas en otros países miembros del Espacio Económico Europeo

Artículo 34Inicio y modificación de actividad

Artículo 35Requisitos y procedimiento de autorización de las agencias de suscripción

Artículo 35 bisPlataformas colaborativas

Artículo 36Autorización de sucursales de entidades aseguradoras de terceros países

Artículo 37Condiciones para el ejercicio de la actividad aseguradora

Artículo 38Garantías financieras de las sucursales de entidades aseguradoras y reaseguradoras domiciliadas en terceros países

Artículo 39Ventajas en el régimen de las sucursales de entidades domiciliadas en terceros países autorizadas en varios Estados miembros

Artículo 40Información a la Comisión Europea y a otros Estados miembros sobre filiales de entidades aseguradoras y reaseguradoras de terceros países

Artículo 41Régimen especial de establecimiento de sucursales de las entidades aseguradoras suizas que operen en el ámbito de seguros distintos del seguro de vida

Artículo 42Procedimiento de autorización de sucursales de las entidades aseguradoras suizas que operen en seguros distintos del seguro de vida

Artículo 43Entidades reaseguradoras de terceros países

Artículo 44Requisitos generales del sistema de gobierno

Artículo 45Gestión de riesgos

Artículo 46Evaluación interna de riesgos y solvencia

Artículo 47Función actuarial

Artículo 48Cálculo de las provisiones técnicas: principios generales

Artículo 49Otros elementos que deben tenerse en cuenta en el cálculo de las provisiones técnicas

Artículo 50Segmentación de las obligaciones por grupos homogéneos

Artículo 51Importes recuperables de los contratos de reaseguro y de entidades con cometido especial

Artículo 52Calidad de los datos utilizados en el cálculo de las provisiones técnicas

Artículo 53Uso de aproximaciones en el cálculo de provisiones técnicas

Artículo 54Estructura temporal pertinente de tipos de interés sin riesgo

Artículo 55Ajuste por casamiento de flujos de la estructura temporal pertinente de tipos de interés sin riesgo

Artículo 56Cálculo del ajuste por casamiento de flujos

Artículo 57Ajuste por volatilidad de la estructura temporal pertinente de tipos de interés sin riesgo

Artículo 58Provisiones técnicas del seguro de decesos

Artículo 59Determinación de los fondos propios

Artículo 60Clasificación de los fondos propios en niveles

Artículo 61Clasificación de los fondos propios específicos de los seguros

Artículo 62Admisibilidad de fondos propios y límites aplicables a los niveles 1, 2 y 3

Artículo 63Cálculo del capital de solvencia obligatorio

Artículo 64Métodos de cálculo del capital de solvencia obligatorio

Artículo 65Exigencia de capital de solvencia obligatorio adicional

Artículo 66Procedimiento para exigencia de capital de solvencia obligatorio adicional

Artículo 67Información sobre la exigencia de capital de solvencia obligatorio adicional

Artículo 68Estructura de la fórmula estándar

Artículo 69Configuración del capital de solvencia obligatorio básico

Artículo 70Cálculo del capital de solvencia obligatorio mediante la fórmula estándar

Artículo 71Módulo de riesgo de suscripción del seguro distinto del seguro de vida del capital obligatorio básico

Artículo 72Módulo de riesgo de suscripción del seguro de vida del capital obligatorio básico

Artículo 73Módulo de riesgo de suscripción del seguro de enfermedad del capital obligatorio básico

Artículo 74Módulo de riesgo de mercado del capital obligatorio básico

Artículo 75Submódulo de riesgo de renta variable basado en la duración

Artículo 76Peculiaridades del cálculo del capital de solvencia obligatorio para el seguro de decesos

Artículo 77Módulo de riesgo de incumplimiento de la contraparte del capital obligatorio básico

Artículo 78Cálculo del capital de solvencia obligatorio mediante modelos internos

Artículo 79Autorización de modelos internos

Artículo 80Requisitos adicionales para la autorización de modelos internos parciales

Artículo 81Política de modificación de modelos internos

Artículo 82Incumplimiento del modelo interno

Artículo 83Uso del modelo interno en la toma de decisiones y en las actividades de gestión

Artículo 84Normas de calidad estadística de los modelos internos

Artículo 85Normas de calibración de los modelos internos

Artículo 86Asignación de pérdidas y ganancias

Artículo 87Normas de validación de los modelos internos

Artículo 88Documentación de los modelos internos

Artículo 89Normas sobre inversiones de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Artículo 89 bisPolítica de implicación

Artículo 89 terPublicidad relativa a la estrategia de inversión y a los acuerdos con los gestores de activos

Artículo 90Activos que representan las provisiones técnicas en aquellos seguros de vida en los que el tomador asuma el riesgo de la inversión

Artículo 91Forma del informe sobre la situación financiera y de solvencia

Artículo 92Contenido del informe sobre la situación financiera y de solvencia

Artículo 93Plazos de divulgación del informe sobre la situación financiera y de solvencia

Artículo 94Actualizaciones del informe sobre la situación financiera y de solvencia e información voluntaria adicional

Artículo 95Contabilidad de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Artículo 96Libros y registros contables de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Artículo 97Obligaciones contables de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Artículo 98Auditoría de las cuentas anuales de entidades aseguradoras y reaseguradoras

Artículo 99Cesión de cartera entre entidades aseguradoras españolas

Artículo 100Procedimiento de autorización de la cesión de cartera de las entidades aseguradoras españolas

Artículo 101

Artículo 102Cesión de cartera de entidades que operen en España domiciliadas en otro Estado miembro

Artículo 103Cesión de cartera de sucursales en España de entidades aseguradoras domiciliadas en terceros países

Artículo 104Cesión de cartera a una sucursal en España de entidades aseguradoras domiciliadas en terceros países

Artículo 105Cesión de cartera de entidades reaseguradoras

Artículo 106Transformación de entidades aseguradoras

Artículo 107Procedimiento de autorización de la transformación de entidades aseguradoras

Artículo 108Traslado del domicilio social al extranjero

Artículo 109Fusión de entidades aseguradoras

Artículo 110Procedimiento de autorización de la fusión de entidades aseguradoras

Artículo 111Fusiones transfronterizas

Artículo 112Cesión global de activo y pasivo

Artículo 113Escisión de entidades aseguradoras

Artículo 114Procedimiento de autorización de la escisión de entidades aseguradoras

Artículo 115Agrupaciones de interés económico y uniones temporales de empresas

Artículo 116Estatutos

Artículo 117Pólizas y tarifas de primas

Artículo 118Normas generales sobre bases técnicas

Artículo 119Peculiaridades de las bases técnicas de los seguros de vida

Artículo 120Peculiaridades de las bases técnicas de los seguros de decesos

Artículo 121Peculiaridades de las bases técnicas de los seguros de enfermedad

Artículo 122Deber general de información a facilitar a los tomadores de seguros o asegurados

Artículo 123Información en los contratos de seguro ofrecidos en régimen de derecho de establecimiento o de libre prestación de servicios

Artículo 124Deber particular de información en los seguros de vida

Artículo 125Deber particular de información en los seguros de decesos

Artículo 126Deber particular de información en los seguros de enfermedad

Artículo 127Publicidad

Artículo 128Ámbito de aplicación

Artículo 129Enumeración de las provisiones técnicas

Artículo 130Provisión de primas

Artículo 131La provisión de seguros de vida

Artículo 132Tipo de interés

Artículo 133Tablas de mortalidad, de supervivencia, de invalidez y de morbilidad

Artículo 134Gastos de administración y adquisición

Artículo 135Rescates

Artículo 136Provisión de seguros de vida cuando el tomador asume el riesgo de la inversión y asimilados

Artículo 137Provisión de participación en beneficios y para extornos

Artículo 138Provisión de siniestros pendientes

Artículo 139Provisión de siniestros pendientes de liquidación o pago

Artículo 140Provisión de siniestros pendientes de declaración

Artículo 141Provisión de gastos internos de liquidación de siniestros

Artículo 142Provisión del seguro de decesos

Artículo 143Provisión del seguro de enfermedad

Artículo 144Provisión de desviaciones en las operaciones de capitalización por sorteo

Artículo 145Normas sobre inversiones de las entidades aseguradoras

Artículo 146Determinación de los fondos propios

Artículo 147Valoración de activos

Artículo 148Cálculo del capital de solvencia obligatorio y del capital mínimo obligatorio en el régimen especial de solvencia

Artículo 149Módulo de riesgo de suscripción del seguro distinto del seguro de vida del capital obligatorio básico en el régimen especial de solvencia

Artículo 150Módulo de riesgo de suscripción del seguro de vida del capital obligatorio básico en el régimen especial de solvencia

Artículo 151Módulo de riesgo de suscripción del seguro de enfermedad del capital obligatorio básico en el régimen especial de solvencia

Artículo 152Módulo de riesgo de mercado del capital obligatorio básico en el régimen especial de solvencia

Artículo 153Módulo de riesgo de incumplimiento de la contraparte del capital obligatorio básico en el régimen especial de solvencia

Artículo 154Requisitos de Sistema de Gobierno en el régimen especial de solvencia

Artículo 155Entidades aseguradoras autorizadas para operar simultáneamente en seguros de vida y en seguros distintos del de vida

Artículo 156Gestión separada de las operaciones de seguro de vida y de seguros distintos del de vida

Artículo 157Obligaciones derivadas de la gestión separada de las operaciones de seguro de vida y de seguros distintos del de vida

Artículo 158Transparencia de la actuación supervisora

Artículo 159Información que deberá facilitarse a efectos de supervisión, estadísticos y contables

Artículo 160Plazos de presentación de la información a efectos de supervisión, estadísticos y contables

Artículo 161Limitación de la presentación de información periódica a efectos de supervisión, estadísticos y contables

Artículo 162Exención o limitación de la presentación de información detallada a efectos de supervisión, estadísticos y contables

Artículo 163Información sobre la limitación o exención en la presentación de información a efectos de supervisión, estadísticos y contables

Artículo 164Supervisión de funciones y actividades externalizadas

Artículo 165Actuaciones inspectoras sobre la presencia permanente de las entidades aseguradoras

Artículo 166Contenido de la supervisión financiera

Artículo 167Personal inspector

Artículo 168Iniciación del procedimiento de supervisión por inspección

Artículo 169Desarrollo de las actuaciones inspectoras

Artículo 170Excusa, negativa o resistencia a la actuación inspectora

Artículo 171Diligencias

Artículo 172Formalización del acta de inspección

Artículo 173Terminación de las actuaciones inspectoras

Artículo 174Deber de comunicación

Artículo 175Asunción de la función de supervisor de grupo por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en supuestos especiales

Artículo 176Excepciones a la asunción de la función de supervisor de grupo por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Artículo 177Colegios de Supervisores

Artículo 178Acceso a la información y verificación

Artículo 179Cooperación e intercambio de información entre las autoridades de supervisión

Artículo 180Supervisión de la solvencia de grupo

Artículo 181Informe sobre la situación financiera y de solvencia a nivel de grupo

Artículo 182Publicidad de la estructura del grupo

Artículo 183Método basado en la consolidación contable

Artículo 184Modelo interno del grupo consolidado y de las entidades aseguradoras y reaseguradoras del grupo

Artículo 185Exigencia de capital de solvencia obligatorio adicional de grupo consolidado

Artículo 186Método de deducción y agregación

Artículo 187Inclusión de la participación proporcional

Artículo 188Supresión del doble cómputo de los fondos propios admisibles

Artículo 189Supresión de la creación de capital intragrupo

Artículo 190Valoración

Artículo 191Entidades aseguradoras y reaseguradoras vinculadas

Artículo 192Equivalencia respecto de entidades aseguradoras y reaseguradoras vinculadas de terceros países

Artículo 193Determinación de la equivalencia temporal respecto de entidades aseguradoras y reaseguradoras vinculadas de terceros países

Artículo 194Sociedades de cartera de seguros intermedias y sociedades financieras mixtas de cartera intermedias

Artículo 195Entidades de crédito, empresas de servicios de inversión e instituciones financieras vinculadas

Artículo 196Falta de información sobre entidades vinculadas

Artículo 197Régimen de grupos con gestión centralizada de riesgos

Artículo 198Autorización para acogerse al régimen de grupos con gestión centralizada de riesgos

Artículo 199Determinación del capital de solvencia obligatorio de la filial

Artículo 200Incumplimiento con respecto al capital de solvencia obligatorio y al capital mínimo obligatorio de la filial

Artículo 201Terminación de la aplicación del régimen de grupos con gestión centralizada de riesgos

Artículo 202Supervisión de la concentración de riesgo

Artículo 203Supervisión de las operaciones intragrupo

Artículo 204Exclusiones a la supervisión de la concentración de riesgo y de las operaciones intragrupo

Artículo 205Supervisión del sistema de gobierno del grupo

Artículo 206Sociedades de cartera de seguros. Sociedades financieras mixtas de cartera. Sociedades mixtas de cartera de seguros

Artículo 207Supervisión equivalente

Artículo 208Determinación por la Comisión Europea de la equivalencia temporal de terceros países en los que estén domiciliadas entidades aseguradoras y reaseguradoras matrices del grupo

Artículo 209Falta de equivalencia de la supervisión de grupos de terceros países

Artículo 210Entidades matrices fuera de la Unión Europea: niveles

Artículo 211Grupos mutuales

Artículo 212Situaciones adversas excepcionales y contenido del plan de recuperación y del plan de financiación a corto plazo

Artículo 213Procedimiento de adopción de medidas de control especial

Artículo 214Funciones de colaboración del Consorcio de Compensación de Seguros en relación con las medidas de control especial adoptadas

Artículo 215Intervención administrativa de las entidades aseguradoras

Artículo 216Intervención para garantizar el correcto cumplimiento de las medidas de control especial

Artículo 217Intervención en la liquidación

Artículo 218Falta de efectiva actividad y abandono del domicilio social

Artículo 219Cómputo del patrimonio neto a efectos de causa de disolución

Artículo 220Comunicación de la existencia de causa de disolución

Artículo 221Procedimiento de disolución administrativa

Artículo 222Vencimiento anticipado de los contratos de seguro

Artículo 223Cesión de oficio de la cartera de seguros en la liquidación

Artículo 224Documentación a remitir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones por los administradores y por los liquidadores

Artículo 225Deber de colaboración de los antiguos administradores y gestores

Artículo 226Información a los acreedores

Artículo 227Finalización de las operaciones de liquidación

Artículo 228Compra de créditos con cargo a recursos del Consorcio de Compensación de Seguros

Artículo 229Liquidación de entidades solventes

Artículo 230Liquidación de entidades insolventes

Disposición adicional primeraRegistro de seguros obligatorios

Disposición adicional segundaProcedimiento de autorización de las entidades con cometido especial

Disposición adicional terceraCuantía máxima de cobertura de responsabilidad civil como riesgo accesorio

Disposición adicional cuartaConsultas, quejas y reclamaciones relacionadas con los seguros de crédito y caución

Disposición adicional quintaRégimen de cálculo de las provisiones técnicas a efectos contables

Disposición adicional sextaDotación de las provisiones técnicas. Cuantía mínima

Disposición adicional séptimaPrograma de actividades de los corredores de seguros

Disposición adicional octavaRegistro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros

Disposición adicional novenaPrácticas abusivas

Disposición adicional décimaContravalor del Euro

Disposición adicional undécimaPeritos de seguros, Comisarios de Averías y Liquidadores de averías

Disposición adicional duodécimaColaboradores externos de los mediadores de seguros

Disposición adicional decimoctava

Disposición transitoria primeraMedida transitoria sobre los tipos de interés sin riesgo

Disposición transitoria segundaMedida transitoria sobre las provisiones técnicas

Disposición transitoria terceraIncumplimiento del capital de solvencia obligatorio sin la aplicación de la medida transitoria sobre los tipos de interés sin riesgo o sobre las provisiones técnicas

Disposición transitoria cuartaMedida transitoria para la clasificación de los fondos propios

Disposición transitoria quintaMedida transitoria sobre los submódulos de concentración y de diferencial del riesgo de mercado

Disposición transitoria sextaMedida transitoria sobre el submódulo de riesgo de mercado de acciones

Disposición transitoria séptimaMedida transitoria sobre la inversión en valores negociables u otros instrumentos financieros basados en préstamos empaquetados

Disposición transitoria octavaMedida transitoria para solicitar la aprobación de un modelo interno de grupo aplicable a una parte del grupo

Disposición transitoria novenaInforme sobre la situación financiera y de solvencia

Disposición transitoria décimaPlazos de divulgación del informe sobre la situación financiera y de solvencia

Disposición transitoria undécimaPlazos de presentación de la información a efectos de supervisión, estadísticos y contables

Disposición transitoria duodécima

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primera

Disposición final segundaModificación del Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de mutualidades de previsión social

Disposición final terceraModificación del Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios

Disposición final cuartaModificación del Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones

Disposición final quintaModificación del Real Decreto 1317/2008, de 24 de julio, por el que se aprueba el Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras

Disposición final sextaModificación de la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras

Disposición final séptimaModificación de la Orden de 25 de febrero de 2000 por la que se crea y regula el Índice Nacional de Defunciones

Disposición final octavaSalvaguardia del rango normativo

Disposición final novenaTítulo competencial

Disposición final décimaIncorporación del Derecho de la Unión Europea

Disposición final undécimaHabilitación normativa

Disposición final duodécimaEntrada en vigor

Anexo UNICO

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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