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Real Decreto 46 unidades
Real Decreto 186/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos.
Real Decreto 186/2016es-royal-decree-2016-05-06-18610 may 2016
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Ámbito de aplicación
- Artículo 3 Definiciones
- Artículo 4 Comercialización y/o puesta en servicio
- Artículo 5 Libre circulación de los equipos
- Artículo 6 Requisitos esenciales
- Artículo 7 Obligaciones de los fabricantes
- Artículo 8 Representantes autorizados
- Artículo 9 Obligaciones de los importadores
- Artículo 10 Obligaciones de los distribuidores
- Artículo 11 Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y los distribuidores
- Artículo 12 Identificación de los agentes económicos
- Artículo 13 Presunción de conformidad de los equipos
- Artículo 14 Procedimientos de evaluación de la conformidad de los aparatos
- Artículo 15 Declaración UE de conformidad
- Artículo 16 Principios generales del marcado CE
- Artículo 17 Reglas y condiciones para la colocación del marcado CE
- Artículo 18 Información sobre la utilización del aparato
- Artículo 19 Instalaciones fijas
- Artículo 20 Notificación
- Artículo 21 Autoridad notificante
- Artículo 22 Organismos de control notificados
- Artículo 23 Filiales y subcontratación de organismos de control notificados
- Artículo 24 Solicitud de notificación
- Artículo 25 Procedimiento de notificación
- Artículo 26 Cambios en la notificación
- Artículo 27 Obligaciones operativas de los organismos de control notificados
- Artículo 28 Reclamaciones frente a las decisiones de los organismos de control notificados
- Artículo 29 Obligación de información de los organismos de control notificados
- Artículo 30 Vigilancia del mercado y control de los aparatos que entren en el mismo
- Artículo 31 Aparatos que presenten un riesgo a nivel nacional
- Artículo 32 Procedimiento de salvaguardia de la Unión Europea
- Artículo 33 Incumplimiento formal
- Artículo 34 Régimen sancionador
- Artículo 35 Aplicación de los procedimientos de emergencia
- Artículo 36 Presunción de conformidad basada en normas y especificaciones comunes de los aparatos que hayan sido designados como bienes pertinentes para crisis
- Artículo 37 Priorización de las actividades de vigilancia del mercado y asistencia a otras autoridades de vigilancia del mercado
- Disposición adicional única Referencias al Real Decreto 1580/2006, de 22 de diciembre
- Disposición transitoria única Comercialización y puesta en servicio de equipos que cumplan con el Real Decreto 1580/2006, de 22 de diciembre
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final primera Título competencial
- Disposición final segunda Incorporación de derecho de la Unión Europea
- Disposición final tercera Desarrollo normativo del real decreto
- Disposición final cuarta Habilitación para la actualización del contenido de los anexos de este real decreto
- Disposición final quinta Entrada en vigor