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Real Decreto 35 unidades

Real Decreto 187/2016, de 6 de mayo, por el que se regulan las exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión.

Real Decreto 187/2016es-royal-decree-2016-05-06-18710 may 2016

Seguridad industrial

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
  3. Artículo 2 Definiciones
  4. Artículo 3 Comercialización y objetivos de seguridad
  5. Artículo 4 Libre circulación
  6. Artículo 5 Distribución de electricidad
  7. Artículo 6 Obligaciones de los fabricantes
  8. Artículo 7 Representantes autorizados
  9. Artículo 8 Obligaciones de los importadores
  10. Artículo 9 Obligaciones de los distribuidores
  11. Artículo 10 Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y los distribuidores
  12. Artículo 11 Identificación de los agentes económicos
  13. Artículo 12 Presunción de conformidad del material eléctrico en virtud de normas armonizadas
  14. Artículo 13 Presunción de conformidad en virtud de normas internacionales
  15. Artículo 14 Presunción de conformidad en virtud de normas nacionales
  16. Artículo 15 Declaración UE de conformidad
  17. Artículo 16 Principios generales del marcado CE
  18. Artículo 17 Reglas y condiciones para la colocación del marcado CE
  19. Artículo 18 Vigilancia del mercado y control del material eléctrico que entre en el mismo
  20. Artículo 19 Procedimiento en el caso de material eléctrico que presenta un riesgo a nivel nacional
  21. Artículo 20 Procedimiento de salvaguardia de la Unión Europea
  22. Artículo 21 Productos conformes que, no obstante, presentan un riesgo
  23. Artículo 22 Incumplimiento formal
  24. Artículo 23 Sanciones
  25. Artículo 24 Aplicación de los procedimientos de emergencia
  26. Artículo 25 Presunción de conformidad basada en normas y especificaciones comunes del material eléctrico que haya sido designado como bien pertinente para crisis
  27. Artículo 26 Priorización de las actividades de vigilancia del mercado y asistencia a otras autoridades de vigilancia del mercado
  28. Disposición adicional única Actualización de referencias normativas
  29. Disposición transitoria única Comercialización y puesta en servicio de material eléctrico que cumpla con el Real Decreto 7/1988, de 8 de enero
  30. Disposición derogatoria única Derogación normativa
  31. Disposición final primera Título competencial
  32. Disposición final segunda Incorporación de derecho de la Unión Europea
  33. Disposición final tercera Desarrollo y aplicación del real decreto
  34. Disposición final cuarta Autorización para la modificación de los anexos
  35. Disposición final quinta Entrada en vigor
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