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Real Decreto 35 unidades
Real Decreto 187/2016, de 6 de mayo, por el que se regulan las exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión.
Real Decreto 187/2016es-royal-decree-2016-05-06-18710 may 2016
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2 Definiciones
- Artículo 3 Comercialización y objetivos de seguridad
- Artículo 4 Libre circulación
- Artículo 5 Distribución de electricidad
- Artículo 6 Obligaciones de los fabricantes
- Artículo 7 Representantes autorizados
- Artículo 8 Obligaciones de los importadores
- Artículo 9 Obligaciones de los distribuidores
- Artículo 10 Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y los distribuidores
- Artículo 11 Identificación de los agentes económicos
- Artículo 12 Presunción de conformidad del material eléctrico en virtud de normas armonizadas
- Artículo 13 Presunción de conformidad en virtud de normas internacionales
- Artículo 14 Presunción de conformidad en virtud de normas nacionales
- Artículo 15 Declaración UE de conformidad
- Artículo 16 Principios generales del marcado CE
- Artículo 17 Reglas y condiciones para la colocación del marcado CE
- Artículo 18 Vigilancia del mercado y control del material eléctrico que entre en el mismo
- Artículo 19 Procedimiento en el caso de material eléctrico que presenta un riesgo a nivel nacional
- Artículo 20 Procedimiento de salvaguardia de la Unión Europea
- Artículo 21 Productos conformes que, no obstante, presentan un riesgo
- Artículo 22 Incumplimiento formal
- Artículo 23 Sanciones
- Artículo 24 Aplicación de los procedimientos de emergencia
- Artículo 25 Presunción de conformidad basada en normas y especificaciones comunes del material eléctrico que haya sido designado como bien pertinente para crisis
- Artículo 26 Priorización de las actividades de vigilancia del mercado y asistencia a otras autoridades de vigilancia del mercado
- Disposición adicional única Actualización de referencias normativas
- Disposición transitoria única Comercialización y puesta en servicio de material eléctrico que cumpla con el Real Decreto 7/1988, de 8 de enero
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final primera Título competencial
- Disposición final segunda Incorporación de derecho de la Unión Europea
- Disposición final tercera Desarrollo y aplicación del real decreto
- Disposición final cuarta Autorización para la modificación de los anexos
- Disposición final quinta Entrada en vigor