🇪🇸 España
Real Decreto 53 unidades

Reglamento de Autoconsumo

Real Decreto 244/2019es-royal-decree-2019-04-05-2445 abr 2019

Transporte de energía

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1 Objeto
  4. Artículo 2 Ámbito de aplicación
  5. Artículo 3 Definiciones
  6. Artículo 4 Clasificación de modalidades de autoconsumo
  7. Artículo 5 Requisitos generales para acogerse a una modalidad de autoconsumo
  8. Artículo 6 Calidad del servicio
  9. Artículo 7 Acceso y conexión a la red en las modalidades de autoconsumo
  10. Artículo 8 Contratos de acceso en las modalidades de autoconsumo
  11. Artículo 9 Contratos de suministro de energía en las modalidades de autoconsumo
  12. Artículo 10 Equipos de medida de las instalaciones acogidas a las distintas modalidades de autoconsumo
  13. Artículo 11 Requisitos generales de medida de las instalaciones acogidas a las distintas modalidades de autoconsumo
  14. Artículo 12 Requisitos particulares de medida de las instalaciones acogidas a las distintas modalidades de autoconsumo
  15. CAPÍTULO V
  16. Artículo 13 Régimen económico de la energía excedentaria y consumida
  17. Artículo 14 Mecanismo de compensación simplificada
  18. Artículo 15 Liquidación y facturación en la modalidad de autoconsumo
  19. Artículo 16 Peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de aplicación a los productores de energía eléctrica
  20. Artículo 16 bis Definición del término de descuento por retardo en activación de autoconsumo
  21. Artículo 17 Peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de aplicación a los consumos en las modalidades de autoconsumo
  22. Artículo 18 Cargos del sistema eléctrico de aplicación a las modalidades de autoconsumo
  23. Artículo 19 Registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica
  24. Artículo 20 Inscripción en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica
  25. Artículo 21 Modificación y cancelación de las inscripciones en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica del Ministerio para la Transición Ecológica
  26. Artículo 22 Inspección de la aplicación de las modalidades de autoconsumo
  27. Artículo 23 Régimen sancionador
  28. Disposición adicional primera Mandatos al operador del sistema y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
  29. Disposición adicional segunda Remisión de información relativa a las instalaciones de autoconsumo
  30. Disposición transitoria primera Adaptación de los sujetos acogidos a la modalidad de autoconsumo existentes al amparo de lo regulado en el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre
  31. Disposición transitoria segunda Configuraciones singulares de medida de las cogeneraciones
  32. Disposición transitoria tercera Aplicación de peajes de acceso a las redes de transporte y distribución y cargos del sistema eléctrico a las modalidades de autoconsumo
  33. Disposición transitoria cuarta Facturación de consumidores acogidos a una modalidad de autoconsumo que no dispongan de contadores de telegestión efectivamente integrados
  34. Disposición transitoria quinta Elementos de almacenamiento
  35. Disposición transitoria sexta Término de facturación de energía reactiva
  36. Disposición transitoria séptima Adaptación de contadores tipo 4
  37. Disposición transitoria octava Puesta en marcha del registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica
  38. Disposición transitoria novena Ubicación especial de equipos de medida
  39. Disposición derogatoria única Derogación normativa
  40. Disposición final primera Modificación del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
  41. Disposición final segunda
  42. Disposición final tercera
  43. Disposición final cuarta Modificación del Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia
  44. Disposición final quinta Desarrollo normativo
  45. Disposición final sexta Título competencial
  46. Disposición final séptima Entrada en vigor
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io