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Real Decreto 80 unidades

Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.

Real Decreto 470/2019es-royal-decree-2019-08-02-4702 ago 2019

Oposiciones y concursos

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo único
  3. Disposición transitoria primera Asignación de destinos pendientes de resolver
  4. Disposición transitoria segunda Personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto
  5. Disposición transitoria tercera Normativa específica sobre especialidades en la Guardia Civil
  6. Disposición transitoria cuarta Servidumbre, tiempo mínimo de permanencia y solicitud de destinos
  7. Disposición transitoria quinta Vigencias
  8. Disposición transitoria sexta Asignación de destinos
  9. Disposición derogatoria única Derogación normativa
  10. Disposición final primera Título competencial
  11. Disposición final segunda Facultad de desarrollo normativo
  12. Disposición final tercera Entrada en vigor
  13. CAPÍTULO I
  14. Artículo 1 Objeto
  15. Artículo 2 Ámbito personal de aplicación
  16. Artículo 3 Definiciones
  17. Artículo 4 Principios generales para la provisión de destinos
  18. Sección 1
  19. Artículo 5 Catálogo de puestos de trabajo
  20. Artículo 6 Relación de puestos orgánicos de unidad
  21. Sección 2
  22. Artículo 7 Clasificación de los destinos según su forma de asignación
  23. Artículo 8 Destinos de libre designación
  24. Artículo 9 Destinos de concurso de méritos
  25. Artículo 10 Destinos de provisión por antigüedad
  26. Artículo 11 Ocupación de puestos orgánicos
  27. Artículo 12 Puestos de trabajo específicos para determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas
  28. Artículo 13 Criterios
  29. Artículo 14 Excepciones
  30. Artículo 15 Competencia
  31. Artículo 16 Resolución de anuncio de vacantes
  32. Artículo 17 Condiciones para solicitar destino
  33. Artículo 18 Carácter de las solicitudes
  34. Artículo 19 Solicitud de vacantes para atender a la conciliación personal y familiar
  35. Artículo 20 Plazo para la solicitud
  36. Artículo 21 Tramitación de las solicitudes
  37. Sección 3
  38. Artículo 22 Plazo de resolución
  39. Artículo 23 Carácter de la asignación
  40. Artículo 24 Competencia para la asignación ordinaria de destinos
  41. Artículo 25 Prelación para determinar la asignación de destinos
  42. Artículo 26 Asignación de destinos previstos para el empleo o empleos superiores
  43. Artículo 27 Asignación de los destinos de libre designación
  44. Artículo 28 Asignación de los destinos de concurso de méritos
  45. Artículo 29 Asignación de los destinos de provisión por antigüedad
  46. Artículo 30 Criterios generales para la asignación de destinos con carácter forzoso
  47. Artículo 31 Asignación de destinos con carácter forzoso por razón de título
  48. Artículo 32 Asignación de destinos con carácter forzoso a personal sin destino
  49. Artículo 33 Asignación de destinos a personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas
  50. Artículo 34 Asignación de puestos de trabajo del subcatálogo específico para determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas
  51. Artículo 35 Asignación de destinos para el personal declarado apto para el servicio, que hubiera cesado en destino anterior por razones de incompatibilidad
  52. Artículo 36 Asignación de destinos con carácter extraordinario por necesidades del servicio
  53. Artículo 37 Asignación de destinos por adaptación orgánica
  54. Artículo 38 Asignación de destinos a las guardias civiles víctimas de violencia de género
  55. Artículo 39 Asignación de destinos a los guardias civiles tras el reconocimiento de la condición de víctima del terrorismo
  56. Artículo 40 Concepto y tipos de comisiones de servicio
  57. Artículo 41 Comisiones de servicio con ocupación temporal de un puesto de trabajo
  58. Artículo 42 Comisiones de servicio que no llevan consigo la ocupación temporal de un puesto de trabajo
  59. Artículo 43 Condiciones y efectos de las comisiones de servicio
  60. Artículo 44 Competencia para realizar el nombramiento en comisión de servicio
  61. Artículo 45 Comisiones de servicio del personal en situación de reserva
  62. Artículo 46 Asignación de un puesto de trabajo durante los períodos de embarazo y lactancia
  63. Artículo 47 Adscripción temporal a un puesto de trabajo por atención familiar
  64. CAPÍTULO V
  65. Artículo 48 Concepto y alcance del derecho preferente
  66. Artículo 49 Efectos de los derechos preferentes sobre la provisión de destinos
  67. Artículo 50 Tipología de derechos preferentes
  68. Artículo 51 Tiempos de permanencia en los destinos
  69. Artículo 52 Exención del cumplimiento del tiempo mínimo de permanencia
  70. Artículo 53 Servidumbre en determinados destinos
  71. Artículo 54 Circunstancias de exclusión para solicitar destinos
  72. Artículo 55 Limitaciones para ocupar o solicitar determinados destinos
  73. Artículo 56 Restricciones para personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas
  74. Artículo 57 Efectividad de los destinos
  75. Artículo 58 Incorporación al destino
  76. Artículo 59 Relevos en el destino
  77. Artículo 60 Sucesiones de mando
  78. Artículo 61 Circunstancias que provocan el cese en el destino
  79. Artículo 62 Cese en los destinos
  80. Artículo 63 Cese en el destino por necesidades del servicio
  81. Artículo 64 Cese en el destino por pase a la situación de suspensión de empleo
  82. Artículo 65 Cese en el destino por pase a la situación de suspensión de funciones
  83. Artículo 66 Publicación de los ceses
  84. Artículo 67 Destinos del personal en situación de reserva
  85. Artículo 68 Recursos
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