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Real Decreto 31 unidades
Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo.
Real Decreto 306/2020es-royal-decree-2020-02-11-30613 feb 2020
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2 Definiciones
- Artículo 3 Clasificación de las explotaciones de ganado porcino
- Artículo 4 Responsabilidades en materia de formación, bioseguridad, higiene, bienestar y sanidad animal
- Artículo 5 Condiciones sobre bioseguridad, infraestructuras, equipamiento y manejo
- Artículo 6 Sistema Integral de Gestión de las Explotaciones de ganado porcino
- Artículo 7 Condiciones sobre ubicación y separación sanitaria
- Artículo 8 Movimiento de los animales de las explotaciones de ganado porcino
- Artículo 9 Gestión de estiércoles en la explotación
- Artículo 10 Reducción de emisiones en la explotación
- Artículo 11 Registro de Mejores Técnicas Disponibles de las explotaciones
- Artículo 12 Producción en fases
- Artículo 13 Identificación de los animales
- Artículo 14 Registro de explotaciones de ganado porcino
- Artículo 15 Autorización de nuevas explotaciones, ampliación o cambio de orientación zootécnica de las explotaciones existentes
- Artículo 16 Obligaciones de los titulares de las explotaciones
- Artículo 17 Controles sobre el terreno y mecanismos de coordinación entre autoridades competentes
- Artículo 18 Mesa de ordenación de los sectores ganaderos
- Artículo 19 Régimen sancionador
- Disposición adicional primera No incremento de gasto
- Disposición adicional segunda Aplicación de condiciones de movimiento a explotaciones extensivas
- Disposición adicional tercera Cláusula de reconocimiento mutuo
- Disposición transitoria primera Resolución de expedientes en tramitación
- Disposición transitoria segunda Registro y autorización de explotaciones
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final primera
- Disposición final segunda Título competencial
- Disposición final tercera Facultad de modificación
- Disposición final cuarta Entrada en vigor
- Disposición final quinta Mecanismo de salvaguardia en relación con los límites nacionales de emisiones