Real Decreto 958/2020

Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Definiciones

Artículo 4Colaboración y coordinación institucional

Artículo 5Régimen jurídico de las comunicaciones comerciales

Artículo 6Sujeción a autorización previa

Artículo 7Principio de identificación de las comunicaciones comerciales y del anunciante

Artículo 8Principio de veracidad

Artículo 9Principio de responsabilidad social

Artículo 10Principio de juego seguro

Artículo 11Principio de protección de menores de edad

Artículo 12Actividades de patrocinio

Artículo 13Actividades de promoción

Artículo 14Aplicaciones de juego gratuito

Artículo 15Aparición de personas o personajes de relevancia o notoriedad pública en comunicaciones comerciales

Artículo 16Sistemas de exclusión publicitaria

Artículo 17Comunicaciones comerciales a través de medios presenciales

Artículo 18Comunicaciones comerciales en servicios de comunicación audiovisual

Artículo 19Reglas de difusión de comunicaciones comerciales durante acontecimientos en directo en servicios de comunicación audiovisual

Artículo 20Reglas de difusión de comunicaciones comerciales de apuestas mutuas, de loterías instantáneas o presorteadas y de bingo en servicios de comunicación audiovisual

Artículo 21Reglas de difusión de comunicaciones comerciales de concursos en servicios de comunicación audiovisual

Artículo 22Reglas de difusión de comunicaciones comerciales de loterías de efecto diferido y rifas en servicios de comunicación audiovisual

Artículo 23Comunicaciones comerciales en servicios de la sociedad de la información

Artículo 24Comunicaciones comerciales a través de correo electrónico u otros medios equivalentes

Artículo 25Reglas de difusión de comunicaciones comerciales audiovisuales en servicios de intercambio de videos a través de plataforma

Artículo 26Reglas específicas sobre comunicaciones comerciales en redes sociales

Artículo 27Reglas específicas sobre comunicaciones comerciales emitidas por personas pronosticadoras de apuestas

Artículo 28Acuerdos de corregulación

Artículo 29Política integral de responsabilidad social corporativa y la persona responsable del juego seguro

Artículo 30Obligaciones de información

Artículo 31Información y asistencia sobre juego seguro y comportamientos de riesgo

Artículo 32Colaboración con la Administración para la sensibilización y promoción del juego seguro

Artículo 33Estudios sobre juego seguro

Artículo 34Detección de comportamientos de riesgo de las personas usuarias

Artículo 35Suspensión de cuentas de juego por autoprohibición y por autoexclusión

Artículo 36Régimen de supervisión, inspección y control

Artículo 37Responsabilidad

Disposición adicional primeraRégimen de determinados sorteos de Lotería Nacional

Disposición adicional segundaRégimen específico de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE)

Disposición adicional terceraComunicaciones comerciales sobre actividades de interés público promovidas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A

Disposición adicional cuartaComunicaciones comerciales sobre finalidades benéficas o de interés general de entidades de naturaleza asociativa o fundacional vinculadas a operadores de juego

Disposición adicional quintaDetección de comportamientos de riesgo de los usuarios en 2020 y 2021

Disposición adicional sextaMarcas o nombres comerciales ya promocionados por los operadores de juego

Disposición transitoria primeraAdaptación del Código de Conducta sobre Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego

Disposición transitoria segundaRégimen transitorio de los patrocinios

Disposición transitoria terceraAdaptación de las campañas publicitarias con personas o personajes de relevancia o de notoriedad pública

Disposición transitoria cuartaAdaptación de contratos publicitarios suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primera

Disposición final segundaFacultad de ejecución y desarrollo

Disposición final terceraEntrada en vigor

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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