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Real Decreto 32 unidades
Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas.
Real Decreto 309/2021es-royal-decree-2021-05-04-3095 may 2021
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo único
- Disposición adicional primera Guardia Civil
- Disposición adicional segunda Acceso a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, con créditos adquiridos
- Disposición adicional tercera Acceso a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina con créditos adquiridos
- Disposición adicional cuarta Programas formativos para las escalas de suboficiales
- Disposición transitoria primera Promoción interna de los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas
- Disposición transitoria segunda Normativa aplicable a los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación
- Disposición transitoria tercera Titulaciones específicas para el acceso a cada escala y cuerpo
- Disposición derogatoria única Derogación normativa
- Disposición final primera Título competencial
- Disposición final segunda Desarrollo normativo
- Disposición final tercera Entrada en vigor
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Ámbito de aplicación
- Artículo 3 Principios rectores en la selección para el ingreso
- Artículo 4 Formas de ingreso
- Artículo 5 Sistemas de selección
- Artículo 6 Modelo de ingreso y promoción del militar profesional
- Artículo 7 Enseñanzas y plazas en los centros universitarios de la Defensa
- Artículo 8 Procesos de selección
- Artículo 9 Generalidades
- Artículo 10 Orden de actuación
- Artículo 11 Bases comunes
- Artículo 12 Bases específicas
- Artículo 13 Criterios generales
- Artículo 14 Principio general
- Artículo 15 Requisitos generales de las personas aspirantes
- Artículo 16 Requisitos específicos de titulación
- Artículo 17 Requisitos específicos de edad
- Artículo 18 Desarrollo de las pruebas en caso de embarazo, parto o posparto
- Artículo 19 Nombramiento del alumnado