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Real Decreto 42 unidades

Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.

Real Decreto 640/2021es-royal-decree-2021-07-27-64028 jul 2021

Universidades

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo 1 Objeto
  3. Artículo 2 Denominaciones: Universidad y centros universitarios
  4. Artículo 3 Creación y reconocimiento de universidades
  5. Artículo 4 Condiciones, requisitos y procedimiento para la creación y reconocimiento de una universidad o un centro universitario en el sistema universitario español
  6. Artículo 5 Condiciones y requisitos para la creación y reconocimiento de una universidad en el ámbito de la actividad docente
  7. Artículo 6 Condiciones y requisitos para la creación y reconocimiento de una universidad en la actividad investigadora y de transferencia de conocimiento
  8. Artículo 7 Condiciones y requisitos para la creación y reconocimiento de una universidad con relación al personal docente e investigador
  9. Artículo 8 Condiciones y requisitos para la creación y reconocimiento de una universidad con relación a las instalaciones y equipamientos
  10. Artículo 9 Garantía de calidad, de experiencia en gestión universitaria y de sostenibilidad económica de la universidad
  11. Artículo 10 Estatutos y normas de organización y funcionamiento de las universidades
  12. Artículo 11 Autorización de inicio de actividades de una universidad
  13. Artículo 12 Supervisión y control
  14. Artículo 13 Condiciones y requisitos básicos para la adscripción y funcionamiento de los centros docentes adscritos a universidades
  15. Artículo 14 Procedimiento para la acreditación institucional de los centros de las universidades públicas y privadas
  16. Artículo 15 Autorización de centros que impartan enseñanzas con arreglo a sistemas educativos extranjeros
  17. Artículo 16 Requisitos para la autorización
  18. Artículo 17 Efectos de la obtención de la autorización administrativa
  19. Artículo 18 Sistema Integrado de Información Universitaria
  20. Artículo 19 Comité de aseguramiento del comportamiento ético en el desarrollo de la investigación y la transferencia del personal docente e investigador
  21. Disposición adicional primera Universidades con especificidades académicas
  22. Disposición adicional segunda Referencias normativas
  23. Disposición adicional tercera Tratados o convenios internacionales
  24. Disposición adicional cuarta Creación, adquisición y adscripción de facultades, escuelas y centros por una universidad en una Comunidad Autónoma diferente de la de ubicación de su sede social
  25. Disposición adicional quinta Universidades privadas con sistema de precios públicos de sus titulaciones oficiales
  26. Disposición adicional quinta bis
  27. Disposición adicional sexta Referencias a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
  28. Disposición adicional séptima No incremento de gasto público
  29. Disposición adicional octava Publicidad e información pública de la validez y tipología de las titulaciones oficiales universitarias
  30. Disposición adicional novena Limitaciones de solicitudes de la verificación de nuevas titulaciones oficiales o de la modificación sustancial de las mismas
  31. Disposición adicional décima De la publicación de los principales resultados e indicadores que reflejen la actividad docente, investigadora y de transferencia
  32. Disposición adicional décima primera
  33. Disposición adicional décima segunda
  34. Disposición adicional décima tercera
  35. Disposición adicional décima cuarta
  36. Disposición transitoria primera Adaptación de las universidades y centros universitarios a los requisitos previstos en este real decreto
  37. Disposición transitoria segunda Requisitos de personal durante la implantación progresiva de las enseñanzas
  38. Disposición transitoria tercera Centros adscritos a más de una universidad
  39. Disposición derogatoria única Derogación normativa
  40. Disposición final primera Carácter básico y títulos competenciales
  41. Disposición final segunda Habilitación normativa
  42. Disposición final tercera Entrada en vigor
Citenza

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