Real Decreto 814/2023

Real Decreto 814/2023, de 8 de noviembre, sobre instrumentos financieros, admisión a negociación, registro de valores negociables e infraestructuras de mercado.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Régimen jurídico

Artículo 3Instrumentos financieros

Artículo 4Ámbito de aplicación

Artículo 5Unidad de representación y planes de contingencia

Artículo 6Transformación o reversibilidad de la representación de los valores negociables por medio de títulos

Artículo 7Reversibilidad de la representación de los valores negociables por medio de anotaciones en cuenta

Artículo 8Reserva de denominación

Artículo 9Documento de la emisión

Artículo 10Depósito del documento de la emisión

Artículo 11Publicidad del documento de la emisión

Artículo 12Modificación de las características de los valores negociables

Artículo 13Emisiones de entidades públicas

Artículo 14Primera inscripción

Artículo 15Transmisión

Artículo 16Constitución de derechos reales limitados y otros gravámenes

Artículo 17Valores negociables en copropiedad

Artículo 18Legitimación registral

Artículo 19Prioridad y tracto sucesivo

Artículo 20Fungibilidad de los valores negociables

Artículo 21Certificados de legitimación. Contenido y clases

Artículo 22Expedición

Artículo 23Alcance de los certificados

Artículo 24Inmovilización registral de los valores negociables

Artículo 25Suministro de datos a las entidades emisoras sobre la identidad de sus accionistas y beneficiarios últimos

Artículo 26Rectificación de inscripciones

Artículo 27Constancia del momento de la inscripción

Artículo 28Ejercicio de derechos económicos

Artículo 29Retribución

Artículo 30Responsabilidad

Artículo 31Conservación de información

Artículo 32Representación de los valores negociables admitidos a negociación

Artículo 33Entidades encargadas del registro contable

Artículo 34Registro Central

Artículo 35Registro de detalle

Artículo 36Codificación de instrumentos financieros

Artículo 37Reglas de inscripción, bloqueo y cancelación

Artículo 38Control de los registros de detalle

Artículo 39Control de saldos del sistema

Artículo 40Exclusión de valores negociables del registro contable y renuncia al mantenimiento de la inscripción por parte del titular

Artículo 41Registro contable de valores negociables extranjeros

Artículo 42Primera inscripción en los depositarios centrales de valores y entidades participantes de valores negociables representados por medio de anotaciones en cuenta

Artículo 43Inscripción de transmisiones derivadas de la compraventa de valores negociables admitidos a negociación en un mercado regulado o en un sistema multilateral de negociación

Artículo 44Inscripción de otras transmisiones

Artículo 45Derechos reales limitados u otros gravámenes

Artículo 46Amortización de valores negociables

Artículo 47Gestión de los derechos y obligaciones de contenido económico asociados a los valores negociables

Artículo 48Especialidades en el ejercicio del derecho de suscripción preferente

Artículo 49Instrumentos financieros, distintos de valores negociables, admitidos a negociación en centros de negociación

Artículo 50Designación de la entidad encargada del registro contable

Artículo 51Sustitución y renuncia de la entidad encargada del registro contable

Artículo 52Sustitución forzosa de la entidad encargada del registro contable

Artículo 53Sistema de registro de valores negociables

Artículo 54Comprobación de saldos

Artículo 55Primera inscripción de los valores negociables representados por medio de anotaciones en cuenta

Artículo 56Inscripción de las transmisiones

Artículo 57Inscripción de derechos reales limitados u otros gravámenes

Artículo 58Amortización de valores negociables representados por medio de anotaciones en cuenta

Artículo 59Objeto

Artículo 60Ámbito territorial

Artículo 61Definiciones

Artículo 62Requisitos de admisión

Artículo 63Verificación de los requisitos de admisión a negociación

Artículo 64Acuerdo del organismo rector del mercado

Artículo 65Requisitos de idoneidad relativos al emisor

Artículo 66Requisitos de idoneidad relativos a los valores

Artículo 67Estados financieros anuales auditados

Artículo 68Excepción de todos los requisitos de información

Artículo 69Personas responsables

Artículo 70Responsabilidad del emisor, oferente o persona que solicita la admisión a negociación y de quienes acepten tal responsabilidad o autoricen el folleto

Artículo 71Responsabilidad del garante

Artículo 72Responsabilidad de la entidad directora

Artículo 73Personas legitimadas para ejercitar la acción de responsabilidad

Artículo 74Exenciones de responsabilidad

Artículo 75Requisitos de información y requisitos de idoneidad relativos al emisor y a los valores requeridos en las ofertas públicas de venta o de suscripción de valores

Artículo 76Información estadística

Artículo 77Requisitos de organización

Artículo 78Requisitos de funcionamiento

Artículo 79Régimen jurídico de la negociación sobre instrumentos financieros

Artículo 80Operaciones de un centro de negociación

Artículo 81Acuerdos y planes de creación de mercado

Artículo 82Prevención de anomalías en las condiciones de negociación en sistemas de negociación algorítmicos

Artículo 83Señalización de órdenes generadas mediante negociación algorítmica

Artículo 84Normas sobre comisiones y tarifas de los miembros

Artículo 85Variación mínima de cotización

Artículo 86Mecanismos de gestión de volatilidad

Artículo 87Acceso remoto

Artículo 88Medidas preventivas

Artículo 89Requisitos para obtener la autorización

Artículo 90Revocación de la autorización

Artículo 91Requisitos de la solicitud

Artículo 92Modificaciones estatutarias

Artículo 93Organismo rector

Artículo 94Sustitución del organismo rector

Artículo 95Régimen de incompatibilidades y limitaciones de los consejeros

Artículo 96Comité de nombramientos

Artículo 97Diversidad en la composición del órgano de administración y requisitos de idoneidad

Artículo 98Definición, evaluación y supervisión de los sistemas de gobierno corporativo

Artículo 99Memoria

Artículo 100Régimen económico

Artículo 101Normas específicas sobre comisiones aplicables a los mercados regulados

Artículo 102Normas específicas sobre comisiones aplicables a los miembros de un mercado regulado

Artículo 103Participaciones significativas en organismos rectores de los mercados regulados

Artículo 104Participaciones de control en organismos rectores de mercados regulados

Artículo 105Acceso a la condición de miembro

Artículo 106Condición de miembro

Artículo 107Pérdida y suspensión de la condición de miembro de un mercado regulado

Artículo 108Desarrollo de la actividad de los miembros

Artículo 109Derecho de los miembros a designar un sistema de liquidación

Artículo 110Requisitos y procedimiento de admisión

Artículo 111Requisitos relativos a la admisión de instrumentos financieros a negociación

Artículo 112Especialidades en la admisión a la negociación en un mercado regulado desde un SMN

Artículo 113Suspensión y exclusión de la negociación de instrumentos financieros por los organismos rectores de mercados regulados

Artículo 114Reglas comunes a la exclusión o suspensión por parte de los organismos rectores y la CNMV

Artículo 115Mercados regulados de ámbito autonómico

Artículo 116Bolsas de valores

Artículo 117Mercados de contratos de instrumentos financieros derivados

Artículo 118Organismo rector de los mercados regulados de contratos de instrumentos financieros derivados

Artículo 119Condiciones generales de los contratos de instrumentos financieros derivados

Artículo 120Autorización de los SMN y los SOC

Artículo 121Gestión de un SMN o SOC

Artículo 122Normas internas de funcionamiento de los SMN y de los SOC

Artículo 123Asesor registrado

Artículo 124Obligaciones de remisión de información

Artículo 125Responsabilidad de la información

Artículo 126Negociación en un SMN o SOC sin consentimiento de su emisor

Artículo 127Requisitos de organización y funcionamiento específicos para los SOC

Artículo 128Mercado de PYME en expansión

Artículo 129Límites a las posiciones y controles de la gestión de posiciones en derivados sobre materias primas

Artículo 130Aspectos generales de los límites de posición al volumen de una posición neta en derivados sobre materias primas

Artículo 131Límites de posición al volumen de una posición neta en derivados sobre materias primas negociados en diversos centros de negociación

Artículo 132Revisión de los límites por la CNMV

Artículo 133Prohibición de superar los límites

Artículo 134Notificación de los límites de posiciones a la AEVM

Artículo 135Aplicación de límites más restrictivos en casos excepcionales

Artículo 136Supervisión de los límites de posición al volumen de una posición neta en derivados sobre materias primas

Artículo 137Comunicación de las posiciones en derivados sobre materias primas, derechos de emisión o derivados sobre derechos de emisión por categoría de titulares de posiciones

Artículo 138Obligaciones de información de los gestores de centros de negociación

Artículo 139Desglose de la información

Artículo 140Obligaciones de información de las empresas de servicios de inversión que negocien derivados al margen de un centro de negociación

Artículo 141Obligación de clasificación a las personas que mantengan posiciones en un derivado sobre materias primas, un derecho de emisión o un derivado sobre un derecho de emisión

Artículo 142Intervención de una entidad de contrapartida central

Artículo 143Liquidación de operaciones sobre valores negociables

Artículo 144Acuerdos entre infraestructuras

Artículo 145Relaciones entre miembros y participantes de las infraestructuras

Artículo 146Principios rectores del sistema de liquidación de operaciones

Artículo 147Comunicación, aceptación y ejecución de órdenes de transferencia de valores negociables y efectivo

Artículo 148Liquidación de efectivos y valores negociables

Artículo 149Derecho de garantía financiera por anticipo de efectivo o valores negociables

Artículo 150Prevención, control y gestión de fallos en la liquidación

Artículo 151Gestión de eventos corporativos en caso de retrasos o incumplimientos en la liquidación

Artículo 152Estatutos sociales de las entidades de contrapartida central y de los depositarios centrales de valores

Artículo 153Reglamento interno de las entidades de contrapartida central y de los depositarios centrales de valores

Artículo 154Consejo de Administración y alta dirección

Artículo 155Accionistas y socios con participaciones significativas

Artículo 156Régimen económico

Artículo 157Auditorías independientes

Artículo 158Entidades participantes

Artículo 159Acceso a la condición de entidad participante

Artículo 160Pérdida de la condición de entidad participante

Artículo 161Funciones de dirección y administración de los depositarios centrales de valores

Artículo 162Funciones consultivas de los depositarios centrales de valores

Artículo 163Reclamaciones

Artículo 164Funciones de seguimiento de la eficiencia de la liquidación

Artículo 165Facultades de seguimiento y control y obligación de comunicación a la CNMV

Artículo 166Procedimiento de actuación de la entidad de contrapartida central

Artículo 167Acceso a la condición de miembro de la entidad de contrapartida central

Artículo 168Sistema de garantías

Artículo 169Funciones y facultades de seguimiento y control de la entidad de contrapartida central

Disposición transitoria primeraVigencia de los certificados expedidos

Disposición transitoria segunda

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraTítulos competenciales

Disposición final segundaIncorporación de Derecho de la Unión Europea

Disposición final terceraHabilitaciones normativas

Disposición final cuartaEntrada en vigor

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Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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