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Real Decreto 40 unidades
Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, por el que se regula la gestión de los residuos de los productos del tabaco con filtros y de los filtros comercializados para utilizarse con productos del tabaco que contengan plástico y que sean de un solo uso.
Real Decreto 1093/2024es-royal-decree-2024-10-22-109323 oct 2024
- Preámbulo Preámbulo
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Ámbito de aplicación
- Artículo 3 Definiciones
- Artículo 4 Instrumentos de planificación
- Artículo 5 Instrumentos económicos
- Artículo 6 Objetivos y medidas de prevención
- Artículo 7 Requisitos de marcado
- Artículo 8 Obligaciones del productor inicial de los residuos u otro poseedor relativas a la gestión de los residuos de productos del tabaco con filtros y filtros
- Artículo 9 Obligaciones de las administraciones públicas
- Artículo 10 Obligaciones adicionales para otros agentes económicos
- Artículo 11 Recogida separada
- Artículo 12 Evaluación de las medidas
- Artículo 13 Creación de la sección de productores de productos del tabaco con filtros y filtros en el Registro de Productores de Productos
- Artículo 14 Inscripción en el Registro de Productores de Productos
- Artículo 15 Obligaciones anuales de información sobre puesta en el mercado
- Artículo 16 Obligaciones del productor del producto
- Artículo 17 Constitución y funcionamiento de los sistemas individuales de responsabilidad ampliada del productor
- Artículo 18 Constitución, autorización y funcionamiento de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor
- Artículo 19 Obligaciones generales de los sistemas individuales y colectivos de responsabilidad ampliada del productor
- Artículo 20 Disposiciones adicionales relativas a la organización y gestión de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor
- Artículo 21 Convenios de las administraciones públicas con los sistemas de responsabilidad ampliada del productor
- Artículo 22 Acuerdos con otros operadores para la financiación de la gestión de los residuos
- Artículo 23 Alcance de la contribución financiera de los productores del producto a los sistemas de responsabilidad ampliada
- Artículo 24 Garantías financieras
- Artículo 25 Información a suministrar por los sistemas de responsabilidad ampliada sobre su gestión
- Artículo 26 Obligaciones en materia de transparencia
- Artículo 27 Informe anual a la Comisión Europea
- Artículo 28 Medidas de concienciación y su financiación
- Artículo 29 Colaboración y supervisión del cumplimiento de las obligaciones
- Artículo 30 Inspección y control
- Artículo 31 Régimen sancionador
- Disposición adicional primera Colaboración entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Comisionado para el Mercado de Tabacos
- Disposición adicional segunda Clasificación de los residuos
- Disposición adicional tercera Aplicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Disposición transitoria primera Obligaciones financieras de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor
- Disposición transitoria segunda Inicio del cómputo de las obligaciones de información de los productores
- Disposición final primera Habilitación para el desarrollo reglamentario
- Disposición final segunda Títulos competenciales
- Disposición final tercera Entrada en vigor