Instrumento de ratificación del Segundo Protocolo Adicional al Convenio europeo de asistencia judicial en materia penal, hecho en Estrasburgo el 8 de noviembre de 2001.
Artículo 29Solución amistosa
Vigente · versión de 1 jul 2018
Artículo 29. Solución amistosa.
El Comité Europeo para los Problemas Penales se mantendrá informado de la interpretación y cumplimiento del Convenio y sus Protocolos, y facilitará cuando sea menester la solución amistosa de cualquier dificultad a que diera lugar su cumplimiento.