Apartado de anexo primeroApartado primero. Objeto
Se modifica la tabla del artículo primero de la Resolución de 11 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el listado de operadores al por mayor de gases licuados del petróleo con obligación de suministro domiciliario, quedando redactada en la forma siguiente: «Ámbito territorial Operador con obligación de reparto domiciliario Península. Repsol Butano, SA. Ciudad de Ceuta. Gasib Sociedad Ibérica de Gas Licuado. SLU. Ciudad de Melilla. Gasib Sociedad Ibérica de Gas Licuado. SLU. Comunidad Autónoma de Canarias. Disa Gas, SA. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Repsol Butano, SA.»
Apartado de anexo segundoApartado segundo. Eficacia
Esta resolución surtirá efectos a partir del día 1 de mayo de 2024, tras su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Madrid, 21 de mayo de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández. subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid