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Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Moldavia, hecho en Madrid el 21 de julio de 2022.

Artículo 1Definiciones

Artículo 2Campo de aplicación material

Artículo 3Campo de aplicación personal

Artículo 4Igualdad de trato

Artículo 5Totalización de períodos de seguro

Artículo 6Supresión de las cláusulas de residencia

Artículo 7Norma general

Artículo 8Normas particulares y excepciones

Artículo 9Tripulación de aeronaves y buques

Artículo 10Personal de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares y otros funcionarios públicos

Artículo 11Otras excepciones

Artículo 12Determinación del derecho y cálculo de las prestaciones

Artículo 13Períodos de seguro inferiores a un año

Artículo 14Condiciones específicas para el reconocimiento del derecho a las prestaciones

Artículo 15Cómputo de períodos de cotización en Regímenes Especiales o en determinadas profesiones

Artículo 16Determinación del grado de incapacidad y de capacidad laboral

Artículo 17Base reguladora de las prestaciones

Artículo 18Cálculo de la prestación

Artículo 19Determinación del derecho a las prestaciones

Artículo 20Consideración de secuelas por anteriores accidentes de trabajo o enfermedades profesionales

Artículo 21Agravación de las secuelas de un accidente de trabajo

Artículo 22Prestaciones por Enfermedad profesional por exposición a un mismo riesgo en ambas Partes Contratantes

Artículo 23Agravación de la enfermedad profesional

Artículo 24Actualización o revalorización de las prestaciones

Artículo 25Presentación de documentos

Artículo 26Idioma de las comunicaciones

Artículo 27Traducción y legalización de documentos

Artículo 28Modalidades y garantía del pago de las prestaciones

Artículo 29Atribuciones y obligaciones de las Autoridades Competentes

Artículo 30Colaboración administrativa entre Instituciones Competentes

Artículo 31Protección de datos personales

Artículo 32Cómputo de periodos anteriores a la vigencia del convenio

Artículo 33Hechos causantes anteriores a la vigencia del convenio

Artículo 34Vigencia del convenio

Artículo 36Entrada en vigor

Citenza

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