Apartado de anexo primeroApartado primero. Publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las tablas del Calendario de Conservación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de diez tablas del Calendario de Conservación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, numeradas de la T052 a la T061, resultantes de los dictámenes de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos (CSCDA), aprobadas por el Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en sesiones de 30 de octubre de 2025 y 15 de septiembre de 2026, y que figuran en el anexo de esta resolución.
Apartado de anexo segundoApartado segundo. Aplicación de las normas de selección y transferencia
Autorizar la aplicación de las normas de selección y transferencia de las series documentales que se indican en las tablas del calendario de conservación, que reflejan lo establecido en los dictámenes de la CSCDA, para toda la documentación generada y custodiada en el Sistema de Archivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La aplicación de las normas de selección y transferencia previstas en las tablas del calendario de conservación del anexo se llevará a cabo siguiendo lo establecido en la normativa y en las instrucciones técnicas vigentes en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que se hayan elaborado y aprobado por la Secretaría General Técnica, según se establece en el artículo 4.b) de la Orden APA/1206/2020 de 14 de diciembre, por la que se regula el sistema archivístico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Apartado de anexo terceroApartado tercero. Aplicación de las normas de eliminación y conservación de muestras
Autorizar la aplicación de las normas de eliminación y conservación de muestras de las series documentales que se indican en las tablas del calendario de conservación, que reflejan lo establecido en los dictámenes de la CSCDA, para toda la documentación generada y custodiada en el Sistema de Archivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La aplicación de las normas de eliminación y conservación de muestras previstas en las tablas del calendario de conservación del anexo se llevará a cabo siguiendo lo establecido en la normativa y en las instrucciones técnicas vigentes en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que se hayan elaborado y aprobado por la Secretaría General Técnica, según se establece en el artículo 4.b) de la Orden APA/1206/2020 de 14 de diciembre, por la que se regula el sistema archivístico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Apartado de anexo cuartoApartado cuarto. Proceso de destrucción
El proceso de destrucción se hará periódicamente, una vez transcurridos los años de conservación establecidos para las series señaladas en el anexo, quedando autorizadas por la presente resolución las destrucciones regulares una vez cumplidos los plazos obligatorios de conservación, previa comunicación de conformidad de la Secretaría General Técnica. Una vez producida la eficacia de la autorización de eliminación, el proceso de destrucción, tanto de documentación física como digital, deberá llevarse a cabo según establece la normativa y las instrucciones técnicas vigentes, garantizando la confidencialidad de la información contenida en la documentación y utilizando el método más adecuado que haga imposible la reconstrucción de los documentos y la recuperación de cualquier información contenida en ellos.
Apartado de anexo quintoApartado quinto. Expediente de eliminación
La eliminación deberá ajustarse a lo previsto en el Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original, y a las instrucciones técnicas vigentes.
Apartado de anexo sextoApartado sexto. Documentación que forme parte de expedientes cuyo recurso esté pendiente de resolución
No podrá eliminarse la documentación que forme parte de expedientes objeto de recurso administrativo o judicial que estén pendientes de resolución o sentencia.
Apartado de anexo séptimoApartado séptimo. Efectos
Conforme a lo previsto en el artículo 39.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 6.2 b) del Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, la eficacia de esta resolución queda demorada hasta transcurridos tres meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y condicionada a que en dicho plazo no haya constancia de la interposición de recurso de cualquier naturaleza contra la misma. En caso de que la resolución fuese impugnada no podrá procederse a la destrucción o transferencia de documentos de acuerdo a las tablas del calendario de conservación recogidos en su anexo, hasta que la misma adquiera firmeza.
Apartado de anexo octavoApartado octavo. Recursos que caben
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», conforme al artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 16 de septiembre de 2026.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Ernesto Abati García-Manso.
Anexo UNICO
Calendario de conservación MAPA T052 Dictamen CSCDA n.º 7/2025
CCFF-AGE: 15.01
Serie: Actas de control al régimen de ayudas directas a la producción de aceite de oliva y a las organizaciones de productores Unidad productora Selección Transferencia Acceso Norma Plazo Muestra a conservar Norma Plazo Archivo receptor Agencia para el Aceite de Oliva. Conservación permanente hasta la campaña 1995-1996. CP Sí
5 años.
ACMAPA
Parcialmente restringido.
15 años.
AGA
25 años.
AHN Eliminación total a partir de la campaña 1996-1997.
15 años
1 caja de cada tipo de acta de control por campaña y región productora.
Sí
5 años.
ACMAPA
15 años.
AGA
25 años.
AHN Calendario de conservación MAPA T053 Dictamen CSCDA n.º 24/2025
CCFF-AGE: 2.02.05
Serie: Estados de situación de tesorería Unidad productora Selección Transferencia Acceso Norma Plazo Muestra a conservar Norma Plazo Archivo receptor Unidades Centrales de Caja/Unidades centrales de gestión económica, administración financiera, o equivalentes/Intervenciones Delegadas Eliminación total.
10 años
1 expediente o caja anuales (Unidad Central)
Sí
5 años.
ACMAPA
Parcialmente restringido.
15 años.
AGA
25 años.
AHN Cajas pagadoras Eliminación total.
7 años
No No Calendario de conservación MAPA T054 Dictamen CSCDA n.º 25/2025
CCFF-AGE: 2.02.03
Serie: Expedientes económicos de gasto: Gastos corrientes en bienes y servicios (cap.2) Unidad productora Selección Transferencia Acceso Norma Plazo Muestra a conservar Norma Plazo Archivo receptor Cualquier unidad. Conservación permanente de expedientes anteriores a 1940. CP Sí
0 años.
AHN Parcialmente restringido. Unidades con capacidad directa de gestión y rendición de cuentas. Conservación permanente de los expedientes de los conceptos 226.01 Atenciones protocolarias y representativas (Dictamen 99/2024) y 226.08 Gastos reservados. Excepto: gastos por este subconcepto tramitados por anticipo de caja o mediante cuentas «a justificar» justificados en cuentas «multiaplicación», que podrán eliminarse en los plazos previstos de, respectivamente, 10 y 15 años (Dictámenes CSCDA 31/2015 y 99/2024). CP Sí 7/5 años.
ACMAPA
15/20 años. AGA
25 años.
AHN Eliminación total del resto de casos.
15 años
1 expediente por año
Sí 7/5 años.
ACMAPA
15/20 años. AGA
25 años.
AHN Unidades periféricas/en el exterior, cuyos originales son enviados a unidades centrales para archivo y fiscalización. Eliminación total.
2 años
No Unidades proponentes del gasto. Eliminación total de ejemplares parciales que puedan quedar, salvo que estén incorporados a expedientes finalistas.
2 años
No Calendario de conservación MAPA T055 Dictamen CSCDA n.º 16/2025
CCFF-AGE: 15.01
Serie: Autorización sanitaria y fitosanitaria a la introducción o importación a la UE de determinadas mercancías, animales o productos vegetales procedentes de países o territorios terceros Unidad productora Selección Transferencia Acceso Norma Plazo Muestra a conservar Norma Plazo Archivo receptor SG de Acuerdos Sanitarios y Control en Frontera. Conservación permanente: – Asientos de las aplicaciones de gestión utilizadas hasta 2024 (SISAEX, CEXVEDG). – Recursos administrativos. CP Sí
5 años.
ACMAPA
Parcialmente restringido.
10 años.
AGA
25 años.
AHN Calendario de conservación MAPA T056 Dictamen CSCDA n.º 27/2025
CCFF-AGE: 15.01
Serie: Expedientes del Programa de Rendimientos de aceitunas de mesa y para aceite en Zonas Regionales Unidad productora Selección Transferencia Acceso Norma Plazo Muestra a conservar Norma Plazo Archivo receptor Agencia para el Aceite de Oliva. Conservación permanente. CP Sí
5 años.
ACMAPA
Parcialmente restringido.
10 años.
AGA
15 años.
AHN Calendario de conservación MAPA T057 Dictamen CSCDA n.º 28/2025
CCFF-AGE: 15.01
Serie: Registro Oleícola Español (ROE) Unidad productora Selección Transferencia Acceso Norma Plazo Muestra a conservar Norma Plazo Archivo receptor Agencia para el Aceite de Oliva. Conservación permanente. CP Sí
5 años.
ACMAPA
Parcialmente restringido.
10 años.
AGA
15 años.
AHN Calendario de conservación MAPA T058 Dictamen CSCDA n.º 29/2025
CCFF-AGE: 15.01
Serie: Sistema de Información Geográfica Oleícola Español (SIG) Unidad productora Selección Transferencia Acceso Norma Plazo Muestra a conservar Norma Plazo Archivo receptor Agencia para el Aceite de Oliva. Conservación permanente. CP Sí
5 años.
ACMAPA
Parcialmente restringido.
10 años.
AGA
15 años.
AHN Calendario de conservación MAPA T059 Dictamen CSCDA n.º 44/2025
CCFF-AGE: 2.02.03
Serie: Nóminas de haberes y retribuciones de empleados públicos Unidad productora Selección Transferencia Acceso Norma Plazo Muestra a conservar Norma Plazo Archivo receptor – Habilitaciones y Pagadurías encuadradas en Unidades de gestión económica y/o de gestión de recursos humanos. – Unidades TIC que dan soporte a las aplicaciones de gestión de nóminas. – Unidades de gestión de personal. – Intervenciones Delegadas. Conservación permanente de las nóminas anteriores a 1940 y las posteriores a esa fecha que deban considerarse comprendidas en la declaración del artículo 26.2 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática. CP Sí
6 años.
ACMAPA
Parcialmente restringido.
15 años.
AGA Eliminación total de las nóminas custodiadas en servicios periféricos/en el exterior, cuyos originales se tramiten por habilitaciones centrales.
6 años
No No Eliminación total de los expedientes parciales del tipo Variaciones de nóminas , siempre que se tenga constancia de su presencia en el expediente de nóminas en las unidades de recursos humanos.
6 años
No No Eliminación total de las nóminas posteriores a 1940 (salvo las que deban considerarse comprendidas en la declaración artículo 26.2 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática). 80/100 años A determinar por el archivo intermedio (AGA) Sí
6 años.
ACMAPA
15 años.
AGA Calendario de conservación MAPA T060 Dictamen CSCDA n.º 09/2026
CCFF-AGE: 2.01.04
Serie: Programa de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo/Programas Experienciales de Empleo y Formación TándEM Observaciones: Modificación del dictamen 32/2016 para extender el ámbito de aplicación a las entidades promotoras Unidad productora Selección Transferencia Acceso Norma Plazo Muestra a conservar Norma Plazo Archivo receptor Entidades promotoras de las Escuelas Taller, Casas de oficios y Talleres de empleo vinculadas a AGE. Eliminación del expediente administrativo (valoración técnica y aprobación del proyecto).
15 años
No No Parcialmente restringido. Eliminación del expediente de subvención para los proyectos financiados total o parcialmente con cargo al Fondo Social Europeo. Se verificará previamente a la eliminación que este plazo engloba los 3 años desde el cierre del programa operativo con cargo al cual se financió el proyecto, según la normativa comunitaria aplicable.
15 años
No No Conservación permanente de los documentos de seguimiento del proyecto (procedimientos propios de las Entidades promotoras de las que envían copias ocasionales para conocimiento/evaluación). CP No Sí
6 años.
ACMAPA
15 años.
AGA
25 años.
AHN Calendario de conservación MAPA T061 Dictamen CSCDA n.º 10/2026
CCFF-AGE: 2.10.03
Serie: Expedientes de relaciones con la Administración de Justicia ante la jurisdicción contencioso-administrativa, social, civil/mercantil y penal Unidad productora Selección Transferencia Acceso Norma Plazo Muestra a conservar Norma Plazo Archivo receptor Órganos responsables en materia de recursos de departamentos y organismos públicos (Subdirecciones Generales de Recursos o equivalentes). Conservación permanente de toda la documentación anterior a 1940. CP Sí
0 años.
AHN Parcialmente restringido. Conservación permanente de todos los expedientes anteriores a la Ley Procedimiento Administrativo de 1958. CP Sí
0 años.
AHN Eliminación total de la documentación posterior a la Ley Procedimiento Administrativo de 1958.
15 años
1 expediente completo por año
Sí 15/20 años.
ACMAPA
20 años.
AGA
25 años.
AHN Eliminación total de la documentación posterior a la Ley Procedimiento Administrativo de 1958 en casos de acción hipotecaria.
20 años
1 expediente completo por año
Sí 15/20 años.
ACMAPA
20 años.
AGA
25 años.
AHN Otras unidades de apoyo y asesoramiento jurídico cuando actúan ejerciendo únicamente sus funciones consultivas. Eliminación total.
15 años
Resto de unidades cuyos actos administrativos han sido objeto de recurso y conservan el trámite. Conservación según dictamen aplicable al procedimiento de origen que ha sido recurrido. subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid