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Resolución 2 unidades

Resolución de 4 de octubre de 2026, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con la Organización Nacional de Ciegos Españoles, para el desarrollo de actuaciones de información, formación, prevención y concienciación en materia de violencia contra las mujeres.

X 21440/boees-x-boe-a-2026-2144014 oct 2026

  1. Anexo UNICO
  2. Apartado de anexo primero Apartado primero. Que el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, creó el Ministerio de Igualdad, disponiendo que corresponde a este departamento ministerial la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de igualdad y de las políticas dirigidas a hacer real y efectiva la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de toda forma de discriminación. Este real decreto fue derogado por el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, que mantiene la asignación de esas mismas funciones. Que el Real Decreto 246/2024, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, dispone en su artículo 2.3 que de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres depende, como órgano directivo, la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género. Que, de conformidad con dicho real decreto, le corresponde a la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, bajo la autoridad de la persona titular del Ministerio, proponer y desarrollar las políticas del Gobierno en materia de prevención y erradicación de las distintas formas de violencia contra las mujeres. Que el Real Decreto 246/2024, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales atribuye, en el artículo 3, a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género proponer la política del Gobierno contra las distintas formas de violencia contra las mujeres e impulsar, coordinar y asesorar en todas las medidas que se lleven a cabo en esta materia y, entre otras funciones, el impulso de la aplicación de la perspectiva de género en las medidas destinadas a luchar contra la violencia contra las mujeres, velando para que, en su aplicación, se tengan en cuenta las necesidades y demandas específicas de las víctimas y sus hijos e hijas menores de edad a su cargo, con especial atención a las diferentes necesidades bajo un enfoque interseccional; la promoción de la coordinación y la colaboración entre las instituciones, Administraciones públicas y departamentos ministeriales competentes para prevenir y combatir todas las formas de violencia contra las mujeres, mediante los instrumentos jurídicos y de colaboración adecuados y la elaboración de estrategias, planes y protocolos de actuación y el fomento, la aplicación, seguimiento y evaluación de las medidas previstas en el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011. Segundo. Que la ONCE es una Corporación de Derecho Público y carácter social que tiene como principal finalidad la consecución de la autonomía personal y plena integración de las personas con ceguera o deficiencia visual grave, velando por hacer efectivo su derecho a la igualdad de oportunidades y colaborando con las Administraciones públicas para el pleno desarrollo de este derecho y para la implantación de una política transversal que garantice la inclusión social y plena ciudadanía de las personas ciegas y con deficiencia visual grave, prestando una atención prioritaria, de conformidad con el apartado h), del apartado Dos del artículo 3 de sus Estatutos y en coherencia con el principio de igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, al desarrollo de acciones en favor de la igualdad de oportunidades de las mujeres con discapacidad, conciliación de la vida familiar y laboral, y de lucha contra la violencia de género. Tercero. Que el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, hecho en Estambul en 2011, ratificado por España en 2014 (en adelante, Convenio de Estambul), se aplica a todas las formas de violencia contra las mujeres, incluida la violencia doméstica, que afecta a las mujeres de manera desproporcionada. El convenio define la «violencia contra las mujeres» como una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra las mujeres, que designará todos los actos de violencia basados en el género que implican o pueden implicar para las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación de libertad, en la vida pública o privada. Además, el convenio entiende por «violencia doméstica» todos los actos de violencia física, sexual, psicológica o económica que se producen en la familia o en el hogar o entre cónyuges o parejas de hecho antiguos o actuales, independientemente de que el autor del delito comparta o haya compartido el mismo domicilio que la víctima. El artículo 7 del convenio de Estambul insta a las partes a adoptar las medidas legislativas o de otro tipo necesarias para adoptar y poner en práctica políticas nacionales efectivas, globales y coordinadas, incluyendo todas las medidas pertinentes para prevenir y combatir todas las formas de violencia incluidas en el ámbito de aplicación del presente convenio, y ofrecer una respuesta global a la violencia contra las mujeres. Que los artículos 3.2 y 3.3 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, establecen que los poderes públicos, en el marco de sus competencias, impulsarán campañas de información y sensibilización específicas con el fin de prevenir la violencia de género y que dichas campañas se realizarán de manera que se garantice el acceso a las mismas de las personas con discapacidad. Las partes, además, velarán por que estas políticas pongan los derechos de la víctima en el centro de todas las medidas y se apliquen por medio de una cooperación efectiva entre todas las agencias, instituciones y organizaciones pertinentes. Cuarto. Que el 29 de junio de 2018 el Consejo de Ministros aprobó el «Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030: Hacia una estrategia española de Desarrollo Sostenible». La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible fue adoptada por unanimidad por los 193 Estados miembros de Naciones Unidas en septiembre de 2015. La nueva Agenda recoge 17 objetivos de desarrollo sostenible (ODS), 169 metas, 232 indicadores, centrados en la persona, el planeta, la prosperidad, la paz y las alianzas, los medios para su implementación y el mecanismo de seguimiento y revisión a escala nacional, regional y global. El Objetivo de Desarrollo Sostenible número 5, «Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y a las niñas», busca conseguir la igualdad real de mujeres y hombres. Quinto. Que el 28 de septiembre de 2017, el pleno del Congreso aprobó el Informe de la Subcomisión del Congreso para el Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, que incluye medidas dirigidas al Gobierno de la Nación, las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, las Entidades Locales y la Federación Española de Municipios y Provincias, con la finalidad de seguir impulsando políticas para la erradicación de la violencia sobre las mujeres como una verdadera política de Estado. Algunas medidas estaban dirigidas, en particular, a la ruptura del silencio por parte de las víctimas mediante el fomento de las acciones de sensibilización de la sociedad y de la prevención de la violencia desarrollando acciones dirigidas a sensibilizar a toda la sociedad, así como el impulso de la formación especializada de las personas profesionales para garantizar la mejor respuesta institucional. El 26 de febrero de 2025, el Congreso de los Diputados aprobó la renovación del Pacto de Estado contra la Violencia de Género con un respaldo mayoritario de los partidos políticos con representación parlamentaria. Este nuevo pacto amplía las medidas anteriores de 290 a 461, incorporando formas de violencia como la económica, la vicaria y la digital, y cuenta con una dotación presupuestaria de 1.500 millones de euros para los próximos cinco años. Este consenso reafirma el compromiso de avanzar hacia una sociedad más igualitaria y libre de violencia de género. Sexto. Que, para el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración General del Estado, se hace necesaria la colaboración entre las partes firmantes de este convenio, para la realización de actuaciones tendentes a promover la formación, sensibilización y prevención de todas las formas de violencia contra las mujeres. Séptimo. Que con fecha 1 de agosto de 2022, se suscribió un convenio entre el Ministerio de Igualdad (Delegación del Gobierno para la Violencia de Género) y la ONCE para el desarrollo de acciones conjuntas de información, formación, prevención y concienciación ante todas las formas de violencia contra las mujeres, con especial atención a la que puedan sufrir las mujeres jóvenes y adultas con discapacidad en general, y afiliadas a la ONCE en particular, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 12 de agosto de 2022. Con este nuevo convenio se da continuidad a las medidas contenidas en el convenio antedicho, a los efectos de mantener los beneficios que éstas han supuesto para las mujeres con discapacidad visual víctimas de cualquier forma de violencia por razón de género, al tiempo que se actualiza la normativa de aplicación y se recogen nuevas actuaciones para la ejecución del convenio. Octavo. Que desde ambas partes se valora muy positivamente el desarrollo del convenio, procurando un marco de colaboración más estrecho entre la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y la ONCE, propiciando un marco conjunto de actuación en el ámbito de las distintas formas de violencia contra las mujeres y, en particular, a la que puedan sufrir las mujeres con discapacidad en general, y afiliadas a la ONCE en particular, favoreciendo el acceso de estas mujeres a recursos y servicios dirigidos a todas las víctimas de este tipo de violencias, y trabajando conjuntamente en la orientación y derivación de las mujeres con discapacidad visual que sufren violencia. Noveno. Que, por lo expuesto, procede la suscripción de un nuevo convenio entre el Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) para el desarrollo de actuaciones de información, formación, prevención y concienciación en materia de violencia contra las mujeres. En virtud de lo expuesto, las partes
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