X 21727/boe

Resolución de 22 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Eivissa n.º 1 a inscribir un decreto de adjudicación y el correspondiente mandamiento de cancelación dictados en un procedimiento de ejecución hipotecaria.

Apartado de anexo primeroApartado primero. Improcedencia del defecto primero: inexistencia de incongruencia entre el sobrante y las cantidades pendientes de cubrir

Apartado de anexo segundoApartado segundo. Improcedencia del defecto segundo: las notificaciones a arrendatarios ya constan acreditadas en el propio mandamiento

Apartado de anexo terceroApartado tercero. Improcedencia del defecto tercero: la calificación conjunta del mandamiento y el decreto no puede quedar indefinidamente bloqueada por defectos subsanables del decreto

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Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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