X 21918/boe

Resolución de 16 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Algeciras n.º 1, por la que se deniega la práctica de un asiento de presentación.

Artículo 471:

Artículo 4201:

Apartado de anexo primeroApartado primero. Con fecha 27 de mayo de 2026, esta parte presentó instancia privada solicitando la cancelación de la nota marginal de “vivienda en construcción” que grava la finca registral n.º 25.427 de Algeciras

Apartado de anexo terceroApartado tercero. Esta parte discrepa profundamente de dicha calificación, por cuanto el Registrador incurre en una confusión sobre la naturaleza de la pretensión; esto es, no se solicita la inscripción de un hecho físico actual (terminación de obra, documentada en acta notarial), sino la rectificación de un asiento erróneo practicado sin causa legal (vivienda en construcción) supuesto que permite el uso de la instancia privada cuando el error resulta claramente de los propios asientos

Apartado de anexo cuartoApartado cuarto. Es imperativo señalar que la nota denegatoria impugnada incurre en una omisión absoluta de respuesta frente a la pretensión principal de esta parte

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Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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